Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

5,21K respuestas
Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
24 suscriptores
Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
Página
588 / 699
#4700

Re: Banco Popular. Asociación UNIVE

Mi caso es de deuda subordinada.

Estoy a la espera de acontecimientos en pronunciamientos de los distintos órganos judiciales. Principalmente del Tgue o Tjue. Creo que será el primero en dar señales, ya dado los signos de denominar "grosería técnica", la descalificación del Tribunal de Cuentas europeo, y del propio defensor del pueblo español que ve signos de indefensión y falta de transparencia, causas ambas de anulación de actos administrativos.

Qué ocurriría si uno no está perdonado en un juicio y recae sentencia favorable ?... Pues si aún no ha prescrito la acción, puedes encomendar a un letrado que en base a esa jurisprudencia demande representandote.

La jurisprudencia es pública y ahí está para ser utilizada.....como la están utilizando los letrados que ya han ganado varios juicios por la resolución, aplicando la emanada del caso Bankia.

Cuando ya tenga algún dato más sobre resoluciones judiciales, y antes de que prescriba las acciones, volveré a estudiar cada una de las opciones de nuevo. Porque es importante tener conocimientos de nuevas situaciones que puedan beneficiar o perjudicar tus pretensiones.

Me decantaré por el que más se acerque a mi caso en particular.

Saludos.

#4701

Re: Banco Popular. Asociación UNIVE

Lo siento: donde dice " perdonado" , debería decir PERSONADO

#4702

Re: Banco Popular. Asociación UNIVE

Un tema que conviene esperar es el informe evaluando la situación de accionistas y botistas respecto a una liquidación. Yo por parte de Europa no espero nada, no creo que ahí haya nada que hacer.

El tema es la prescripción de la accion. Determinadas acciones parece que prescriben al año, por lo que ya falta poco... al tema penal no podrían esperar.

La gran duda sería, ¿es aconsejable que hgamos algo antes del año o se puede esperar a después?

Un saludo

Brokers destacados