Suerte.
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IA:
Vale, te lo resumo claro y directo:
Pregunta:
Si el convenio fija 0% de retención y el banco extranjero me retiene 19%, ¿puedo deducir ese 19% en la Renta española?
Respuesta corta:
❌ No. No lo puedes deducir.
Por qué:
En la casilla 588 la norma dice:
Solo puedes deducir hasta el límite permitido por el convenio.
Si el convenio marca 0%, entonces el límite es 0.
Por tanto, aunque te hayan retenido 19%, para Hacienda España ese impuesto no es deducible, porque esa retención no debía haberse practicado según el convenio.
Entonces, ¿qué pasa con ese 19% que te retuvieron?
Tienes dos opciones:
-
Pedir devolución al país extranjero (a veces posible, a veces un infierno).
-
Perderlo. España no te lo compensa.
Lo que sí debes hacer siempre:
✔ Declarar los intereses en España.
✔ Tributan al tipo del ahorro (19–26%).
Ejemplo rápido:
- Ganancia en depósito: 1.000 €
- Retención en Eslovaquia: 190 € (19%)
En España:
Concepto Resultado
| Importe a declarar | 1.000 €
| Límite deducible por convenio | 0 €
| Lo que puedes deducir | 0 €
| El 19% retenido allí | Lo pierdes si no lo reclamas allí
Resumen final:
- Si el convenio es 0%, no puedes deducir nada en España, aunque te hayan retenido por error.
- La retención extranjera solo es deducible si está dentro de lo permitido por el convenio.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L