Prestación económica de asistencia personal (SAAD)
Descripción de la prestación
Prestación económica destinada a la contratación de una asistencia personalizada, durante un número de horas diarias, que facilite a la persona beneficiaria el acceso a la educación, al trabajo, a una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades de la vida diaria y a la participación en la comunidad.
Objetivo
Proporcionar el apoyo necesario para fomentar la vida independiente y la autonomía personal.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas de tres o más años que estén participando en actividades educativas, laborales, de ocio y/o participación social de forma regular y precisen de este apoyo para la realización de las actividades mencionadas.
Requisitos
- Tener reconocida la situación de dependencia.
- Tener capacidad para determinar los servicios que requiere, ejercer su control e impartir instrucciones al asistente personal de cómo llevarlos a cabo, directamente o través de la persona que le preste apoyos para el ejercicio de su capacidad jurídica.
- Estar participando en actividades educativas, laborales, de ocio y/o participación social de forma regular.
Observaciones
El asistente personal, como trabajador que presta servicios a la persona beneficiaria, deberá reunir los siguientes requisitos:
- Tener la edad laboral contemplada en la legislación vigente.
- Residir legalmente en España.
- No ser cónyuge o pareja de hecho de la persona beneficiaria, ni tener con ella una relación de parentesco hasta el cuarto grado, por consanguinidad, afinidad o adopción, ni ser la persona que realiza su acogimiento, tutela o la medida de apoyo que la sustituya.
- Acreditar los requisitos de formación requeridos a los asistentes personales que se contemplan en el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD de 24 de mayo de 2023, sobre condiciones de acceso a la asistencia personal en el SAAD, o en los acuerdos posteriores que puedan establecerse al respecto por el citado Consejo.