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Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

6 respuestas
Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF
Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF
#1

Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

Duda plan de pensiones.
Tengo una incapacidad permanente absoluta que están exentas de retención de IRPF y una incapacidad del 35%.
Quiero rescatar un plan de pensiones que cree hace cuatro años con 10.000 euros.
Estoy casado en gananciales y hemos vendido un piso este año con unas plusvalías altas.
La duda es si el plan de pensiones tendré algún tipo de retención o estaré exento y si influirá para ello que haga la declaración de la renta individual o conjunta.
Gracias de antemano.
#2

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

el rescate del plan de pensiones no está exento del IRPF, no influye que tú pensión sí lo esté por ser de incapacidad absoluta.
 Si lo rescatas otro año en que no tengas más ingresos, no pagarías nada en declaración individual, ya que restas el mínimo personal de 5.500 euros mínimo, 2.000 de gastos de trabajo y 3.000 de discapacidad, se queda la base imponible a 0. 
Si lo rescatas este año, en el que dices que además tienes una ganancia elevada por venta de un piso, te toca pagar seguro por el rescate porque ese mínimo personal y por discapacidad no podrías aprovecharlo para restarlo de la ganancia del piso, se restaría del plan de pensiones, con lo que la cantidad a pagar sobre la ganancia sería mayor. 
 
#3

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

Esa es la duda que tenía. Si la ganancia del piso me iba a perjudicar.
Y tambiensie puede perjudicar por ejemplo el cobro de intereses de un deposito a plazo fijo. Entiendo que esto último no ya que lleva su retencion hecha cuando los percibes.
Y el beneficio de la venta del piso, podría descontarme el mínimo personal que me has comentado si no rescató el plan de pensiones? Entiendo que no podría descontarmelo.
#4

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

Sí, el mínimo personal y por discapacidad se resta primero de la base general (donde van los rendimientos del trabajo que engloban los planes de pensiones) y si queda cantidad pendiente, se resta de la base del ahorro (donde van intereses bancarios y ganancias patrimoniales por ventas)
#5

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

Es decir si mi minimo personal es 11.000 euros ( lo desconozco, también tengo una hija pequeña,) y estoy casado en régimen de gananciales.
Y por ejemplo tengo una plusvalía de la venta de la vivienda de 30.000 euros....
A esos 30.000 euros debería restarle los 11.000 del mínimo personal y tributar por el resultante de dicha resta?
O tendria hacerlo de 15.000 euros y restar ese mínimo personal ya q la vivienda es 50/50 con mi mujer?
Siempre hablando de declaración individual.
En conjunta no se si sería mejor hacerla, a día de hoy llevamos varios años conjunta porque nos es mucho más favorable .

Perdona por tantas preguntas.


Es que tenía entendido que la venta tributaba igual que si tienes un deposito a plazo fijo. Tanto ganas y tanto pagas en función del rango de las ganancias. Vamos que no había otra opción, que pagar por la ganancia integra

#6

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

la declaración conjunta interesa cuando una de las persona no tiene ingresos o son muy bajos.
En tu caso, con la pensión exenta, si tu esposa tiene ingresos, es uno de los casos en que interesa la conjunta: no añades ingresos, y se puede restar del total de los ingresos (que son los de tu mujer) tu mínimo por discapacidad y los 3.400 euros de reducción por declaración conjunta.
Pero con la ganancia del piso, la situación cambia. Al acumular rentas, se va pagando cada vez mayor porcentaje que anula el beneficio de la reducción por declaración conjunta.
En el ejemplo que pones de 30.000 euros de ganancia total, 15.000 cada uno, tú presentas tu declaración individual, restas 5.500 (más si tienes más de 65 años), los 2.000 de rendimientos del trabajo y los 3.000 de discapacidad, y pagas el 19% sobre lo que quede. Es decir, tienes ingresos para restar todos estos mínimos, no se pierden como te pasa en años anteriores, cuando no tienes ingresos individuales.
Si vas a la conjunta, vas a añadir tus 15.000 euros a los de tu mujer, sólo restáis una vez los 2.000 euros de gastos del trabajo (frente a 2.000 euros cada uno en individuales), el mínimo personal una sola vez (frente a dos veces en las dos individuales), la única ventaja es la reducción por conjunta de 3.400 euros que no te compensa ya lo que se pierde y mucho menos cuando a la ganancia patrimonial acumulada empiecen a aplicarle los distintos tramos de 19%21%23%.
Y con el plan de pensiones, lo mismo: si lo acumulas en la conjunta, probablemente no te compense, mejor individual. 
En cualquier caso, al meter los datos en el programa de hacienda, te muestra las distintas opciones (1 declaración conjunta o 2 individuales) para elegir la mejor.
#7

Re: Duda rescate plan de pensiones IROF - IRPF

Muchísimas gracias por la explicacion