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Subastas judiciales. Pelotera en el juzgado

Es indecente que algunos juzgados no permitan que los postores estudien debidamente las subastas que van a celebrar

Mañana se celebra una subasta en el juzgado de Primera Instancia nºXX de Madrid a la que no creo que acudan muchos postores, no porque el piso no lo merezca -al contrario, es estupendo- sino porque tiene un posible "inquilino agazapado" de los que hablábamos en el anterior post, ya es casualidad.

Se trata de un magnífico piso casi nuevo de 140 m2, con trastero y plaza de garaje incluidos, sito en uno de los nuevos PAU del norte de Madrid, en Montecarmelo. El tipo de subasta es la friolera de 503.223 euros, pero la adjudicación queda automáticamente firme a partir de 352.257 euros. Parece caro, pero creo que bien los vale.

Vamos, que sería la típica subasta con un montón de postores dispuestos a pujar como locos hasta alcanzar el 80% de su valor si no fuera por la pequeña minucia de que en el Edicto de subasta, escondido entre las condiciones de la subasta figura la manifestación de que la vivienda se encuentra arrendada a Don Perico de los Palotes desde mayo de este mismo año.

El escollo es importante, pero la cosa aún hubiera podido tener solución de haberse celebrado la subasta en un juzgado distinto, que no perteneciera a la "Confederación de juzgados del lado oscuro de la fuerza", aquellos que no permiten que los futuros postores, o sea, aquellos que se van a jugar la pasta (nada menos que unos 400.000 euros), estudien detenidamente el expediente judicial antes de tomar la decisión de participar o no en las subastas.

Es decir que la semana pasada cuando le pedí al oficial de los juzgados que llevaba el procedimiento que me lo dejara para estudiar el contrato de arrendamiento, me contesta que de sobra se que en ese juzgado ya no permiten ver los procedimientos y que el que haya un arrendamiento no es motivo para romper esa norma, que si lo quiero leer, compre el piso en la subasta y así podré tener acceso al contrato. Joooodeeer...

Por supuesto que la pelotera que tuve con él no me sirvió de nada, ni siquiera aunque hubiera entrado a hablar con la secretaría, pues también se de sobra de quién proceden esas instrucciones. Así que me tocó agachar las orejas y recular hasta la puerta, por enésima vez.

En este caso, la importancia de ver el contrato de arrendamiento venía porque habría tres posibles motivos por los que Perico de los Palotes se había personado en el juzgado:
  1. Porque es un inquilino agazapado, conchabado con el propietario y puede que en el contrato figure un alquiler mensual ridículo, pongamos que de 400 euros.
  2. Porque es un inquilino legítimo, que pague lo usual en estos pisos, es decir unos 1.600 euros mensuales, pero cuya intención sea acongojar a los futuros postores para que el precio de adjudicación sea bajo y así ejercer el derecho de retracto sobre un precio chollo.
  3. Porque es un inquilino legítimo que simplemente quiere hacerse visible y que se respeten sus derechos, dejando claro que el adjudicatario tendría que respetar el arrendamiento durante cinco años desde mayo. En este caso la subasta sí me hubiera interesado porque tengo clientes con ese perfil, el de comprar pisos para alquilar, a quienes no les hubiera importado que el piso ya estuviera alquilado si la renta mensual merecía la pena.
Qué triste que estos juzgados, que antes eran los mejores y más eficaces de España, sean ahora una máquina de problemas o de subastas desiertas. Y todo empezó por una decisión chorra tomada sin base legal a finales del año pasado con el único objetivo de que los subasteros tardáramos menos en ver los expedientes judiciales. Claro, si solo nos dejan ver la Certificación de Cargas, tardamos menos, es evidente.
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  1. #20
    Dalamar
    07/10/09 17:44

    Lacaseton, mi experiencia con las burbujas es que cuanto mas suben mas caen y en espana tienen casi el record de subido, irlanda gana... Asi que ya veremos! Las mentalidades cambian... Y de repente puede ser que todo el mundo piense que alquilar es lo mejor del mundo y comprar no lo es, no seria raro...

    Pero al final es ser abierto de miras, no es necesario comprar para alquilar en Espana, Europa tiene libertad de movimiento de capitales y si tienes tanto dinero para invertir, bien te puedes asesorar, hacer unos viajes, investigar etc...

    Mira Minerva de futuromillonario, ya ha comprado su tercera casa en Alemania!

