Acceder

Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

19 respuestas
Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?
Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?
Página
1 / 2
#1

Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Hola buenas tardes?. Tengo una vivienda en alquiler y para hacer la declaracion de la renta necesito saber que parte de lo que pague por ella pertenece al suelo donde se contruyo y que parte costo la vivienda propiamente dicha. He estado mirando en las escrituras y no encuentro nada. En el recibo del ibi solo veo que haga referencia al suelo lo siguiente: SUP SUELO : 3597.

Me podria alguien orientar o decirme donde puedo acudir para saberlo.

 

Gracias un saludo

 

#2

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Prueba a descargarte el recibo del IBI completo de la web de tu ayuntamiento/diputación. En el mío me aparece desglosado el valor catastral total y el desglosado del suelo y la construcción. Si no, en la oficina del catastro (online) puedes identificarte y obtener estos valores

#3

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Entrando en renta web, y despues en datos fiscales podemos observar el valor de la construccion de una vivienda a partir del catastro.

#4

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Gracias me ha sido de gran utilidad

 

#5

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Bien, esto ocurre a todos los que tenemos que declarar fincas en alquiler, entonces la solución es que cada año hagas un càlculo a efectos de amortización de la finca, que como bien conoces podrás deducirte como gasto.

Posibilidad 1: que el precio de compra que puedas demostrar sea superior al valor del catastro

Posibilidad 2: que sea una finca que tengas de hace muchos años, no puedas demostrar el precio, por ejemplo porque lo recibiste por herencia y solo habrías "gastado" los impuestos y honorarios, o bien que el valor catastral sea superior al valor de coste, y por tanto te convenga más hacerlo por el valor catastral.

En ambos casos, tienes que tomar el recibo de IBI para determinar que parte el catastro considera suelo y que parte vuelo (o construcción) algunos ayuntamientos ponen "vuelo" y otros "construcción" ..... no todos los ayuntamientos ponen los dos valores, a veces ponen el total y el vuelo (construcción), con lo que la diferencia es el suelo.

Otro problema que tendrás es que por normativa SEPA, es que algunos ayuntamientos (la mayoría) como este sistema de recibos no permite demasiados datos, no aparecen, entonces suelen darte una referencia para conseguir el detalle por internent, como por ejemplo el acceso a la web de EALIA o acceso a tu carpeta municipal, a través de la cual con datos del recibo pagado podrás sacar el resto de datos,

Bien ..... una vez tengas esto, tienes que buscar la porporción entre suelo y vuelo (o construcción, que es lo mismo).

Supongamos que el recibo o lo que puedas sacar por Ealia, la carpeta ciudadana, o bien personándote en el ayuntamiento para conocer todos los datos, fueran estos:

Valor catastral .....................102.000 €

Valor del vuelo ................... 73.500 €

Por tanto el suelo si lo pone son 28.500 €, y si no lo pone, es la diferencia entre vuelo y total ....

Ahora una simple regla de tres  ...... si de 102.000 € ...... 73.500 € vuelo

de -----------------------------------------------------------100 € ............. x

 

73500 x 100 : 102000 = 72,16% es la parte del vuelo, y el resto lo haces por diferencia o bien haces un cálculo similar 

si de 102.000 ................28.500 de suelo

de 100 ............................ x

28500 x 100 : 102.000 = 27,94 % es el suelo 

 

¿ok?  .........................  

 

Sigo ................... 

Ahora ya tenemos que parte corresponde a la construcción que es lo que interesa para deducirte el % de amortización ....

 

¿recuerdas lo de las posibilidades 1 y 2?

Vamos por la 1:

Pues bien ... supongamos que la casa te costó (y puedes demostrar) 144.500 y los impuestos, notario, registro y gestoria un total de 17.500 € (y repito tienes las facturas), con lo cual el total coste es de 162.000 € ¿ok?

