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Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

585 respuestas
Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
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#556

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Es que si te bajaron la cuantia porque había ingresos en tu unidad familiar (2025) te van a seguir contando los ingresos porque este año actualizan en base a los ingresos del año 2025, asi que hasta que no actualicen en el año 2027 no van a dejar de contar esos ingresos
 No esperes cambios hasta por lo menos Marzo de 2027 

#557

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Pero yo no cobraba nada y Estoi viviendo en otro domicilio y no pertenecen a mi unidad de convivencia ya desde noviembre de de 2025 a mi no me pertenece 240e por mi unidad de convivencia ya está notificado desde noviembre de 2025 me deberían de dar los atrasos y actualizarme mi nueva cuantía vamos eso es lo que me dijeron.... 
#558

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

No.
 Porque ahora actualizan en base a los ingresos del año 2025, y en 2025 vivías con tus suegros y sus ingresos siguen contando, da igual que ya no vivas con ellos en 2025 SI vivías con ellos y te repito hasta que no actualicen en 2027 con los ingresos del año 2026 te siguen contando los ingresos de tus suegros 
 Claro te pueden actualizar la cuantia pero contando los ingresos de tus suegros asi que puede que aún te baje mas la cuantia  y generes cobros indebidos
#559

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Vale gracias por su ayuda veo que andas un poco perdida sobre ese tema quisiera alguna otra opinión de alguien un poco más experto gracias 
#560

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

A ver, el tiempo que tardan en modificar un expediente oscila entre varios meses a dos años (acá hay gente en el foro que añadirle a su bebe en el IMV le ha tardado ese tiempo)... si quieres algo más concreto acércate a una oficina de la Seguridad Social y allí pregunta por tu expediente y que te digan algo.
#561

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Hola Rankia   para verificar que el cantidad es correct en el borrador en la renta 
  Que yo ha recibido durane el ano 2025 del IMV y que casilla es donde  parece ?  y si rellena atamaticamente el hacienda o tengo a rellena yo muchas gracias

#562

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

A partir del uno de abril se pueden consultar en Hacienda los datos fiscales de cada uno, identificándonos en la web de Hacienda y accediendo a https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/DFPA-D182/SvVisDF25Net y cuando se abra la campaña de la renta IRPF 2025 se podrá realizar desde la web de Hacienda online cada uno accediendo al enlace que Hacienda pondrá en su web.

El borrador trasportará la información que tiene Hacienda de cada uno a la declaración, tan solo hay que revisar que esté bien y sobre el IMV recuerda que NO tiene que declararse en la renta.  Si no sabes hacer la declaración de la renta por tus medios podrás solicitar cita previa en Hacienda para que te la confeccionen o bien, si quieres y lo estimas conveniente, acudir a alguna asesoría fiscal y que te lo hagan allí (eso ya cada uno como pueda o prefiera).
#563

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes,

He visto que sueles estar bien informado sobre este tema y quería hacerte una consulta.

Voy a realizar un cambio de domicilio en el IMV. Actualmente vivo en una vivienda en propiedad con hipoteca, pero me voy a mudar a un apartamento que me facilitan en mi trabajo, por el que no tengo que pagar alquiler. Mi intención es alquilar mi vivienda actual en un futuro.

Mi duda es: ¿qué trámite debo hacer exactamente para comunicar el cambio? ¿Sería suficiente con aportar el certificado de empadronamiento histórico colectivo a través del enlace correspondiente?

¿Es necesario aportar alguna explicación adicional sobre el hecho de no pagar alquiler en la nueva vivienda o sobre el futuro alquiler de mi vivienda en propiedad? Por ejemplo, indicar al IMV que ya no voy a residir en mi vivienda en propiedad, de cara a que lo tengan en cuenta en el test de patrimonio/activos.

Muchas gracias de antemano.
#564

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Necesitas adjuntar certificado de empadronamiento colectivo de tu nueva dirección a través de https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.html

Ahora bien, recuerda que una vez realizado el trámite de cambio de dirección, Hacienda (y, por tanto, la Seguridad Social en sus revisiones del IMV) os imputará el valor de tu vivienda en propiedad como patrimonio (cosa que ahora mismo no hace, porque resides en la misma) además de que los ingresos obtenidos por su alquiler os los computarán como ingresos a descontar de tu IMV.

