No es así, ese real decreto establece que el gobierno financiará el 50%:de la ley de dependencia (objetivo que aún no había alcanzado desde la primera ley de dependencia). Estableció que la ley seria cofinanciada en cada CCAA por el Estado (el 50%) y la CCAA el otro 50%.
El Real decreto lo que señala es la cantidad por dependiente que va a aportar len función del grado de dependencia. NO DICE QUE SEAN PARA PRESTACIONES ECONÓMICAS DE CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR.
Los mínimos y máximos garantizados por ley de estas prestaciones económicas se establecieron en junio de 2023, luego cada CCAA establece sus propias prestaciones económicas
Artículo primero. Modificación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Se modifica la disposición adicional centésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que queda redactada en los siguientes términos:
«Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el siguiente cuadro:
Grado de dependencia
Mínimo de protección garantizado
–
Euros/mes
Grado III Gran Dependencia. | 660,00
Grado II Dependencia Severa. | 260,00
Grado I Dependencia Moderada. | 90,00
Asimismo, se fija la cuantía del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, incluida en el Grado III+, de dependencia extrema en 4.930 euros al mes.»