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¿Cómo tributan los regalos de los bancos? Declaración de la Renta 2024

¿Cómo tributan los regalos de los bancos? Declaración de la Renta 2024

Las entidades bancarias tienen diferentes ofertas para atraer a nuevos clientes. Actualmente estas promociones suelen ser ingresos de dinero en efectivo, pero anteriormente regalaban televisores, tablets, cuberterías, etc. Pero, a la hora de hacer la Declaración de la Renta, ¿sabes cómo tributan en el IRPF estos regalos que nos hacen los bancos? Te lo contamos. 

 

Los regalos tienen una retención, ya que se considera retribución en especie, es como un ingreso por intereses recibidos o como los diviendos.

¿Cómo tributan los regalos de los bancos? 

Una de las posibilidades que tenemos al domiciliar una nómina o al abrir un depósito es recibir un regalo del banco a cambio de unos menores intereses. Por ejemplo, ahora hay algunas entidades como KutxaBank ofreciendo rendimientos por sus productos en regalos, en lugar de en dinero en efectivo en la cuenta bancaria. Estos regalos tributan en nuestra Declaración de la Renta como los rendimientos del capital mobiliario de una cuenta corriente remunerada o de un depósito, es decir, en la base imponible del ahorro siguiendo la siguiente escala de tipos de gravamen:

Rendimientos del capital mobiliarios Tipo de gravamen 2024
Hasta los 6.000€ 19%
De los 6.000€ a los 50.000€ 21%

Generalmente, los bancos ya nos aplican la retención que nos corresponde al hacernos el ingreso de nuestro regalo, siempre que sea un ingreso de efectivo y no un bien material como puede ser una televisión, haciéndonos el efectivo del regalo neto. Pero siempre y cuando nuetsra entidad nos ofrezca la bonificación en bruto, debemos tener en cuenta que se nos aplicará la deducción pertinente en la Declaración de la Renta. 

Regalo en un cuenta con dos o más titulares: ¿cómo tributa?

En el caso de que la titularidad de la cuenta corriente o del depósito sea compartida (dos o más titulares), se deberá calcular cuál es el importe de la valoración del regalo que corresponde a cada uno de los titulares, en proporción al porcentaje de titularidad. Por ejemplo, si la cuenta corriente va a nombre de los dos cónyuges, tanto los intereses percibidos como el resto rendimientos derivados de esas cuentas (los regalos en este caso) perteneceránn a partes iguales a ambos miembros de la pareja y tributarán el 50% en cada una de las Declaraciones de la Renta si se hacen en modalidad individual. Lo mismo ocurre con las retenciones o ingresos a cuenta  que se hubieran realizado sobre dichos rendimientos, y que deben deducirse en la Declaración de la Renta.

Otras consideraciones de la tributación de los regalos

Al ser considerados como rendimientos del capital mobiliario, debemos saber que si este regalo está valorado por más de 1.600€ y no tenemos más ingresos, estaremos obligados a presentar la Declaración de la Renta ya que el límite de ingresos por rendimientos del capital mobiliario a partir del cual un contribuyente debería presentar declaración es de 1.600€ anuales. Además, este regalo incrementará nuestra base imponible del ahorro, lo que puede suponer un mayor tipo de gravámen a aplicar a nuestros rendimientos. 

Si durante el ejercicio 2023 recibiste un regalo por parte de una entidad bancaria y quieres asegurarte de no cometer errores al hacer tu Declaración de la Renta, puedes contratar el servicio de un asesor fiscal experto como TaxScouts. 

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Jmlopezycia
    -
    #7
    02/05/22 15:14
    Hola @jmlopezycia
    no regalos físicos, pero sí regalos como dinero efectivo. Ahora mismo, Abanca ofrece 300€ netos por domiciliar la nómina, Liberbank 150€ brutos y BBVA la devolución de hasta 9,99€ al mes (durante 6 meses) de alguna de las suscripciones que tengamos domiciliada en su cuenta online (entre HBO, Netflix, Spotify...) 
    ¡Un saludo!
  2. #6
    02/05/22 14:57
    Pero los bancos dan algo de regalo?
  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #5
    14/04/14 11:09

    No creo que haga falta; efectivamente, si es por regalo a cambio de intereses sí, pero si es porque le dices lo que yo le dije (que es verdad) y te lo da así tal cual, no haría falta creo.
    Mi duda reside en si es una promoción, premio o regalo de fidelidad, que aunque lo ponga en el panfleto no se especifica que sea a cambio de intereses... De todos modos, no creo que me cuelen más. Estoy servido de toallas y platos, sartenes y demás, y la TV que le acaban de dar a mi padre se ve de pena...

  4. en respuesta a davidkeko
    -
    Top 100
    #4
    07/04/14 17:53

    No creo que eso lo tengas que declarar, pero si hubieras firmado una apertura de la cuenta nómina o depósito dónde en las condiciones se indica que se te da un regalo en lugar de intereses, en ese caso si que lo tendrás que incluir en tu Declaración de la Renta.

    De todos modos, acude a un asesor fiscal a ver que te comenta de tu caso concreto. Un saludo,

  5. #3
    07/04/14 17:47

    Esto va en serio? El banco comunica a hacienda que a Fulanito le ha dado más de 1.600 euros en regalos? Me suena a guasa. Yo el otro día le dije a la directora que ahora cobraba de 3 trabajos diferentes, que si me adba algo, y me dio una cafetera que tenía por ahí... ¿tomó nota de ello?

  6. en respuesta a kerb31
    -
    #2
    07/04/14 17:27

    muy buen apunte, tienes razón que depende de la valoracion del regalo y de quien haga el pago a cuenta, se tributara mas o menos. saludos

  7. #1
    07/04/14 16:37

    Creo que solo falta el detalle del pago a cuenta. Que puede ser repercutido al cliente o pagarlo el propio banco. Hay que tener este detalle claro a la hora de aceptar el regalo.

    Por norma general el pago a cuenta lo suele realizar el banco al tratarse de un regalo pero no en todas las ocasiones es asi y más vale perder el tiempo preguntándolo o indagar al respecto.

    Hablando en plata no es lo mismo declarar sobre un regalo de 1000 euros unos ingresos de 1000+210 y deducirnos 210 que ya pago el banco por nosotros en nuestra renta que declarar un ingreso de 1000 sin deduccion alguna por parte del banco que nos acarreara un perjuicio de 210 euros... Todo lo anterior dicho de forma burda y facil de entender, los ajustes a cada declaracion son individuales.