Ahora aplicas el % del vuelo a los 162.000 € y tienes 116.899,20 € que en estas cifras sería vuelo (o construcción) y el resto terreno .... por tanto puedes deducirte un 3% de esta cifra como amortización, eso es 3.506,98 €. Pero ojo, siempre y cuando hubieras tenido el piso alquilado todo el año 2016, si fueron solo unos meses, pongamos 7 meses, tienes que dividir estos 3.506,98 € por 12 y multiplicar por 7, para deducirte solo los meses que te corresponden.

 

¿Y si es la posibilidad 2?

Esta sería par el caso de que no tengas un valor de coste superior a lo que indica el IBI, en cuyo caso tienes que tomar solo el valor catastral y deducir los los mismos cálculos diretamente del valor del vuelo que te sale en el recibo. 

 

#6

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

madre mía !!!!nunca había visto una forma tan completa y clara de explicar en un foro una cosa un poco compleja como es esta ,ya que cuando la gente ve en el IBI lo de valor suelo (28.500) en este caso ,ya se lo resta a la adquisición +gastos y se quedan tan campantes ,y le aplican un 3% al resultado ,cuando de esa manera va mal .

felicidades sr petersen ...

pero yo ahora tengo una duda:

cuando en escrituras no viene el valor del suelo(esto lo arreglaría todo) ,pero sí viene ese valor en la tasación hipotecaria,(en el cuadro cuadro resumen costes de reemplazamiento,junto con valores como tipo uso,sup adopt,c.constru.gastos.C.R.B. ,C.R.N.)

y este valor del suelo que dan aqui es diferente al que sale de los calculos del IBI(los que hiciste antes) ,sale más alto el valor ,,,

cual cojemos para calcular el valor suelo;;;;;; el del IBI o el de la tasación hipotecaria ????¿¿¿¿¿¿???

* la tasacion hipotecaria tiene como finalidad la valoración del inmueble a efectos de constituir garantía de préstamos del mercado hipotecario,vamos el banco par darte la pasta )

ahí dejo la pregunta ....gracias

#7

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Ya ... la gente toma el valor del IBI y todos felices ..... y algunos ni siquiera le restan el suelo ...... perfecto ..... salvo que hayas comprado tu la finca en los últimos años, y resulta que es obvio que habrás pagado mas dinero de lo que reza el recibo del IBI; y te estas deduciendo de un valor inferior al que tienes derecho, pues bonita forma (en este caso) de pagar más impuestos de los que realmente corresponden .... deducen un 3% de una base inferior a lo que se puede ..... yo paso de perder dinero, soy muy legalista, si hay una posibilidad legal de pagar menos, te aseguro que se me puede considerar "apuntado". 

Lo que preguntas, es un simple cuestión de proporcionalidad, un ejemplo coste de una finca 200.000 totales, impuestos y gastos 26.217,43 € (es un suponer) suma 226.217,43 € ..................... valor de tasación 211.516 € de los cuales al suelo le consideran 53.215,84  € ... tenemos por tanto que según tasación un 74,841% de vuelo y un 25.159% de suelo ¿cierto? ...... seria perfectamente posible y justificado que esta proporción de aplicase al coste real  tendriamos: 226217,43 x 74,841% = 169.302,82 € de vuelo y el resto 56.914,61 € de suelo ¿ok? 

