#4066
#4067
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4068
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4069
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4070
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Otra vez las tienen que volver a hacer? Madre mía,esto es más largo que un día sin pan. Entonces no es cierto que las devoluciones se podrían empezar a hacer al día siguiente de salir en el BOE.
Y una pregunta, los intereses también los notifican de alguna manera o los ingresan directamente?
Y una pregunta, los intereses también los notifican de alguna manera o los ingresan directamente?
#4071
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Lo que quedó anulado fue el formulario. Las propuestas confeccionadas por la AEAT sirven siempre que no hayan variado las circunstancias: por ejemplo, si un contribuyente ha hecho complementarias para incluir los atrasos de la brecha de género, las rectificaciones que hizo la AEAT el año pasado ya no valen, pues ahora hay que hacerlas sobre las complementarias recién presentadas. O si a un contribuyente se le ha hecho, a lo largo de este año, un procedimiento de gestión que haya terminado con una modificación de su primera declaración; la rectificación habrá que calcularla sobre la liquidación.
Probablemente se pagarán antes las que ya están preparadas para resolverse, y luego las que haya que confeccionar de nuevo.
Probablemente se pagarán antes las que ya están preparadas para resolverse, y luego las que haya que confeccionar de nuevo.
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4073
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4076
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Tienes que hacer complementarias de cada año del que te hayan dado el atraso. Tienes desde que lo has cobrado hasta el 30 de junio del 26.
Yo te aconsejaría que esperases a que te estimen las rectificaciones por lo de las mutualidades y, luego ya, haces las complementarias sobre ellas.
Yo te aconsejaría que esperases a que te estimen las rectificaciones por lo de las mutualidades y, luego ya, haces las complementarias sobre ellas.
#4077
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#4078
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Una pregunta para quien me pueda responder:
He revisado mis Declaraciones de renta para lo del cobro de las Mutualidades de los años 2019,20,21 y 22,están modificados desde agosto del 2024 excepto la del año 2020 que no han hecho nada, y curiosamente reviso las de mi mujer y también están modificadas pero a ella no han tocado la del 2019 y si han modificado la del 2020. Es casualidad o hay algún motivo?
He revisado mis Declaraciones de renta para lo del cobro de las Mutualidades de los años 2019,20,21 y 22,están modificados desde agosto del 2024 excepto la del año 2020 que no han hecho nada, y curiosamente reviso las de mi mujer y también están modificadas pero a ella no han tocado la del 2019 y si han modificado la del 2020. Es casualidad o hay algún motivo?
#4079
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
si esas que mencionas fueron en su momento objeto de rectificación de autoliquidación por cualquier asunto, no figuran las rectificaciones previas y por tanto no figuran las segundas rectificaciones (que serían las correspondientes a tema mutualidades).
También puede ser que en esos ejercicios que mencionas no os corresponda devolución (si no lo has hecho, comprueba que figura en los justificantes del formulario de cada uno que enviasteis el año pasado
También puede ser que en esos ejercicios que mencionas no os corresponda devolución (si no lo has hecho, comprueba que figura en los justificantes del formulario de cada uno que enviasteis el año pasado
#4080