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¿Quieren realmente fomentar el alquiler?

Maldita sea, el actual gobierno nos está acostumbrando a que los viernes a mediodía la vicepresidenta nos anuncie unas medidas estupendas que nos van a solucionar la vida y que luego caen en el olvido como si nunca hubieran sido anunciadas. Algo así como lo de la ventanilla única para crear una empresa, noticia que he visto en los telediarios de Felipe González, Aznar y Zapatero pero que no acaba de materializarse nunca.

En este sentido, ¿alguien sabe que ha sido del anuncio de hace un año acerca de las modificaciones en la Ley de Arrendamientos urbanos?

Así, a vuelapluma recuerdo que se habló de que:

  • Los contratos de alquiler pasarían de ser de cinco años con prórroga tácita de tres a ser de tres años con prórroga tácita de un año.
  • La actualización anual de las rentas se iba a desvincular del IPC pasando a ser pactada entre las partes.
  • Los inquilinos podrían renunciar a los derechos de tanteo y retracto también en los alquileres de vivienda y no solo en los de locales, como hasta ahora.
  • Los inquilinos podrían renunciar al arrendamiento anunciándolo solo con un mes de antelación, en vez de tener que cumplir el periodo completo como en la ley vigente.
  • Los arrendadores podrían recuperar la casa antes de la finalización del contrato si es para uso propio o de un familiar, con un preaviso de dos meses y aunque no esté pactado así en el contrato.
  • Además de la agilización de los procedimientos de desahucio con un plazo de solo diez días para pagar la deuda pendiente en vez de poderla pagar en el último minuto como hasta ahora.
  • Y muy importante para las adjudicaciones en subastas, a partir de esa reforma se supone que los compradores de viviendas arrendadas solo tendrán que mantener a los arrendatarios si los arrendamientos están inscritos en el Registro de la Propiedad y no como hoy en día que deben mantenerlos cinco años si no están inscritos y durante toda la vigencia del contrato si este está inscrito.

Es cierto que estas modificaciones no tendrían carácter retroactivo, sino que solo tendrían validez para los nuevos contratos, COMO DEBE SER EN UN ESTADO DE DERECHO, pero al menos se trataría de un punto de inflexión a partir del cual el mercado de alquileres podría mejorar mucho.

Vuelvo a repetir la pregunta, ¿alguien sabe que ha sido de esto?

Borja Mateo, a quien leo y escucho con mucha atención, opina que los distintos gobiernos españoles no están realmente interesados en mejorar el mercado de alquiler porque dicha mejora haría bajar mucho el precio de los alquileres y eso haría bajar fatalmente las rentabilidades de los grandes inversores institucionales y, por ende, presionaría a la baja (aún más) el precio de los pisos. 

Espero que en esto se equivoque. Bueno, en realidad desearía que se equivocase en todo.

 

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  1. #20
    25/04/13 12:30

    ampliando el comentario sobre CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS, les paso de forma somera una nota interna que se estan enviando los notarios y que no tienen ni idea de como han de articularla: "Tenemos que pedir a los vendedores a partir de ahora el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL EIFICIO y hacer constar en las compraventas que se ha entregado por el vendedor al comprador y dejar fotocopia coincidente con su original unida a la matriz, para acreditar lo mismo". Felicita al compañero diciendole "feliz día"

  2. #19
    25/04/13 12:23

    A Tristan, a partir del 1/6/2013 y para todo el teritorio español, para vender-alquilar un inmueble en su totalidad o parcialmente hará falta presentar ante el notario, si es una venta, o hacer entrega al inquilino nuevo de una CERTIFACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS. Esta medida tendría que haber entrado en vigor en fecha 14/4/2013, pero la han atrasado. Para mi opinión a este gobierno le pasa igual que a la orquesta del Titánic, que se estaban yendo a pique y seguían tocando..... saludos. el Real Decreto es el 235/2013 de 5 de abril.

  3. en respuesta a Drno1
    -
    #18
    24/04/13 20:43

    "la dificultad en recuperar la vivienda ante impagos y los posibles desperfectos ocasionados"

    La mayoría de los inquilinos pagan!
    Dejando de lado a los propietarios e inmobiliarias que, por cobrara un alquiler por encima del precio real, del que puede pagar una familia !"tipo" española , han alquilado a extranjeros que han realquilado a su vez creando un piso patera

  4. #17
    24/04/13 00:45

    Es probable que lo hayas leído, pero el artículo es muy interesante. Yo también estoy de acuerdo en que la cuadrilla de personajes que tenemos dirigiendo el país van a intentar sacar hasta el último duro de todo aquel que tenga algo y la vivienda es un lugar fantástico para poder hacerlo...

    http://www.gurusblog.com/archives/ahorros-a-salvo-confiscacion-si-compro-inmuebles/18/04/2013/

  5. #16
    22/04/13 21:20

    Que rentabilidad es la aceptable en los alquileres en españa...

