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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1066

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero yo no cotizo CESS , sigo trabajando por cuenta ajena.
#1067

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jaume, Dices que  "A mi también me pone la fecha mal (19/7/2028)" ¿te refieres que te la pone mal en el texto que yo decía en la cabecera de la segunda página del PDF que genera el simulador? ¿es así? 
#1068

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jalcper, en los casos en que se aplique el apartado 3 ¿Que coeficiente de anticipación crees que usarán para los cálculos? ¿Los viejos de 16%, 15% ,14%, 13% o los nuevos de 21%, 19%, 17%,  13%?

¿Hay alguien ya actualizado a quien se le aplique el apartado 3 y pueda decirnos?
#1069

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si, si. Es como tu dices. Solamente en ese texto. Por lo demás, está todo bien. Mi fecha ordinaria de jubilación es 19/7/2026.
#1070

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues no se porqué ponen esa fecha si no es la real de jubilación ordinaria como es nuestro caso. 
Creo que no debemos preocuparnos ya que los cálculos son todos correctos según dices y yo también... ¿piensas lo mismo o habría que ir más a fondo a investigar...?
#1071

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pienso lo mismo que tu. Debe ser un error del texto que debe asumir el valor de cuando se cumplen los 67 años en lugar de coger la edad bien calculada en función de los años de cotización. Cuando entro en la simulación, todavía sin decir si es voluntaria o no, que te da la edad ordinaria por defecto, me sale el cálculo para la fecha del 2026 (la correcta) en lugar de 2028, si no, no podría simular la JAV a 24 meses.
Yo no le daría más importancia
#1072

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

El apartado 3, dice en el primer parrafo " seguirán siendo de aplicación las reglas de acceso a la modalidad de jubilación anticipada por voluntad del interesado previas a la entrada en vigor de esta disposición transitoria ". Así mismo, en el Criterio de Gestion 4/2022, Apartado 2 Parrafo 2, dice:
"En consecuencia, según el citado informe de la DGOSS, “desde el 1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023 permanecería vigente el actual apartado 3 del artículo 210 del TRLGSS, debiéndose aplicar los coeficientes reductores y el resto de las condiciones contempladas en el apartado siete del artículo 1 de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, por no estar condicionada la entrada en vigor de este apartado a un momento posterior en la disposición final octava de dicha Ley.”".
A mi entender, los coeficientes a utilizar deberían de ser los mensuales que entraron en vigor a partir del 1 de Enero de 2022, aunque mi lógica dice, que deberían de ser los trimestrales. También debo decir, nuevamente a mi entender, cuando se modifica una ley, la anterior, si no hay nada en contra que lo contradiga, queda DEROGADA.
#1073

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Perdón que no puntualicé. Me refería al apartado 3 de la DT34ª. No al del artículo 210 del TRLGSS. Pero ya veo que te has anticipado y respondes a las dos. La duda está en que, como citas, “previas a la entrada en vigor de esta disposición transitoria” y si la transitoria empieza el 01/01/2024 querría decir que aplicarían lo mismo que en 2022 y 2023, es decir los coeficientes de anticipación nuevos y luego, si procediera, los del 0,5% por trimestre. Por supuesto si le salieran mejor los de la transitoria le aplicarían estos.

A ver si aparece alguien que sea su caso y nos lo aclare.
#1074

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sin duda todo esto sigue siendo confuso, interpretable y contradictorio. Entiendo que los juristas del INSS han sacado sus conclusiones para salir al paso y han emitido dictamen en  el criterio de gestion 4/2024; no obstante sigue siendo muy interpretable, y puede tener el INSS disputas muy variadas… en fin una chapuza en toda regla. Eso sí, me parece muy bien que hayan emitido dictamen de una pu… vez en el criterio de gestion 4/2024 en Marzo y supongo que ya válido para todo el año, que ya les vale, pues debiera haber estado el 1 de enero de 2024 a las 00:00 horas ¿o no?
 Es más, creo que los futuros jubiletas del baby boom nos merecemos mas respeto, clarificación y respuestas, y considero que este asunto tiene una importancia máxima dentro del INSS y en el entorno de España y debiera tener una respuesta contundente por parte del ministro del ramo, claro que sí, pero me temo que ese hombre ni está ni se le espera. 
En fin, una lástima. ¿O no?
#1075

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

¿Ha conseguido alguien los dos informes de la DGOSS a lis que se hace referencia en el criterio de gestion 4/2024? Yo los he pedido al portal de trasparencia por que la a la Seguridad Social se los pedi hace un mes u no me los envia.Son determinantes para conocer por que lo estan haciendo la interpretacion de la transitoria 34 asi y no de otra manera, incluso para poder presentar una reclamacion judicidl si procediere.
#1076

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al parecer esa es otra de las cosas que sigue sin funcionar bien en el simulador (ya les vale).
Parece que sigue haciendo redondeo en el coeficiente de reducción de la BR por años cotizados. 
Es decir, en tu caso que te faltan 7 meses para los 38,5 años, te deberían aplicar el 1,33% de reducción de BR y sin embargo te aplican el 2%.
En tu caso Werner no te afecta porque tu BR reducida sigue estando por encima de Pmax y te aplican correctamente la DT34.2, pero para alguna otra persona que esté más al límite con su BR esto puede suponer un problema.
También parece que esto solo es un error en el simulador y que cuando calculan la pensión manualmente lo hacen bien.
#1077

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola, cómo comenté previamente el 26 de marzo voy a un CAISs en Madrid. Yo cumpliría el apartado 3 de la DT y voy a preguntar si  hacen el doble cálculo y que coeficiente aplican. En otro CAISS , hace unos meses, me dijeron que eran los 0.5 por trimestre, pero eso tras muchas preguntas por mi parte. La semana que viene os cuento. ¿Queréis que haga alguna pregunta sobre casos similares al mío?
BR* Porcentaje años cotización> PM y despido anterior  a enero 2021 ( punto 3 de la DT). Menos de 38.5 años cotizados. Próximo  a 36.5 de cotización. 
#1078

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

sí, por favor, pregunta si para las JA voluntarias también aplican el doble cálculo. 
#1079

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola, muchas gracias por el ofrecimiento, yo estoy casi en tu misma situación y tengo  cita el 12 de abril, por lo que te digan a ti me resultará muy útil. 
#1080

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si, pregunta también, creo que fue tu caso, si a la pensión máxima se le aplica la reduccion también por años trabajados, como a la BR, o es un error en la simulación.