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Renovación contrato alquiler

3 respuestas
Renovación contrato alquiler
Renovación contrato alquiler
#1

Renovación contrato alquiler

Soy arrendador. Hice un contrato en enero 2013 (o sea, antes de que saliese la nueva ley). En enero 2018 habrán pasado cinco años por lo que quiero firmar un acuerdo de renovación con las siguientes modificaciones:

1. Diciendo que a partir de ahora el contrato se regira por la LAU vigente en este momento.

2. Subo el alquiler un 10%

3. Que a partir de ahora no habrá que esperar un número de años determinado para renegociar la renta y las condiciones del contrato. Se podrá renegociar en cualquier momento y podrá aceptar el nuevo precio o irse. Mientras tanto las subidas serán el IPC.

¿Se puede hacer estas 3 modificaciones?

En la LAU parece que una vez transcurridos los 5 años o 3 en la nueva LAU se puede subir la renta pero creo que no dice si luego tengo que esperar otros 3 años para volver a subir o ya puedo subir cuando quiera.

#2

Re: Renovación contrato alquiler

Puedes al punto 1.

Puedes al punto 2. Realmente NO subes nada, acaba el contrato firmado, haces uno nuevo con la ley nueva, fecha nueva y con el precio que estimes oportuno, la otra parte podrá aceptarlo o no.

Punto 3, evicentemente NO, no puedes poner una cláusula que va en contra de la LAU.  ¿qué quieres que sea legal que en cualquier momento puedas tú renegociar la renta??????, y si te da por renegociarla todas las semanas????. Es de tener un poco de cara proponer esto ¿no crees?. Y además puedes renegociar un contrato ya firmado (y si la otra parte no quiere), es decir, da igual lo que firme hoy, porque mañana con ese planteamiento tú podrás modificar lo que que quieras.

El contrato que firmes, podrá tu inquilino prorrogarlo en los mismos términos hasta un máximo de 3 años, y tú no podrás modificar nada, ni tocar nada de ese contrato, salvo la actualización del IPC, de lo contrario imagina el cachondeo que se podrian traer los propietarios.

"En la LAU parece que una vez transcurridos los 5 años o 3 en la nueva LAU se puede subir la renta pero creo que no dice si luego tengo que esperar otros 3 años para volver a subir o ya puedo subir cuando quiera."

Si te parece pon el contrato que puedes subir la renta todos los lunes, los miércoles y los viernes, 

En fin...

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Renovación contrato alquiler

Salvo que en lugar de hacer un contrato de vivienda ... fuera un contrato de vivienda vacacional .. que se podría hacer a menos de un año, y a cada vencimiento renegociar la renta, pero para ello debería ser alquilada con dicho objeto .. precisa no constituir la residencia habitual del inquilino.

En un contrato se puede pactar todo lo deseen las partes, pero ningún pacto puede ser contrario a las leyes o normas aplicables !!!!!

Un ejemplo a lo bestia ... contrato a una empleada del hogar .. y pactamos un salario incluso mas alto que la normativa.. acordamos y firmamos que no habrá alta en la seguridad social .. porque es lo hemos acordado ..¿aun estando pactado y firmado es legal? La respuesta es obvia ... no lo es porque estaríamos acordando algo por encima de la ley ....

Entonces lo que propone el ponente es exactamente lo mismo, un pacto entre las partes no puede ser contrario a la ley ...con lo cual la pretensión de incrementos de renta cada x tiempo, es conterio a la vigente LAU, y en consecuencia dicho pacto es invalido.

#4

Re: Renovación contrato alquiler

Gracias por tu respuesta. No estoy pensando en subir el alquiler cada semana, sólo estoy intentando entender la ley.

Voy a intentar ser más concreto en la pregunta:

1. Dices que haga un contrato nuevo con la nueva ley, pero el inquilino puede decir que no quiere uno nuevo, sino prorrogar el actual.

En ese caso:

2. Según entiendo en la LAU anterior, transcurridos 5 años se puede renegociar un nuevo precio. También leo que a partir de los 5 años las renovaciones son anuales hasta 3 años- ¿Que quiere decir esto?¿Que luego no se puede volver a renovar?.

La pregunta es también: ¿En cada renovación, o sea anualmentte, se puede renegociar el precio o hay que esperar otros 3 años para renegociar?

3. En el caso de la nueva ley, parece que se puede fijar, de mutuo acuerdo, un precio distinto cada año incluso sin haber transcurrido los 3 primeros años ¿es así? 

Si no es asi,  la misma pregunta qu el punto 2: Una vez transcurridos los 3 primeros años ¿En cada renovación, o sea anualmentte, se puede renegociar el precio?