#4816
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si no presentaste declaración en su momento, supongo que no estabas obligado, yo la presentaría ahora mismo en modalidad conjunta si te es la más favorable, fuera de plazo se puede presentar en cualquier modalidad, lo que no se puede fuera de plazo es cambiar la modalidad de una declaración ya presentada, al contrario de lo que se está diciendo por aquí, yo lo he hecho varias veces y podría poner un ejemplo por aquí para el que no lo crea.
Para los ejercicios 2019 y 2020 quizás esta opción no te valga por estar prescritas pero para los siguientes si.
Lo que ocurre es que al presentarla, quizás, te salga a pagar y tendrás que afrontar el pago y los intereses, tendrías que hacer balance con la devolución por mutualidades y ver si te sería favorable.
Para los ejercicios 2019 y 2020 quizás esta opción no te valga por estar prescritas pero para los siguientes si.
Lo que ocurre es que al presentarla, quizás, te salga a pagar y tendrás que afrontar el pago y los intereses, tendrías que hacer balance con la devolución por mutualidades y ver si te sería favorable.