(Dado que tengo cosas pendientes en el Registro de la Propiedad hace unos días me entró la duda de si me vendrían con la posible cantinela de la autoliquidación de AJD para la cancelación del embargo y de las cargas posteriores, además de la presentada por ITP de la adjudicación. Dejé hecha una pregunta cuya respuesta no quedó muy clara y de ahí mi entrada anterior)