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¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

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¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
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¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
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Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Respecto de la Causula 4 del Contrato Prestamo Personal (entre familiares)...Cuarta: El abono del capital se hará (por ej: por transferencia en la cuenta nº , en el domicilio del prestamista...). El prestamista extenderá un recibo justificativo del pago.

Fue una persona de hacienda la que aconsejo hacer este tipo de contrato, especificando en el contrato que la devolución se hacia en metalico.

Yo hice mi contrato, pasado por hacienda DGA con Mod 600 o 601 no recuerdo...en el que decia que ..."la devolucion se hara por (trasferencia, cheque, metalico) metalico en x años a razón de tanto al año en diferentes pagos durante el año.

Hice un contrato para el pago a cuenta de la vivienda y otro para la hipoteca. Ahora me dicen en hacienda que justifique los pagos y que no se puede hacer ahora en metalico, yo no lo sé (hacienda sabe que no lo sabemos), solo puedo aportar los recibos del pago a mi hermana pero sin transferencia ni recibo bancario. Bueno desde 2010 si lo hice por transferencia por el aviso de hacienda, pero de 2009, 2008, 2007 y 2006, solo hay un recibo de pago o devolución de lo acordado.

Me podriais indicar cuando ha cambiado esto o si nunca se ha podido hacer así?
Gracias. S2

#74

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

una duda , respecto a las prendas y garantias, si al final no se devolviese el dinero, unicamente por el hecho de que el deudor no quisiese pagar, que consecuencias tendria el que presta de cara a la ley, y que acciones deberia tomar para remediar a situacion.

#75

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Ningún problema, bueno si, al no intervenir notario la demanda tendría que efectuarse mediante un declarativo antes de iniciar el proceso ejecutivo ... te cuento:

Si el préstamo está documentando en un contrato elevado a público o se ampara en unos documentos cambiarios (letras de cambio o pagarés) se supone que la deuda ya está demostrada, existe y es firme, no soy abogado, pero la única oposición posible del deudor es que los intereses estén mal liquidados, que no cuadren con los pactos del contrato, o que pueda demostrar que ya pagó (no solo diciendo, mire Sr. Juez yo pagué, no tengo recibo, pero le juro por mis antepasados que le pagué), por tanto la deuda es firme. Por el contrario en un contrato sin intervención notarial o sin documentos de apoyo con valor ejecutivo, primero hay que iniciar una demanda, normalmente por un proceso monitorio, por el cual el juez insta al deudor a que pague o se oponga (con pruebas, claro está) y le otorga 20 días hábiles, que es mas o menos un mes real, si el deudor no se opone, no contesta, no hace nada, tras este plazo la deuda queda demostrada y entonces se puede iniciar la ejecución contra los bienes del deudor, si se opone, en función de lo que alegue y demuestre se abre un juicio verbal para delimitar que es y que no es ....

Como ves es mas lento, pero se cobra igual si el deudor es solvente, si no lo es ya da lo mismo ...

¿otras ventajas? si, imagina que el tipo debe a 10 personas, nueve acreedores tienen un contrato sin intervención notarial, un prestamista lo tiene amparado en letras de cambio vencimiento cada mes y no pagadas ... bien ¿que es más fácil que ocurra? pues el que tiene las letras como se ahorra el paso del procedimiento declarativo, irá a embargar ya mismo, y cuando los demás tengan ya la deuda demostrada con el monitorio a su favor, se pueden encontrar que este noveno ya "agarró" con todo lo pudo para cobrar y los otros ocho, tendrán la razón, si vale, pero el dinero repito, lo agarró el que llegó antes.

#76

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Hola,estoy barajando la idea de comprar una vivienda entre 3, mis padres y yo, por partes iguales la cantidad a aportar es 86000€, yo necesitaría un préstamo de 56000€ para pagar mi parte.

El préstamo seria con interés 0. Ellos en su declaración de renta deberán tributar de más por culpa de recibir el reintegro del préstamo que yo les pagaré mensualmente?

Hacienda me hará tributar por totalidad de la vivienda que hemos comprado entre los 3, o solo tributare con mi parte proporcional?

Me desgrabara algo Hacienda por el préstamo entre familiares??

Saludos

#77

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Montse, desconozco en que comunidad autónoma resides, pero por ejemplo en Catalunya, si es para adquirir la que serà tu vivienda habitual, creo que son 40.000 eur que tus padres te los pueden donar sin impuesto de transmisión.

Luego si la idea es un préstamo, no hay problema, puede ser al cero por ciento si es entre familiares directos, no te supone ningún coste fiscal, para ninguno de los intervinientes, pero te haría un par de recomendaciones:

1 - Registrar/liquidar el contrato en la oficina liquidadora de ti comunidad autónoma, porque ello da fe de su existencia en la fecha que se realizó.

2 - Todos los movimientos por cuenta bancaria, la entrega del préstamo y también los pagos por debolución, así siempre queda demostrado que es un préstamo.

Esto no tiene trascendencia fiscal, igual que no tiene si pides un préstamo.para un coche a un banco, nada tributas, el banco declara los intereses como beneficio, en este caso si no hay interés no existe beneficio alguno ni gasto para nadie