    5%? 7%? 10?

    supongo que cambiará dependiendo de las garantías de cada país...

  6. en respuesta a Emplea2
    -
    #15
    22/04/13 12:33

    Emplea2 muchas gracias por la aclaración.
    ¿Y por qué dices de airearlo lo del AJD de los alquileres?, ¿Crees que se van a poner a inspeccionar eso? A mi un amigo funcionario de CCAA me dijo que no les interesaba porque no recauda mucho y hay cosas más fáciles y donde se recauda más.

  7. en respuesta a Kyrie lomthe
    -
    #14
    22/04/13 11:46

    buenos dias
    El contrato que se compra en el estanco, NO es un título público.
    Es un contrato entre particuales pues no ha sido otorgado ante un fedatario público.
    La diferencia es que se paga el ITPAJD al comprarlo, es igual que los folios timbrados.
    Por lo cual NO son documentos con acceso al Registro de la Propiedad.
    Un saludo.
    PD:
    Lo del rechazo de la aceptación del Registro Civil, no es una excusa de los Registradores unicamente, los empleados de los Registros tampoco lo quieren (lo sé de buena tinta), es hacer un trabajo gratis, pues el Estado no compensaria economicamente el trabajo a realizar.

    Y en cuanto al pago de ITP/AJD en los contratos de alquiler, seria conveniente airearlo bastante, seguro que las CCAA, presionarian... sus presupuestos estan para llorar, cosa que sabemos todos.

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #13
    22/04/13 11:45

    Por supuesto que no tiene nada que ver. Mi comentario era sólo por el comentario que hacía Kyrie lomthe respecto a los registros civiles, aunque tu post trate sobre los arrendamientos.

  9. en respuesta a Mcfioso
    -
    #12
    22/04/13 10:33

    Según se indica en la LAU, el pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración pactada superior a cinco años.

    Normalmente se incluye en todos los contratos de arrendamiento, y en todos mis años de experiencia al respecto, jamas he sufrido u oído referencia a esto como un problema insalvable.

    En mi caso, te puedo asegurar, que por ese concepto no rebajaría ni un euro (por otros si).

    Desde mi punto de vista, el principal problema que tiene en España el arrendamiento sigue siendo, y a pesar de los avances, la dificultad en recuperar la vivienda ante impagos y los posibles desperfectos ocasionados.

    Por otro último, estoy de acuerdo con Dalamar cuando dice que en España no es rentable la inversión en vivienda para alquilar en comparación con otros paises dada su baja rentabilidad y su alto riesgo. Además, los precios ya han bajado o se han congelado en los últimos años. No creo que, si bajaran más, resultase una inversión interesante para nadie.

    Saludos,

  10. en respuesta a Ciberet
    -
    #11
    22/04/13 10:29

    ¿Y no podría ser esto una contestación de cara a la galería? Porque si se unifican los Registros (no sé si ya lo están o no) los registradores iban a estar peor mirados todavía... Así, si se oponen, con la boca pequeña, al menos podrían alegar "Nosotros no lo queríamos y disculparse frente a la ciudadanía.

  11. Top 100
    #10
    22/04/13 10:05

    Y también este otro magnífico artículo de S. MacCoy

  12. en respuesta a Ciberet
    -
    Top 100
    #9
    22/04/13 09:38

    No, Ciberet, no tiene nada que ver la inscripción de los contratos de arrendamiento en los Registros de la Propiedad, que se ha hecho toda la vida, con el problema que mencionas de los Registros Civiles.

  13. #8
    22/04/13 09:35

    Tristán, se te olvida añadir que hace poco, nuestro querido Gobierno ha sacado una obligación para todos los pisos, nuevos o usados, que se vendan o alquilen a partir del 1 de junio: se trata de que hay que disponer del llamado "certificado de eficiencia energética". Las trabas se aprueban enseguida, pero de las facilidades que apuntas en tu post, si te he visto no me acuerdo...

    http://www.energias-renovables.com/articulo/anae-explica-la-certificacion-energetica-de-edificios-20130417

  14. en respuesta a Dalamar
    -
    Top 100
    #7
    22/04/13 09:34

    Efectivamente, el drama de muchos desahuciados no sería tanto drama si fuera más fácil sustituir la "casa en propiedad" por un alquiler barato. Y desde luego que no hay duda de que si las casas en alquiler se multiplicaran por dos el precio se reduciría sustancialmente.

    Por otro lado, aunque no tenga nada que ver, quiero aprovechar la visita de Dalamar para recomendar encarecidamente la lectura de su post "Sobre la Sanidad", un análisis más que notable.