  2. Top 100
    #19
    07/10/09 16:48

    Respecto al segundo anónimo, estoy con Manuel Alicante, si tiene algo que decir que lo diga, que concrete punto por punto en lo que no está de acuerdo y por qué. Que no se quede en vaguedades ni en la crítica general.
    Yo he contado unos hechos que son ciertos y además he dado mi opinión. Que él de la suya respecto a esos hechos o que critique la mía, pero especificando.
    Al fin y al cabo es un anónimo, puede decir lo que se le antoje.

  3. #18
    07/10/09 15:04

    Dalamar:


    No digo que comprar una casa por 400.000 sea en estos momentos una posible inversión. No tengo ni idea de que casa es,de que tipo, donde está etc. Y mucho menos que esperar un rendimiento del 4% sea interesante.

    Lo que si tengo claro es que en España, al invertir en inmuebles, (al menos un particular) no pudees esperar los porcntajes que tu calculas para el resto de Europa, poruqe la gente prefería comprar antes que pagar ese alquiler, por mentalidad, porque los epañoles tienenden a moverse poco o porque se lo enseñan desde pequeñito. Y como no vas a pder sacar un 8%-9% por mucho que sea lo que se lleve en europa , la única esperanza para que la inversión salga bien es especular con los precios. (No es el primer boom -crash inmobiliario de España)

    Saludos

  4. #17
    Anonimo
    07/10/09 14:42

    Al segundo Anonimo.

    Quiza no sea yo la persona indicada para invitarte (al fin y al cabo, el Blod es de Tristan), pero aun así, te invito a que, si quieres incluso con ironia, compartas tus conocimientos con nosotros, y critiques abiertamente las incorrecciones que creas ver.
    Así todos aprenderíamos un poco más.
    De poco sirve que hables "de inexactitudes y medias verdades", si no sales al ruedo a torear, nos das tu opinión, y nos dejas que los demás también la podamos analizar.
    Anímate a criticar sin piedad, lo que creas que es incorrecto, pero fundamentando jurídica, o prácticamente, tu opinión.
    Un saludo

  5. #16
    Dalamar
    07/10/09 12:32

    Lacaseton, que esos sean los porcentajes que se obtienen en Espania no quiere decir que sea buena inversion, me parece una inversion malisima, y es sintoma de que los precios no son los que deberian de ser, si me dices que es la mentalidad espanola, pero que en la crisis de los 90 habia buenos precios, yo te dire que en esta crisis dentro de 2 o 3 anios probablemente vuelvan los precios de los 90 ajustados por inflacion y si no, pues uno que quiera hacer un buen negocio comprando para alquilar, comprara y alquilara en otro pais, no en Espana.

    El que esos sean los numeros en Espania no implica que sea buen negocio ni que sea correcto o incorrecto, para mi correcto es un negocio en el que ganas dinero, incorrecto es en el que lo pierdes, con esos numeros pierdes dinero con el alquiler, solo ganas con la premisa de que el inmueble se revalorice como ha pasado recientemente, pero eso ya se acabo, por tanto esos numeros son lo que hay, pero no son buen negocio, con esos 400 mil euros invertidos en algo conservador obtienes los 1600 facilmente sin tratar con inquilinos, sin riesgo de que no te paguen, sin riesgo de que se devalue la zona, sin mantenimiento y sin depreciacion, ya que una casa cuanto mas vieja es, vale menos a no ser que se este revalorizando por otros motivos que ya no son relevantes a dia de hoy.

    Por tanto te doy la razon de que los que compraron en los 90 hicieron una buena inversion, pero obviamente no estamos hablando de los mismos precios a dia de hoy, asi que es un negocio totalmente diferente.

    Es como si te dijese que comprar acciones a dia de hoy es mala inversion y si me dijeses que los que compraron en marzo di que hicieron una buena inversion, no es lo mismo!

  6. #15
    07/10/09 12:04

    Dalamar:

    Yo creo que los cálculos de Tristan son correctos. Son los porcentajes que suelen estimar en España.

    El mercado español no es comparble con Europa. Aquí la gente quiere comprar, no alquilar, por lo que las revalorizaciones esperadas se calculan principalmente para el momento de la compra-venta. Por lo que yo concozco, la gente que invierte en un inmueble con un mínimo de seriedad, solo espera que el alquiler le cubra los gastos de mantenimineto, IBI, comunidad y poco más.

