Acceder

Nueva Fiscalidad de FI

92 respuestas
Nueva Fiscalidad de FI
20 suscriptores
Nueva Fiscalidad de FI
Página
9 / 12
#65

Re: Nueva Fiscalidad de FI

En caso de beneficios y reembolso total se paga ésto.....

- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%

#66

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Buenas tardes,
he intentado encontrar la respuesta en los foros, pero no he sido capaz.

He vendido hace poco un fondo de inversión con plusvalías (con generación de más de un año) para compensar minúsvalías de acciones (de menos de un año) que tuve en el año 2011, ya que este es el último en que lo puedo hacer, y aprovechando que en 2015 ya no se diferencian las plusvalías y/o minusvalías en función de su antigüedad.

El caso es que me entra la duda de si puedo comprar de nuevo el mismo fondo de inversión, ya que iba bastante bien, y lo he vendido simplemente para compensar la minusvalía y si a estos se les aplican la regla de los 2 meses como es el caso de las acciones.

El caso es que un asesor me ha dicho que en el caso de los fondos de inversión, no se puede a volver a invertir en el mismo fondo de inversión con el que se tuvo la plusvalía durante al menos 1 año, so pena de perder la compensación, pero no me ha convencido mucho. ¿me podéis confirmar este punto?

En el caso de que efectivamente no se pueda, ¿ podría comprar otro fondo del mismo tipo , pero diferente ISIN (de otra gestora, por ejmplo) sin incurrir en esta incompatibilidad de compensación de minúsvalías?

Gracias antipadas por vuestras respuestas

#67

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Hace bastante tiempo que tengo una duda, haber si consigo formularla de forma sencilla:

Imaginémonos que hace 5 años hemos suscrito 10 fondos con 1000€ cada uno, es decir un total de 10.000€ Invertidos. Con el paso de los meses y de los años hemos rebalanceado entre fondos, cambiado alguno de ellos por otros... En resumen mezclado participaciones de todo tipo.
Si ahora tenemos un total de 15.000€ y decidimos vender ¿Como hacemos para dar cuentas a hacienda? ¿Es necesario dar cuenta de todo el historial de movimientos?.

#68

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Si tiene diferente ISIN ya es otro valor y no habría problemas.
Yo tampoco tengo claro lo del año, pero como no se del tema no podría desmentirlo ni confirmarlo.
Pero la regla de los dos meses ¿no era para las ventas realizadas con pérdidas?
Bueno lo más seguro es que busques un fondo muy parecedo con ISIN diferente

#69

Re: Nueva Fiscalidad de FI

No te preocupes, que la gestora del fondo en cada traspaso informa a la nueva gestora de la fecha y precio de compra de cada centimo traspasado.
En la venta y traspasos se sigue la regla FIFO: el primer euro comprado será el primer euro que se vende/traspase

#70

Re: Nueva Fiscalidad de FI

Te cuento, hace poco vendí algún fondo en las mismas condiciones que dices y esta es la cuenta que te hace hacienda, bueno te la hace directamente la gestora que te calcula los beneficios y el descuento para la declaración de hacienda:

1º- A los 15.000 euros en los que se han convertido los 10.000 que invertiste hace cinco, se les resta esos 10.000 para calcular el beneficio sin retención fiscal. Total, 15.0000-10.000= 5.000 euros de beneficio.

2º- A esos 5.000 se le quita el 20% que pagas a hacienda. Total, 5.000x20%= 1.000 euros de retención (la retención para todo a partir de julio es del 19,5% menos para las plusvalías de fondos que es del 20%)

3º-Te llevas 15.000-1.000=14.000 euros.

4º- Sumas a la base imponible de ahorro 5.000 euros (cuidado, aquí tienes que ver como te sale la declaración y si te interesa aflorar en el ejercicio fiscal correspondiente este dinero) y a las retenciones 1.000 euros.

Esta cuenta hay que hacerla cada vez que vendes/reembolsas un fondo y fijarse bien en el informe fiscal no sólo en el financiero. En Renta 4 lo tienen muy bien calculado.

#72

Re: Nueva Fiscalidad de FI

En el caso de los fondos no hay problema.

La gestora te envía información de la venta, indicándote el valor fiscal de la plusvalía o minúsvalia, y en el caso de plusvalía, te realiza la retención correspondiente ( el 20% ).

Luego ya, en tu declaración de IRPF se regulariza si la retención a sido inferior:

Fiscalidad del ahorro tras la reforma fiscal

Ganancias Tipos 2015 Tipos 2016
Desde 0 hasta 6.000€ 20% 19%
Desde 6.000€ hasta 50.000€ 22% 21%
Más de 50.000€ 24% 23%

Como ves, si la plusvalía supera los 6.000 euros lo que supera esa cantidad tributa al 22% hasta 50.000 euros, y lo que supera 50.0000, lo hace al 24%, y por lo tanto si superas esas cantidades, tendrás que pagar la cantidad que no has pagado con la retención (suponiendo que no haya nada mas que influya sobre este cálculo, como venta de otros fondos, etc.)

Saludos