Acceder

Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #2080
    lamarga789
    08/05/14 21:10

    y como puedo averiguar quien tiene la posesión y como puedo averiguar lo del titulo legitimo?

  2. en respuesta a daniki
    -
    #2079
    08/05/14 16:59

    Sí, claro, puedes enviarme un mensaje privado y te daré entonces el email,
    Saludos,

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2078
    08/05/14 16:37

    El valor fijado para subasta en la 2ª hipoteca se corresponde con la suma de principal+intereses+costas de esa 2ª hipoteca. en la 1ª no aparece valor de subasta. La verdad es que me resulta rara esta certificación, te la puedo mandar por email?
    Un saludo

  4. #2077
    08/05/14 16:11

    Claro, el tipo de la subasta es el fijado en la hipoteca que se ejecuta, la 2ª (partiendo de la base de que no tienen igualdad), según dijiste, pero en la escritura de la primera también debe figurar un tipo.
    Lo que quería decir es que al tipo de la segunda ya se debe haber restado el de la primera, pues es una carga anterior a esos efectos.
    Saludos,

  5. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2076
    08/05/14 14:53

    Gracias Jotaerre y Tristán,
    sólo en la escritura de la 2ª hipoteca aparece el "valor a efectos de subasta", que coincide con el tipo publicado en el edicto. Me hace pensar que sólo y exclusivamente están considerando la 2ª hipoteca en esta ejecución para todos los efectos..
    Un saludo

  6. #2075
    08/05/14 09:25

    Ampliando la respuesta a daniki, hay que tener en cuenta que el tipo de subasta en la escritura de una segunda hipoteca, y con más motivo si es de la misma entidad, ya "liquida" la carga anterior, es decir, resta el importe de la primera hipoteca.
    Así que el tipo de la subasta por la segunda hipoteca será menor porque ya tiene en cuenta la responsabilidad máxima de la primera, y, aunque no se pueda averiguar el saldo actual de la primera, como sí se sabe el máximo del que responde la finca, es ese importe el que hay que prever al hacer números, y a partir de la adjudicación cualquier minoración será una buena y grata sorpresa.
    Saludos,

  7. en respuesta a urales
    -
    Top 100
    #2074
    08/05/14 00:09

    En las subastas judiciales si no puedes inscribir tienes un problema de los gordos. Puede que algún juzgado te ayude, pero en general lo considerarán un problema tuyo que no les afecta.

  8. #2073
    07/05/14 22:55

    Buenas noches, soy nuevo en subastas judiciales. he participado en otras en las que si no puedes registrar la propiedad en el correspondiente registro, por cualquier circunstancia ajena a ti, te devuelven el dinero y ya esta.
    En las judiciales hipotecarias o no ,que ocurre si no puedes inscribir por problemas de tercerías o lo que salga, te devuelven la pasta sin problemas.
    saludos y gracias .

  9. en respuesta a daniki
    -
    Top 100
    #2072
    07/05/14 17:32

    Está claro que quien se la adjudique en la subasta tendrá que hacerse cargo de la hipoteca anterior. Pero hoy en día es más difícil que antes averiguar el capital pendiente de la misma por culpa de la LPD. La única forma de averiguar ese dato es preguntar, preguntar y preguntar.

  10. en respuesta a lamarga789
    -
    Top 100
    #2071
    07/05/14 17:29

    Lamarga, de lo que puedes estar seguro es de que por menos del 30% y sin cubrir la deuda y muy difícil que te acepten la adjdudicación. Por encima del 70% no hay problema, pero por debajo del 50% empiezan los problemas y una de las cosas que más tienen en cuenta los juzgados es si la puja cubre o no la deuda.

    Respecto a la situación posesoria, la tiene quien viva en la casa con un título legítimo. Nada más fácil de averiguar

  11. #2070
    07/05/14 17:07

    Hola Tristán y cía. tengo una duda que no logro resolver,
    en un procedimiento de ejecución hipotecaria aparece en la certificación de cargas:
    Hipoteca 1. Banco A por importe X. Año 2004
    Hipoteca 2. Banco A por importe Z. Año 2006.

    Lo que se ejecuta es la 2ª hipoteca, el la certificación dice que esta hipoteca está "pendiente y sin cancelar", pero no dice nada de la primera.
    Al tratarse de un procedimiento de ejecución hipotecaria, no se practica la liquidación de cargas, por lo que es imposible(?) conocer la situación de la primera hipoteca.
    Es imprescindible conocer el estado de las cargas anteriores de cara a la posible postura, y mi pregunta es ¿hay alguna manera, por fácil o enrevesada que sea, de conocer la situación de la primera hipoteca?