  15. en respuesta a Kyrie lomthe
    -
    #6
    22/04/13 09:27

    Respecto a lo del Registro Civil, no debe ser tanto chollo porque los Registradores de la Propiedad, casi en bloque, se han opuesto a su aplicación. De hecho, hace poco celebraron su 3ª asamblea a lo largo de toda su historia.

    http://politica.elpais.com/politica/2013/04/18/actualidad/1366311100_505048.html

  16. #5
    Dalamar
    22/04/13 06:24

    El fomento del alquiler en los pisos vacios si que haria que el mercado inmobilirio bajase tanto en alquileres como en precios, pero no es absurdo tener un monton de pisos vacios y gente siendo deshauciada? No digo que se los expropien, lo cual es todavia mas absurdo y solo asustara a compradores e inversores, sino que dejen caer los precios para que sean mas sequibles.

    De todas formas comprar para alquilar en Espana siempre ha sido una inversion bastante mala, muchos riesgos para pocos beneficios, no se si eso cambiara en algun momento.

  17. #4
    22/04/13 00:10

    Pues si que es raro, si, porque el PP iba a arreglar el país en un santiamén.
    Lo deben estar retrasando todo para los brotes verdes de 2014, será eso.

  18. #3
    21/04/13 23:23

    Pues mal lo tienes, porque Borja es de Bilbao...Y hasta la fecha, creo que se a equivocado en poco. La solucion salomonica sera vender paquetes muy grandes de pisos a fondos de inversion para que ellos los gestionen. A precio de derribo, claro.
    Eso o comenzar a dinamitar, literalmente, promociones, ya que sera mas barato que mantenerlas.
    Deberias no descartar que al igual que muchos negocios, al negocio de pasapisos le ha llegado su san martin.

  19. #2
    21/04/13 20:59

    Lo del derecho de tanteo y retracto es un tema curioso. A mí me sirvió para que le casero me cobrase menos por el piso: tenía claro que dentro de 4-5 años no me iba a interesar comprar el piso y lo puse encima de la mesa como una medida para bajar el precio... y aceptó. Se nota que mi casero es empresario de los que curran, y saber que puede convertir en dinero el piso si le hace falta es una buena idea.

    En otro orden de cosas, me llama la atención la poca prisa que tiene este gobierno para hacer cosas que benefician a los ciudadanos, y la premura que hay para aprobar cosas a sus espaldas. En fin...

  20. #1
    21/04/13 10:52

    Ya me preguntaba yo qué había sido de esa medida. Gracias por aclararmelo.

    No obstante, déjame darte una pequeña alegria y pensar un poco también en la vía recaudatoria y no sólo en los grandes inversores institucionales y sus rentabilidades ya que, si pensamos en ella, hay posibilidades de que se apruebe.

    Una medida de ese tipo crea más inseguridad para el inquilino, pues tiene que registrarlo en el Registro de la Propiedad para que sea efectivo frente a terceros, con lo cual, si quiere tener su seguridad, a inscribir; esto viene muy bien para notarios (que les está yendo algo flojo el negocio desde la crisis y hay que tenerles contentos) y los amigos registradores de Rajoy, pues añadiríamos al Registro Civil, del que van a cobrar todos los aranceles de partidas de nacimiento,... Los nuevos contratos de alquiler con los que cobrar aranceles, sin perjuicio de las fianzas, que a partir de entonces se depositarían en el RP y que, por tanto, generarían un remanente muy rico de dinero; por otra parte tenemos la cancelación del alquiler, que no se practica de oficio hasta los ocho años de la fecha inicial del contrato, salvo prórroga (otra fuente de recaudación).

    Otro al que le vendría bien esta reforma, ¿Alguien ha intentado llevar a inscribir algo a un RP sin pasar antes a pagar TPyAJD? Si lo intentáis el registrador os va a parar y decir que antes paséis por caja a pagar el susodicho impuesto a la CCAA correspondiente; lo cual ahora CASI NUNCA, por no decir nunca, se hace, bien por desconocimiento, bien porque no lo persiguen porque no les interesa y, como no hay palo, no se paga. Si se aprueba esta medida el inquilino se vería obligado, para mantener su seguridad, a pasar obligatoriamente por la CCAA a pagar, pues sino lo del notario no vale para nada y las CCAA no tendrían que cambiar sus planes de lucha, pues ya irian todos los arrendatarios a pasar por caja si quieren, y sino ya sabes a lo que te expones.

    Por último se me ocurre, ¿La población estaría dispuesta a lidiar y perder el tiempo en las CCAA, Registros y demás? Aquí se abre un nuevo frente de ingresos para las gestoras.

    Y ahora que caigo, ¿Alguien que haya lidiado más que yo con registradores podría aclararme si estos contratos que se venden en los estancos los inscribiría un registrador? Porque, según tengo entendido, es un título público (como una letra de cambio).


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