    Según los % de rentibildad espereda por ti que comentas, supone pagar un piso en 10-12 años y eso es incompatible con la mentalidad española. Una de las frases mas utilizadas aquí es: "alquilar es tirar el dinero"

    Incluso hay mucha gente ve una compra de un pisito como un fondo de inversión. En Málaga concozco a varias familias que compraron un apartamento, durante la crisis de los 90, (hace 15-20) años en la costa por dos o tres millones de ptas y lo han vendido por 3o millones.

    Mala inversión no creo que haya sido, quizás se necesita un perfil muy especifico de inversor para que esta tenga éxito.

    Saludos

  7. #14
    Dalamar
    07/10/09 09:37

    Suso, el calculo es en bruto asi rapido, yo he calculado que para que una inversion inmobiliaria te de beneficios necesitas aproximadamente un 9% de renta y ahi va incluido todo, evidentemente dependera de la sitiacion en particular y puede ser 8% o 10%, en funcion de gastos, impuestos etc...

    Tambien hay que tener en cuenta que las leyes son diferentes en los paises, en UK alquilas y al inquilino le puedes dar un mes de preaviso y se tiene que largar, en Espana es mas complicado y en alamania todavia peor.

    Las ciudades con mejor ratio alquiler/precio son Cairo y Manila, al menos es lo que lei en un estudio hace poco.

    Tristan, yo no esperaria que en 8 anios los precios vuelvan a maximos, los ciclos inmobiliarios suelen ser mucho mas largos, yo hablaria mas bien de 16 a 20... Por tanto a dia de hoy me parece una malisima inversion, sobre todo con el futuro hipotecado de Espana, cuando Espana se recupere y empiece a entrar dinero, quizas... Yo no diria 8 a 9 anios facilmente, entonces quizas el mercado inmobiliario empiece a subir, para cuando llegue a maximos otro tanto!

    Pero tomando la premisa de que es ciclico y volvera a llegar a maximos ajustados por inflacion, tambien deberiamos de pensar que por el mismo motivo tiene que llegar a minimos, verdad? Asi que deberiamos de tener los precios de los anios 80 ajustados por inflacion, y todavia queda para eso, no se si llegaremos a tanto, ya que hay otros factores, como que ya no es en un pais tercermundista como entonces (solo segundo mundista)... Pero aun asi a mi parecer los precios estan lejos de su precio real, simplemente comparemos con los de Alemania, en donde los sueldos son mas altos y el coste de la vida es mas bajo, y comparemos con Alemania en el tiempo que ha estado la vivienda bajando desde el boom inmobiliario, creo que anda por la década y ahora esta en plano desde hace tiempo!

    Saludos,

    Daniel

  8. #13
    Anonimo
    07/10/09 01:24

    Delamar, tus cálculos de rentabilidad no son del todo precisos.
    La mitad de la renta tributa al marginal del IRPF, ademas supones que siempre va a estar alquilado y no incluyes gastos (pintura, seguro, reparaciones...).
    Con estos cálculos no se obtiene ni un 3%. En épocas normales sumaríamos la revalorización del bien, pero como está el mercado inmobiliario y las previsiones de la economía, esto no pasará hasta al menos pasados 2 años.
    Además si quieres disponer de tu dinero, necesitarás más de 6 meses para vender el bien que es el tiempo medio actual si está en un precio normal, pagar notario y registrador y tributar por las plusvalías.
    Si tienes 300.000€ encuentras bancos que te dan un 3% (con un 18% de retención) con el capital totalmente asegurado (si no superas los 100.000€ por impositor) y disponible en 24 horas.
    La vivienda, salvo chollos que no existen, no es para invertir sino para disfrutar. De momento.
    Saludos y felicidades por el Blog

  9. #12
    Anonimo
    06/10/09 19:50

    Ignoraba la existencia de un cuerpo de vendedores profesionales, preocupados del bien del ejecutado y que salvan los defectos del procedimiento mediante sus acertadas intervenciones en pro del ejecutante y del ejecutado.

    Es imposible contestar el listado de inexactitudes y medias verdades del post y la ristra de comentarios (sic) que le siguen en fila (hace falta una ley y hay que abrirla por el artículo adecuado), pero si ese es el conocimiento con el que intervienen en la vía de apremio no hace falta más explicación.