Evidentemente, cuando hagan dicha revisión es muy probable que sufras una extinción de tu IMV por tales circunstancias, algo que deberás evaluar.
#565

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Actualmente estoy cobrando el Complemento de Ayuda a la Infancia del IMV. He estado revisando los requisitos y, por lo que veo, no supero los límites:

En cuanto a ingresos, estoy por debajo de los umbrales de la tabla.

Respecto al patrimonio, en el test de activos se descuenta la hipoteca del valor de referencia de la vivienda, por lo que tampoco excedo los límites.

Mis dudas son las siguientes:

¿Bastaría con aportar únicamente el certificado de empadronamiento histórico colectivo, sin dar más explicaciones, ya que el resto de información la comprueban ellos directamente con Hacienda?

En relación con la vivienda:
¿Entienden automáticamente que no es la vivienda habitual de la hipoteca cuando en Hacienda aparece otro catastro?

¿Detectan también que en el futuro podría generar ingresos (por ejemplo, alquiler)?

Si me mudo a otra vivienda:
¿Tengo que comunicar expresamente si pago o no alquiler?
¿O este dato no es relevante para ellos?
#566

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Para el IMV, las valoraciones patrimoniales de inmuebles en propiedad en los que no se reside no descuentan hipotecas que puedas tener; se imputa su valor de referencia y, si no existe, su valor catastral... a Hacienda y la Seguridad Social le da igual que tengas o no hipoteca de tus inmuebles.

Ya te dije lo que tienes que aportar para notificar el cambio de domicilio ante la Seguridad Social cobrando el IMV: certificado de empadronamiento colectivo de la nueva dirección desde el procedimiento https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.html y nada más, no hace falta adjuntar contrato de alquiler ni nada, solo el certificado de empadronamiento colectivo.

Los ingresos obtenidos por alquilar la vivienda de tu propiedad cuando te mudes y la dejes alquilada deberás declararlos en IRPF. Puedes jugártela y no hacerlo, claro, aunque te arriesgas a que en un futuro Hacienda te descubra y te cruja  ¿por qué te crees que Hacienda nos obliga cuando hacemos el IRPF a indicar la referencia catastral de nuestra vivienda habitual? ¿qué crees que pondrá "tu inquilino" en su momento cuando haga su IRPF y le pregunte el borrador de la renta la dirección de su domicilio y bajo qué circunstancias reside ahí? ... Además que de dichos pagos de alquiler que recibas siempre habrá trazabilidad bancaria y sobre todo detalles en las BBDD del INE sobre personas empadronadas y sus periodos en un certificado de empadronamiento colectivo histórico, por lo que no te creas que es tan simple "no dejar rastros".
#567

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas noches, si si yo no pretendo hacer nada raro, solo hacerlo correctamente.

Ahora creo recordar que hablamos anteño sobre tema de hipoteca y te adjunte yo lo que ponía en el pdf del IMV.

Dice que del valor total de bienes y propiedades se descontarán las deudas y créditos.

#568

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Ese texto que has pegado es de una guía de cierta asociación https://eapn-clm.org/solicitud-imv/ (sección "como completar el formulario del IMV", punto 4 "situación económica", para ser más concretos). No es información oficial de la Seguridad Social o Legislativa sobre el IMV.

Ahora te reto a que leas lo que realmente dice el famoso artículo 20 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital, y para hacértelo más fácil te remarco donde está "la chicha" de verdad 👇


Por tanto, y con la legislación vigente en la mano, lo que reza el fragmento de tu post es erróneo, porque como te he venido insistiendo, se considera el valor de referencia (o catastral en ausencia del mismo) de los inmuebles en propiedad que no sean nuestra vivienda habitual.
#569

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas no te lo tomes a mal ni mucho menos, si yo he sido el que te pedí ayuda, es que al hablar recirde que creo hablamos sobre esto,

En la captura que has enviado en el apartado 4 sale esta información que es justa la del PDF.

Yo con esto entiendo:

Que al valor referencia vivienda se le resta hipoteca.
Pero que no era mi ánimo ofender ni mucho menos. De hecho te escribí por que se que eres de los que andan más puestos, si puedes revisa eso y me dices si aun así no te genera duda.



#570

Re: Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital

Tranquilo, no ofendes en absoluto, pero si hablamos de inmuebles léete lo que te remarqué con el cuadradito rojo porque así es como se está aplicando en la práctica para la revisión del IMV, sin descontar "préstamos ni hipotecas" de los mismos como indicas.