Tratamiento fiscal de los gastos de subrogacion pagados por la entidad finaciera a la que se subroga
El hilo de lo que ha indicado un "contertuliano" en otro foro de este apartado mi pregunta es ¿Qué tratamiento fiscal tendrá que una entidad para conseguir la subrogación de una hipoteca pague los gastos de notaria, registro, tasación, gestoría y comisión de subrogación, en algún caso?, ¿Es rendimiento en especie y habrá que tributar por el 18% de estos importes?