    Continuen con sus buenas acciones, pero por favor cuando "avisen" a un ejecutado o le "comuniquen" sus bondadosas intenciones, hagánlo con una ciera amabilidad.

  10. Top 100
    #11
    06/10/09 19:45

    Dalamar, no es solo por la inversión para alquilar. Ten en cuenta que estás comprando un piso en muy buena zona y que ha llegado a valer unos 600.000 euros y cuyo alquiler ha podido llegar a estar en unos 2.000 euros.
    Sí, ya se que a la peña se le fue la olla, pero quien nos dice que no va a volver a pasar de aquí a unos 6 u 8 años.

  11. #10
    Dalamar
    06/10/09 13:21

    400.000 por el piso, alquiler 1600 al mes = 4% mal negocio... pesimo!!!

    Tienes muchos otros luegares en Europa en donde puedes comprar para alquilar y conseguir una rentabilidad muchisimo mas alta 7% u 8% es facil si buscas y con suerte le sacas un 9% en algunos lugares clave...

    Comprar para alquilar en esas circunstancias con el precio de la vivienda bajando y el precio de los alquileres bajando con unas expectativas de recuperacion economica en Espana bastante malas me parece un muy mal negocio!

    Yo en Montecarmelo por ese piso si lo quisiese para vivir yo pagaria maximo 300K, cuando esten a ese precio me lo pienso! Si no lo estan, seguiremos mirando UK, Alemania o sitios mas exoticos con mejores rentabilidades!

    Saludos,

    Daniel

  12. #9
    06/10/09 01:05

    Amigos si nos encontramos con un secretario, porque son ellos los que dictan la forma de proceder administrativamente de su juzgado, que no ve más allá de su nariz, pues apañados estamos.

    Pero realmente los culpables son los que redactaron la Ley 1/2000 de 7 de enero porque en su Art. 668 punto 1º dice "Que la certificación registral y, en su caso, ,la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaría"

    Y a este artículo y punto de la Ley se aferran para no dejarnos ver los procedimientos. Y si esto representa que no hay licitadores porque la subasta no puede ser convenientemente analizada, les da exactamente igual porque ellos no son los que tienen que poner los duros para comprar y si con su actuación están perjudicando al ejecutado, les da exactamente igual.

    Luego vienen las nulidades de actuaciones que muchas veces salvamos nosotros porque cuando revisamos el procedimiento y detectamos el fallo, se lo hacemos saber.

    Pero les da exactamente igual. No se va a conseguir nada si se denuncia porque están actuando con arreglo a Ley.

    Hace poco me adjudiqué una propiedad que vale mucho dinero y que nadie encontraba (es una finca)
    Fuí a ver el procedimiento y no estaba el oficial que lo llevaba y el compañero me lo dejó. Pude comprobar que la notificación del anuncio de la subasta había sido negativo en el domicilio del ejecutado.

    Cuando quedan pocos días para la subasta vuelvo a ir al juzgado a ver si la iban a celebrar y al decirme que sí le pregunté al oficial que no estaba notificado el deudor y que se podría plantear una nulidad de actuaciones.

    No os podéis imaginar cómo se puso conmigo y me insistió que el art. 667 dice "El señalamiento de la subasta se notificará al ejecutado en el domicilio que conste en el título ejecutivo" y que si el buen señor había cambiado de domicilio era su problema.

    Obviamente yo tenía claro que iba a participar porque tenía poco que perder (nulidad de actuaciones me devuelven el dinero) y mucho que ganar si no aceptan la nulidad.

    Así que como nadie sabía donde estaba la finca me encontré solo en la subasta pague para que el ejecutante cobrara y ya tengo el auto de adjudicación esperando que sea firme para registrar y pedir la posesión.

    La cara que se le va a poner al buen señor ejecutado cuando se le avise de que la finca es mía. Y os puedo asegurar que vale mucho dinero.

    Daros cuenta la insensibilidad del funcionario. Le daba igual ocho que ochenta.

    Y así es y será al menos hasta que haya otra Ley, y yo desde luego no la voy a conocer.

  13. #8
    Anonimo
    05/10/09 23:26

    Vamos a ver si no confundimos las cosas. Que haya funcionarios un tanto incompetentes no lo voy a discutir porqué es cierto. Ahora bien, también debemos ser conscientes que, a pesar del incipiente aumento de las ejecuciones hipotecarias y del correspondiente colapso de los Juzgados, algunos funcionan más que correctamente, con unos medios más bien escasos.

