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Seguimiento de Dia (DIA)

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Seguimiento de Dia (DIA)
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Seguimiento de Dia (DIA)
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#16873

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Estas mezclando las ampliaciones de capital con la OPA 
#16874

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Jajajajajaajaja. No sabes ni lo que escribes. Estas nervioso?
#16875

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

No me has entendido,  caso telepizza.
Exclusión con el 75% juicio  y gana cnmv. 
Pierden pequeños accionistas.
#16876

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Si.
Claro que es posible. Lo es SIEMPRE, tengas el % que tengas de antemano, incluso aunque NO tengas %, lanzar una OPA, que tu mismo determinas si es de exclusión o no.
Si declaras que es de exclusión (porque tu intención es adquirir la totalidad del capital social, o en su caso mas del 90% y en ese caso se fuerza la venta del resto 10%), SOLO puede realizarse a precio equitativo.

Tu mismo, mañana, puedes declarar que lanzas una OPA de exclusión por cualquier empresa cotizada. Tienes que contar, eso si, con un aval bancario que demuestra que tendrías capital para PAGAR la OPA al completo, logicamente. Sin aval no te aprueban ninguna posibilidad de lanzar OPA alguna.

Para determinar el precio equitativo, se establecen una serie de criterios de valoración, y el opante esta obligado a emitir un informe de valoración, calculando lo que sale con cada criterio, y de ahi se coge el mayor de los precios por acción obtenidos en el calculo.
#16877

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

No no.
Las condiciones de mínimos de aceptación de una OPA, las establece el opante.
Como asi quedó recogido en el anuncio de la OPA.
Tu cuando lanzas una OPA voluntaria, y por tanto el precio le pones tu, puede que no logres que nadie te venda las acciones.
Yo mañana lanzo una OPA voluntaria sobre acciones DIA a 0,0150 €/acc, y estoy seguro que no me como un colín. Entonces para no hacer el canelo, establezco un mínimo de aceptación de manera que si no se alcanza ese mínimo, NO ejecuto ninguna compra de los mandatos de venta de los opados.

En este caso, logicamente fue el opante el que estableció el minimo de aceptación, y si no se alcanzaba dicho mínimo, retiraría la OPA, como así permite el RD. Y como se ha hecho en muchas otras OPAs de cotizadas que no han logrado sus objetivos. Lo que si se admite, si el opante lo estima oportuno, es alargar el plazo de aceptación.
Ejemplo reciente: GREENALIA; y no ha sido una opa coactiva ni nada por el estilo.
Yo en mi OPA a 0,0150 €/acc puedo "decir misa", que la OPA nunca será "coactiva". Puedo amenazar al que no me venda sus acciones a 0,0150 diciendo que voy a ir a su casa a liquidarlo... y aun asi, NO será una OPA coactiva.
No se si se me entiende. Las OPAs coactivas no existen. Existen las OPAs obligatorias, pero estas son conforme leyes, a precio equitativo, es decir no establecido arbitrariamente por el opante.

#16878

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

No lei nada de eso de telepizza en tu post anterior.
Hablabamos de DIA, y en concreto de la OPA a 0,67.

Intenta no mezclar temas que nada tengan que ver, porque nos descolocas.
#16879

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Lo que vengo a decir es que el fondo letterone puede lanar opa en cualquier momento dándote una bonificacion y la CNMV la aprobatoria sin tener en cuenta al pequeño inversor 
#16880

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Que no.
Que eso no funciona asi. La CNMV aprobaría la OPA (cualquier OPA, de la naturaleza y condiciones que sea), si se cumplen las condiciones del RD.
Si la OPA es voluntaria, las condiciones son escasas, y previsiblemente se aprobaría sin mas problema, mas alla de verificar que el opante posee el aval bancario de compra correspondiente.
Si la OPA es de exclusión o forzosa, entonces SI, la CNMV debe analizar si el precio ofrecido es EQUITATIVO. SI no es equitativo en ese escenario de OPA obligada, entonces se insta a que se ofrezca el precio equitativo, y en caso contrario no se autoriza la OPA.
Es asi de simple.
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