Técnicamente es correcto, ahora bien pongamos que las proporciones en el recibo de IBI no son las mismas, si son más o menos el 75-25% dudo que ningún subinspector de la Agencia Tributaria se ponga a ello, si uno es convocado "a consultas", y sé de lo que hablo, me han "convocado" a unas cuantas, personalmente en 2, en una tenían razón y tuve que pagar 4 duros, menos de 200 € por un error de cálculo (sumas y restas) y en la otra tras el recurso de alzada, "me dejaron libre y no imputado" jejeje ...... y en temas empresariales (llevo, con mi equipo,  la gestión contable y financiera de varias sociedades) pues no sé ....  5 ó 6 en los últimos 15 años  .. de hecho ahora hemos acabado una, el pasado febrero.  A lo que iba, si el IBI considera unos porcentajes muy distintos, supongamos un 60-40%, en dicho caso yo me inclinaria por hacer las mismas proporciones pero en base al IBI, porque es "un valor comprobado por la administración" . aun cuando todos sabemos que los ayuntamientos hacen esto más o menos a "ojímetro", toman una zona y con independencia de las calidades de las viviendas, pasan todos por el mismo aro .... no obstante si bien el valor del tasador es discutible, porque seguro que si encargas la tasación a otro la cosa varia un poquito, lo del IBI no es discutible .... 

#8

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

 gracias por contestar ,,, después del "tocho" ,aunque se agradece(bueno el 1 párrafo no entiendo bien el fin) con la última frase lo dices claro: lo del ibi no es discutible  , y la tasación hipotecaria,no deja de ser eso ,una tasación encargada por un banco ...

asi a todo ,iré a hacienda a preguntar(es que no sécomo mandar una consulta vinculante ) .....yo prefiero hacer las cosas bien ,auqnue me devuelvan menos o pague más ,que hacerlas mal (inconscientemente o no) y que te llamen de hacienda y anden toreando ,,y como tengas razón, ellos si se hacen los remolones para devolver la pasta mal cobrada...

 

gracias  w petersen

#9

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

con el ibi es muy fácil, y ni eso ,con los datos fiscales del renta web ya te dan el valor construcción y catastral total   construcción/valor tasación *100 =%  ; coste+gastos (en mi caso es más y suele ser más) *%*0,03, y ya te sale ....

ej: construccion: 30.000 catastral: 50.0000 compra con gastos: 150.000

 30.000/50.000*100= 60%  ;  150.000*60= 90.000  ; 90.000 * 3% = 2.700   fin.

 

lo que sale en el recibo del ibi como valor del suelo(catastral-construcción); NO es el valor real del suelo que hay que restar ,es donde la gente se confunde. ... eso es alguna parida del ayuntamiento ,jajjaaja

 

si estoy equivocado corríjeme . gracias.

#10

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Lo que pretendo con el primer pàrrafo es indicar que hay mucha gente que tiera por el camino del medio, incluso deduciendo el 3% de IBI (de todo el valor) sin considerar que calculando con el valor de compra, se está perdiendo dinero, bueno, en muchos casos pero no en todos, con lo cual lo bueno es lo que tu haces, simplemente "hacer números" y ver que te conviene más dentro de la legalidad. 

#11

Art. 68 TR.LRHL

Hola, me ha surgido una duda respecto al art. referenciado:

Aplicando la reducción que establece la Ley, no hay diferencia entre valores catastrales superiores al valor base e inferiores al mismo. ¿Lo estoy interpretando mal? Gracias

#12

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Hola W. Petersen,

Te agradezco sinceramente tus aportaciones a esta cuestion. Creo que son muy utiles.

Si no es mucha molestia me gustaría plantearte mi caso por si me pudieras arrojar un poco mas de luz...
Resulta que tengo una vivienda en alquiler y adquirida a través de una comunidad de bienes de la que fui participe...yo para obtener el valor del suelo he utilizado el  precio de compra del suelo y lo multiplico por mi cuota de participación en la comunidad (estos valores son demostrables con documentos que dispongo). 
Este criterio de calculo del valor del suelo (que es un hecho real) me beneficia fiscalmente...ahora bien tengo un conflicto con Hacienda porque ella me hace  propuesta de declaracion donde calcula el valor del suelo en funcion de los porcentajes del IBI (lo que tu habías explicado).
Creo que mi criterio es el correcto pero le ves alguna pega?? Muchas gracias por adelantado.
#13