    Muchas gracias y saludos a todos

  12. #2069
    lamarga789
    07/05/14 15:25

    gracias tristan por la contestación .pero la situación posesoria del inmueble hay alguna forma de averiguarla?, y otra duda si me interesa un inmueble en subasta cuanto es la puja minima si existe minimo y por debajo del cual es difícil que te la adjudiquen a ti. por ejemplo si oferto menos del 30 % pero que cubran la deuda mas intereses por lo que sale a subasta,o si oferto menos del 30 % y no cubran deuda .habría alguna posibilidad que me lo adjudicaran ? ya se que a partir del 70% aunque no cubra deuda te lo adjudican no? como ves tengo muchas dudas. Gracias

  13. en respuesta a Joan seva
    -
    Top 100
    #2068
    05/05/14 21:02

    Hola Joan. Sí, la deuda pendiente sería la diferencia entre la deuda total (más los nuevos intereses de demora desde la fecha de la demanda) y lo recaudado en la subasta. El Tipo de Subasta no tiene nada que ver y solo existe para calcular los porcentajes para la fianza y para la firmeza de la adjudicación.

  14. en respuesta a Servus
    -
    Top 100
    #2067
    05/05/14 21:00

    Sí, cuéntalo, Servus, que yo estoy súper intrigado. Además si es muy interesante podríamos hacer un post especial sobre el caso.

  15. en respuesta a lamarga789
    -
    Top 100
    #2066
    05/05/14 20:57

    Hola Lamarga. Sobre eso habría mucho que decir, tanto que no cabe en este blog. Pero que sepas que los alquileres fraudulentos son bien fáciles de demostrar y que en cualquier caso, si el contrato fuera cierto y el tipo pudiera demostrarlo, lo máximo que la Ley le obliga al adjudicatario a tener que soportar el alquiler son cinco años desde la fecha del contrato. Y tras los cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos, aún menos.

  16. #2065
    05/05/14 19:14

    Deuda pendiente tras subasta con postor

    Hola Tristan, ¿cómo se calcularía la deuda pendiente en este caso?
    -Valor tipo para subasta: 345.836,58€
    -Importe Hipoteca: 200.000€
    -Capital pendiente: 196.741,49€
    -Intereses+costas (30% del capital pendiente): 59.022€
    -Deuda total: 255.763,49€
    Imaginemos que un postor se la adjudica en la subasta por 176.376,66€, que es la puja legal mínima (51% del tipo).

    ¿La deuda pendiente sería de 79.386,83€ (deuda total - adjudicación al postor)?
    ¿Actuaría aquí de alguna manera el 70% del tipo en adjudicación al ejecutante en subasta desierta (242.085,61€)?, ya que si fuera así la deuda se reduciría a 13.677,88€ (deuda total - adjudicación al ejecutante).

    Muchas gracias,
    Joan

  17. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2064
    05/05/14 03:51

    Hola a todos:
    Gracias en gran parte a la información que tan generosamente ponéis en el blog, he desistido de acudir a la subasta de la que hablaba hace unos días. Haciendo caso a Tristán, leí y releí la documentación con la que me pude hacer, y al final encontré la "trampa". Os pongo el enlace de la primera subasta para que podáis echar un vistazo: http://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/01/16/BOCM-20140116-49,0.PDF
    y aquí el casoplón en cuestión: http://www.idealista.com/inmueble/1854325/
    La segunda subasta se celebrará este miércoles día 7 de mayo. Dentro de unos días (o si alguien tiene mucha curiosidad que me mande un privado) os cuento donde estaba el problema.
    Saludos.

  18. #2063
    lamarga789
    04/05/14 23:04

    y si no indica la situación posesoria (me parece que se dice) habría alguna forma de enterarde?

  19. #2062
    lamarga789
    04/05/14 22:58

    hola tristan , yo soy muy novata en este tema , y mi pregunta es la siguiente.si un propietario sabe que le van a enbargar el inmueble porque no lo paga entonces para fastidiar decide alquilar dicho inmueble a 100 e durante 20 años porque piensa que el ya no lo va adisfrutar pero quien lo compre en subasta tampoco .entonces yo ingenua novata me intereso por el inmueble que sale a subasta y en dicha subasta no indica la situación posesoria del inmueble pero yo me decido y lo compro a buen precio. y entonces cuando quiero tomar posesión sale a la luz el inquilino que paga los 100 e de alquiler, demuestra mediante el contrato de alquiler que es legal y que lo tiene por 20 años y entonces yo tengo que tener por obligacion ese alquiler, porque esos 100 e me los tendría que pagar a mi que yo soy el nuevo dueño pero yo podría hacer algo para anular el contrato??.esta posibilidad se podría dar??? un saludo

  20. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2061
    01/05/14 19:32

    Sale en la portada de la Revista de Morosos Pataletas....... GRACIAS por este último comentario, que creo me deja claro el tema.

Nueva Sección
Ventas Desesperadas