Acceder

Interpretación Disposición Transitoria 34

5,01K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
Debe identificarse como usuario para acceder
Página
253 / 344
#3781

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y si estas cotizando por un convenio especial, tampoco te puedes jubilarte retroactivamente?
#3782

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo recordar que en ese caso si. Reclamando cotizaciones indebidas. En el otro caso no puedes porque no puedes “destrabajar”. Me suena. 
#3783

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso creo que es debido al arreglo de los índices de revalorización no por volver a aplicar la dt34.2
#3784

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Cumplo con todos los requisitos de DT 34, base reguladora superior a pensión máxima, despido anterior a 2.022 y no haber vuelto a trabajar después, carrera de 38 años y medio,.
Simulador INSS me sigue aplicando el coeficiente reductor máximo: 19%

#3786

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

19% sobre BR o PM ??
#3787

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No es vinculante. Lo cual no quiere decir que no puedas reclamar daños y perjuicios. Decidirá un juez. La pensión no te la sube un juez por un error de la administración. 
#3788

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Perdona que coeficiente reductor sale que te han aplicado?
#3789

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola.. el simulador sirgue aplicandome  para mi pronta JAV , donde  tengo una BR superior al PMX el coeficiente reductor del 11,43% (adrlanto 21meses).
Si se confirmara la noticia la disposicion transitoria tenia  que aplicar un 5,88% . (JAV 2026)
Agradezco a todos vuestra aportaciones en este foro,.
Esperemos y espero que esta disfunción solo , es un fallo temporal del simulador.
#3790

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Simulador para JAV, con 24 meses de adelanto, me aplica un 19% de coeficiente reductor.
Para JAInvoluntaria, un 13,8% reductor.
No contabiliza 2 años que cotice en el extranjero.
Cumplo con todos los parámetros de DT34, pero simulador no lo considera.
No me fío de la eliminación de la derogacion de la DT 34 anunciada ayer.

#3791

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Supongo que en este foro habrá gente con contactos o afiliada a sindicatos
Habéis contactado con ellos para saber si es verdad la marcha atrás de la derogación de la DT34.2?
#3792

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Mi sindicato es solo médico y a nivel
De Madrid pero le he preguntado al delegado sindical de CCOO y me ha dicho que preguntaría en la
Ejecutiva.  Cdo sepa algo os lo
Cuelgo 
#3793

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

"... La solución todavía sigue a la espera. El ministerio de Trabajo aún no sabe cuándo volverán a entrar en vigor los coeficientes establecidos, ya que aún está analizando la mejor forma jurídica de hacerlo. Tampoco ha sabido aclarar qué pasará con aquellas personas que se hayan prejubilado durante estos dos meses con peores condiciones y, por tanto, con un fuerte recorte de por vida, salvo que se dé marcha atrás también de forma retroactiva y se les recalcule el nuevo importe..."

https://www.elcorreo.com/economia/tu-economia/recortaran-pensiones-jubilacion-anticipada-tras-frenarse-hachazo-20260225122952-nt.html
#3794

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que dice ahora el simulador: "Debido a una incidencia de carácter técnico, los cálculos realizados en el Simulador de Jubilación entre el viernes 20 de febrero y el martes 24 de febrero no son correctos. Si tienes una simulación realizada en estas fechas, por favor, vuelve a realizar un nuevo cálculo para obtener la simulación actualizada. Lamentamos las molestias ocasionadas."
#3795

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pp Pp:

A mi me han dicho que si, gente que se supone que sabe.

Y el procedimiento que me han indicado tiene sentido. Tienes que pedirle a la SS que te devuelva la pasta y si tu empresa te la compensaba pagandotela a ti, a su vez tienes que devolversela a la empresa (que puede que te la descuente de los pagos que tiene que hacerte, en su lugar).