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¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

72 respuestas
¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)
¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)
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#1

¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

A todos nos cobran intereses de nuestras cuentas de crédito según los saldos por fecha de valor. sin embargo, con la reciente aplicación a nuestra cuenta de una comisión sobre saldo no dispuesto, es descubierto que esta comisión se liquida sobre los saldos por fecha de operación. es de locos, te pasas haciendo cábalas para optimizar tu tesorería por fecha valor (y evitar pago de impuestos), y luego el banco te liquida una comisión por fecha de operación sobre la que poco o nada puedes hacer (ingresos de cheques, transferencias con valor posterior te hacen incrementar el pago de tu comisión). además, la justificación de la comisión hace que la forma de cálculo la transforme en una condición draconiana: se supone que busca que utilices la línea al máximo, utilización que debes limitar al disponible por valoración para evitar comisiones sobre saldos excedidos... y luego, ¡paf! te aplican la comisión por no disponibilidad con un criterio diferente. ¿habéis comprobado que esto os ocurre también a vosotros? denunciémoslo!!!

#2

Otra exageración

No creo que sea tan importante la comisión de disponibilidad en la gestión óptima de una cuenta de crédito. Sabes perfectamente que una cosa es la disponibilidad que se mide con la fecha de operación (tu entregas o coges dinero en ese día) y otro es el cálculo de intereses que siempre se guía con la fecha de valoración, son conceptos distintos desde siempre (no es cosa de ahora) Además ahora se han reducido, por ejemplo en las transferencias, las diferencias entre la fecha valor y la fecha operación.

Es un simple pataleo, no sé que robos ni gaitas.

El desconocimiento de la ley (normativa, contratos,etc) no exime de responsabilidad.

#3

Re: ¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

Acojonante la mentalidad del empresario medio de este país.

Uno de sus principales afanes es no pagar impuestos para después reclamar todo tipo de ayudas pública y quejarse de que le cobran lo estipulado en una póliza firmada ante notario.

Esa clausula es mas vieja que la tos.

Saludos

#4

Re: Otra exageración

Gracias por participar en la controversia... la verdad es que buscaba otros puntos de vista... ¡que me convencieran, claro!
La diferencia de liquidar esta comisión por fecha de valor respecto fecha de operación es exactamente del triple (600 euros en lugar de 200... no está mal...), ¿crees que el banco lo hace por despiste?
Pero es que además, no se trata de no leerse los contratos, yo al menos sí lo hago. En este caso, se habla de liquidar la comisión de no disponiblidad "según el saldo diario", no se especifica qué criterio para computar el saldo se aplicará, pero no es sólo eso.
Lo que consigue el Banco es estrujarte en algo en lo que no puedes actuar, ¡¡¡si nos aplicaran a todo valor mismo día (cheques, recibos..., no sólo transferencias!!!
Por cierto, no contesto a Jesx71 porque sigo a la espera del resultado de mi consulta el Oráculo de Tebas... no sé que rayos quiere decir... ni soy empresario, ni me acatarro fácilmente, y el problema es que es una cláusula aplicada de manera abusiva. en todo caso, gracias Sr. Botín, digo ...Jexs71...

#5

Re: ¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

Rectifico, sí contesto a Jesx71 aunque sigo a la espera del resultado de mi consulta el Oráculo de Tebas... no sé que rayos quiere decir... ni soy empresario, ni me acatarro fácilmente, y el problema es que es una cláusula aplicada de manera abusiva. en todo caso, gracias Sr. Botín, digo ...Jexs71...
Por cierto, he visto varias intervenciones tuyas en el foro... en fin, por el hecho de cobrar el suelto mediante este tipo de clausulas tipo "meaprovechocomomedalagana" de los bancos, es bueno que tomes alguna distancia y tengas opiniones objetivas sobre cuestiones que seguramente conoces. Ya sabes... sin acritud

#6

Re: ¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

Nunca había reparado en esto que comentas, es decir, que la comisión sobre saldo medio no dispuesto (SMND) se cobre por saldo posición y los intereses, por saldo valor.

Si tu actual entidad (desconozco si es práctica generalizada) está aplicando este criterio diferenciador, efectivamente está cobrando DOS VECES (INTERESES Y COMISION DE SMND) POR LO MISMO.

Me explico con un ejemplo: Cuenta de crédito de 200.000 euros totalmente dispuesta, a la que quedan 3 días para su vencimiento. Se ingresa un cheque de otra entidad, por ese importe pendiente, con lo que el saldo posición, a 3 días para vencer es cero. Se genera liquidación por SMND. Pero, a su vez, como el cheque no toma valor hasta dentro de precisamente esos tres días, también se liquidan intereses deudores de ese tiempo.
Desconozco (de momento) cual es el criterio del BdE al respecto, pero al menos a mí se me hace una liquidación redundante. No obstante, siempre hay una serie de prácticas por parte del acreditado que podrían suavizar esta duplicidad (sobre todo, en la gestión de cheques y pagarés, pues con la Nueva Ley de Pagos, la incidencia de las transferencias ya no debería ser tal).

S2

#7

Re: ¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

No sé si es comparable, pero en el caso de las liquidaciones de excesos en póliza de crédito la doctrina del Banco de España es que los intereses de exceso se calculan por valoración, pero las comisiones (que en el caso de empresas son la parte del león) por máximo descubierto (en este caso máximo exceso) deben liquidarse por descubierto real, con lo cual si uno está excedido por valoración, caso de ingreso de un cheque que no ha consolidado su valoración, pero no se ha producido descubierto real, por tanto no hay entrega real de dinero, no se puede liquidar comisión de exceso, ello según el criterio del Banco de España, ya que la comisión solo es aplicable si hay una entrega real de dinero.

#8

Re: ¿Otro robo más de los bancos? (legalizado por el Banco de España)

Yo también tengo opinión objetiva y pienso como Jexs; yo no soy bancari, pero el aplicar una norma no es abusa, es cumplir la norma, y, por tanto cumplir bien tu función.

Jexs es uno de los compañeros más formados y respetados del foro, y se lo ha ganado a pulso con sus intervenciones.

Un saludo