    No me parece oportuno acusar gratuitamente a los funcionarios, o a quién sea, en este caso, de compadreo o confabulación con un postor en detrimento de los demás.

    Estoy de acuerdo con todas tus reflexiones Tristán, inclusive que te hubieran debido exhibirte el contrato de arrendamiento. Con lo que no estoy de acuerdo es que tenga obligación de entregarlo a los subasteros, aunque sí de facilitar toda la información relevante para tomar la decisión de intervenir o no en la subasta.

    En fin que, en la inmensa mayoría de los casos, ese lado oscuro de los Juzgados, se traduce en una mala práctica procesal que debería ser puesta en conocimiento del Juez Decano, aunque evidentemente empeoraría la situación. Un cordial saludo.

  14. Top 100
    #7
    05/10/09 22:49

    ¿Acaso no has visto cómo se defienden entre ellos? No creo que se pueda y además, no serviría de nada.

  15. #6
    Anonimo
    05/10/09 22:34

    Por eso yo no puedo ir a esos juzgados a preguntar por un expediente, porque casi seguro que saldría de allí detenido. Tristan ¿eso no se puede denunciar al Consejo General del Poder Judicial?

  16. Top 100
    #5
    05/10/09 21:56

    No creo que lleguen a corruptos, pero sí a muy incompetentes.... y que solo piensan en su convenio y en los "moscosos", y el resto les importa un carajo.

  17. #4
    Anonimo
    05/10/09 21:52

    En todo caso, hay una prueba sencilla:

    - Si todas las subastas quedan desiertas, son incompetentes.
    - Si en alguna de vez en cuando, alguien puja y se lo lleva a buen precio, entonces son corruptos.

    Qué opinas? :)

  18. #3
    El sujeto pasivo
    05/10/09 21:50

    España no tiene arreglo.

    En ocasiones pienso que los que tienen poder de decisión sólo están para joder o son los más tontos de la pradera.

    Recuerdo que hace unos meses en los desinformativos de las TV, se comentaba en un fin de semana cualquiera, tras declararse la Audiencia Nacional incompetente sobre un asunto político un tanto feo y que todavía siguie coleando, un grupo de funcionarios se hallaba encerrado dentro de tal ilustre sede haciendo fotocopas a destajo de un voluminoso sumario, para una vez terminada la terea meterlas en furgonetas con destino al TSJ de Madrid y al de Valencia.

    A los funcionarios habrán tenido que pagarles horas extraodinarias o compensarles con días de descanso.

    El coste del servicio de furgoneta habrá sido importante.

    La imagen que se ofrece es desoladora.

    ¿Alguien habrá oido hablar alguna vez de la utilidad que aporta un PC connectado a otro PC?

    Pues si la AN está como está qué podemos esperar del resto de los juzgados cercanos o remotos.

    La justicia es ciega y permanece en coma indefinidamente.

  19. Top 100
    #2
    05/10/09 19:24

    No Anton, yo estoy más bien convencido de que se trata de la primera opción. Se trata de dos juzgados que funcionan como un reloj, cuyos funcionarios son de los poquitos que realmente trabajan sus 35 horas semanales y que tramitan una barbaridad de expedientes cada año. Para que te hagas una idea la subasta que se celebra mañana y a la que no voy a asistir, tiene el número de procedimiento 239/09, es decir que entró en el juzgado en febrero y ya está en subasta. Esto es casi un record nacional.
    Lo que yo creo que ha ocurrido es que han pasado unos años muy tranquilos y con muy poco trabajo (eso me consta) y ahora ha habido una avalancha de ejecuciones hipotecarias y se han acojonado del trabajo que se les venía encima.
    Y claro, docenas de personas molestando en el juzgado preguntando por los procedimientos de subasta les quitan mucho más tiempo si se los dejan ver enteritos que si solo les permiten ver una copia de la Certificación de Cargas. Eso es lo que yo creo.

  20. #1
    Anonimo
    05/10/09 17:29

    Con estas cosas hay que pensar "¿Quien se beneficia?". Desde luego, no el propietario. Se me ocurren dos opciones:

    - Los funcionarios que se ahorran un poquito de trabajo.
    - Alguien conchabado con los funcionarios, que sí tiene acceso al expediente y al que se permite pujar sin competencia en las buenas ocasiones.

    Me parece bastante más plausible lo segundo.

    Algo huele mal en el lado oscuro.

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