Respecto a la comisión de mantenimiento de la cuenta, leyendo detalladamente las condiciones particulares de mi contrato veo que te exoneran de la comisión si se dan las siguientes condiciones: a) si cumples el requisito de la nómina/pensión; b) si no ingresas la nómina o pensión, mantenindo un mínimo de 10.000 euros cada trimestre, en cuenta, fondos o valores. Así lo veo yo, es decir, no es necesario cumplir a la vez los dos requisitos exigidos para las dos distintas promociones.
Cuando damos autorización para que un Banco pueda consultar nuestros datos el la TGSS, el banco podrá consultar casi todo lo relacionado con nuestra historia laboral; Si estas parado o activo, empresas que hayas trabajado, tipo de contrato, bases de cotización, vida laboral...... Prácticamente los datos que pueda reflejar una nomina.
Pues depende como te vaya el día. Por lo expuesto en entradas anteriores a veces te da error el proceso de alta y te remiten a una entidad, yo en mi caso fui directamente a la entidad y en un ratillo tenia todo listo.