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

No sé si tu criterio es correcto, probablemente lo sea, y emplazo a unos foeros de los fiscalidad a ver que opinan, si tiene  a bien responder a este hilo (  @leopol72 , @juan-lackland , @cachilipox , @rubialense , @bacalo , @buenavista ) . Lo que ocurre es que la Agencia Tributaria va por el otro camino, entonces como habrás notado cuando estás en un tramite administrativo, ellos tienen razón, yo diría ...no, no, estoy absolutamente convencido que ante inspecciones no existe la presunción de inocencia, eren un presunto culpable, un potencial defraudador, si te dejan y tienes ocasión, seguro que un ladrón ..... entonces toda la gestión de inspección es ir explicando tu criterio, con la esperanza de que el/la  inspector/a crea que no eres tan ladrón o defraudador como en principio parecía y se apiade de ti ..... 

Con ello resulta que ellos acaban en sus trece, y solo te queda ir al juzgado a través de un procedimiento contencioso-administrativo, entonces la cosa ya cambia, en un juzgado tu entras como presunto inocente, la culpabilidad hay que demostrarla y el problema ya no lo tienes tu, lo tiene la administración pública, bueno no eliminas tu problema, porque sigue ahí, pero los papeles se invierten, pasas de tener de demostrar tu inocencia, a ellos demostrar tu culpabilidad ... el matiz es relevante !!!!, ahora bien, esto es contratar abogado, pagarlo, y si ganas tampoco se garantiza que puedas recuperar los honorarios de tu abogado/a, porque además de ganar tiene que ser con condena a costas, lo cual no es siempre, esto vendrá en la sentencia y según las pruebas, se podrá condenar o no, con costas o sin ellas. . 
#14

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

creo que el artículo 14 del reglamento del IRPF es bastante claro, la fórmula del valor catastral se usa si no se conoce el valor de adquisición del suelo:
 "
Artículo 14. Gastos de amortización de los rendimientos del capital inmobiliario. 

1. Para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario, tendrán la consideración de gasto deducible las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, siempre que respondan a su depreciación efectiva. 

2. Se considerará que las amortizaciones cumplen el requisito de efectividad: 

a) Tratándose de inmuebles: cuando, en cada año, no excedan del resultado de aplicar el 3 por ciento sobre el mayor de los siguientes valores: el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral, sin incluir en el cómputo el del suelo. 

Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año. "

O la Agencia Tributaria considera que no se está demostrando el valor del suelo, o simplemente, dado que conocer el valor del suelo es rarísimo (casos de autoconstrucción, como parece que es este), tiran por el procedimiento estándar  de usar la fórmula de calcular el porcentaje que supone el valor castastral de construcción sobre el catastral total, y lo aplican al valor de adquisición declarado, sin pararse a analizar la peculiaridad del caso. Yo creo que merece la pena reclamar.


#15

Re: Como se sabe el precio del suelo de una vivienda?

Claaaaaaaarooooooo !!! si estás en una autoconstrucción, habrás comprado un terreno y éste tendrá un precio claro, apoyado en una escritura pública que determina un precio al cual con sumarle los gastos de adquisición (notaria, registro, gestoria ...) estaría perfectamente acreditado, y para el caso de haber recibido dicha finca en herencia, se tendra también su valor de adquisición en la escritura de su aceptación, más los gastos que correspondan, luego el valor de la construcción, pues el de la declaración de obra nueva que se supone apoyado en sus oportunas facturas.

Ahora bien, si estamos ante un piso, un adosado o incluso una casa aislada, como bien indicas,  es rarísimo que uno conozca el valor del suelo y el valor de construcción de manera separada, porque el precio de la compra o en su caso, herencia, es global por el total de finca, en cuyo caso, a calcular por valores de IBI, si o sí ................

Gracias por atenderme en la confirmación de mis impresiones, como sabes, algo sé de fiscalidad, pero no por titulación, simplemente por experiencias, y ello da para lo que da   :-)