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Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web, por atrasos y de años anteriores

Aprende cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web paso a paso. Te explicamos cuándo debes presentarla, cómo corregir errores en la renta, qué hacer si hay atrasos salariales, cómo modificar ejercicios anteriores y qué revisar en la casilla 108.
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta en 2025, aquí te explicamos cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web, cuándo presentarla y qué casillas revisar si se trata de atrasos o de ejercicios anteriores.
 
Descubre cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web
Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web


  • 📌 La declaración complementaria sirve para corregir una renta ya presentada cuando hubo errores u omisiones que hicieron pagar menos o devolver más de lo debido.
  • 💻 Puedes hacerla desde Renta Web, accediendo a la declaración presentada y modificando los datos necesarios.
  • ⏳ Si has cobrado atrasos salariales, debes revisar a qué ejercicio corresponden antes de presentar la modificación.
  • 🗂️ Si el error afecta a un ejercicio previo, tendrás que tramitarla como declaración complementaria de años anteriores.
  • 🔎 En algunos casos conviene revisar la casilla 108 de la declaración complementaria, sobre todo si hay atrasos de rendimientos del trabajo.
  • ✅ Antes de enviarla, comprueba bien el nuevo resultado de la autoliquidación y qué casilla corresponde en cada supuesto.

¿Cuándo presentar una declaración complementaria y en qué casos procede?

Debes presentar una declaración complementaria cuando la declaración original contiene errores u omisiones que provocaron un ingreso inferior al que correspondía o una devolución superior a la procedente, pero si lo que necesitas es rectificar la declaración de la renta porque el error te perjudica a ti, el trámite es distinto.. También puede ser necesaria si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, atrasos salariales u otros datos que cambian el resultado final de la autoliquidación. En estos casos, la nueva declaración incorpora tanto los datos correctos de la original como la información omitida o modificada.

¿Cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web?

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web. 
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
 Lo primero es entrar en el servicio de tramitación del borrador o declaración de Renta WEB. Para acceder, debes identificarte con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o número de referencia. 
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar nada, revisa el estado de tu declaración de la renta para comprobar que la declaración presentada figura correctamente y detectar si existe algún aviso de la Agencia Tributaria.
3. Selecciona “Modificar declaración”
Dentro de los servicios disponibles, entra en la opción para modificar una declaración ya presentada. Desde ahí podrás acceder a la declaración original y corregir los datos necesarios. 
4. Realiza las modificaciones necesarias
Corrige los apartados que correspondan e incorpora los datos omitidos. La declaración complementaria debe incluir toda la información correcta: tanto la ya declarada como la nueva que se añade o rectifica. 

5. Indica el motivo y revisa el resultado
En el apartado de declaración complementaria debes señalar el motivo de la modificación. Si el cambio afecta al importe a ingresar o a devolver, Renta Web recalculará el resultado final. 

Casilla 108 de la declaración complementaria: cuándo se utiliza

La casilla 108 de la declaración complementaria se utiliza en supuestos concretos relacionados con atrasos de rendimientos del trabajo percibidos con posterioridad a la presentación de la declaración original del ejercicio correspondiente. Es una de las referencias que conviene revisar cuando buscas cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, igual que otras casillas más utilizadas en la declaración de la renta, ya que permite identificar correctamente el motivo de la regularización dentro de Renta Web. Además, si el ajuste afecta a devoluciones acordadas por la administración o al resultado de una autoliquidación anterior, es importante comprobar qué casilla corresponde en cada caso antes de presentar la modificación.

¿Cómo hacer una declaración complementaria por atrasos?

Si has cobrado atrasos salariales después de presentar la renta, debes revisar a qué ejercicio corresponden. Cuando esos atrasos pertenecen a un año anterior, la regularización suele hacerse mediante una declaración complementaria del ejercicio al que debieron imputarse. Por eso, si estás buscando cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, lo más importante es identificar primero el ejercicio correcto, acceder a esa declaración y modificar únicamente los datos afectados, comprobando después el nuevo resultado.

¿Cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores?

Cuando el error afecta a una renta ya presentada de un ejercicio previo, el trámite debe realizarse sobre ese año concreto desde el apartado de ejercicios anteriores de Renta Web. Si necesitas saber cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores, debes acceder al ejercicio correspondiente, abrir la declaración presentada, corregir los datos omitidos o erróneos y validar de nuevo la autoliquidación antes de enviarla. Este proceso es habitual cuando aparecen atrasos, rendimientos no incluidos o cambios que afectan a una declaración ya presentada hace varios años.

Formas de pago de la declaración complementaria

 El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones: 
  • Domiciliación bancaria.
  • Pago electrónico con NRC.
  • Pago en ventanilla en entidad colaboradora.
  • Otras modalidades admitidas, como aplazamiento, compensación o transferencia, según el caso.

Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria


Debes comprobar a qué ejercicio corresponden esos atrasos y presentar la complementaria sobre esa renta, incorporando los importes omitidos y revisando la casilla que corresponda en Renta Web. 


Tienes que entrar en el apartado de ejercicios anteriores, acceder a la declaración ya presentada del año afectado y corregir los datos que faltan o que se declararon de forma incorrecta. 


La casilla 108 de la declaración complementaria se asocia a determinados supuestos de atrasos de rendimientos del trabajo y conviene revisarla cuando la modificación afecta a ingresos cobrados después de presentar la declaración original. 


Si la modificación afecta al importe devuelto o solicitado, conviene revisar si la devolución anterior ya ha sido tramitada o acordada, porque ese detalle influye en la forma de regularizar la declaración presentada. 

En definitiva, saber cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web es clave para corregir errores a tiempo y evitar problemas con Hacienda. Ya sea por atrasos, por cambios en datos ya presentados o porque necesites regularizar ejercicios anteriores, revisar bien la información y marcar correctamente la opción correspondiente te ayudará a presentar la modificación de forma más segura y sencilla.
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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #100
    27/06/12 11:05

    Muchas gracias Amparo por la contestación, pero realice la declaración sin incluirlo, puedo rehacerla incluyendo los datos o es mejor hacer la complementaria?

  2. en respuesta a sanchi
    -
    Top 100
    #99
    27/06/12 10:19

    No es necesario, debes agregar este importe a los rendimientos del trabajo obtenido en el ejercicio 2011, un saludo.

  3. Nuevo
    #98
    27/06/12 09:52

    Es necesario realizar una complementaria por la cantidad tan pequeña de atrasos de trabajo de 11,89 € de ingresos y 1,78 € de retenciones del año 2010?

  4. en respuesta a Seldon76
    -
    Nuevo
    #97
    25/06/12 18:26

    Hola Seldon, muchas gracias, pero yo no lo consigo. He vuelto a instalar el programa como me decías, incluso me he vuelto a descargar el padre 2010 de la página de la aeat, pero no hay manera cuando cambio la pestaña a conjunta la casilla 120 a 122 se borran y no puedo modificarlas.
    Estoy bastante desesperada y ya no sé qué más intentar.
    Lo único que se me ocurre es si me podéis pasar alguien el programa que funcione correctamente.

    por favo ayuda!!!

  5. en respuesta a Pirenta
    -
    #96
    25/06/12 08:44

    La solución ha sido volver a instalar el PADRE 2010 en otro ordenador y hacerla desde el principio. Así hemos podido sacarla conjunta.

    Era un problema de actualización del programa.

  6. en respuesta a Seldon76
    -
    Nuevo
    #95
    24/06/12 19:30

    Hola Seldon, me ocurre lo mismo que a ti has encontado solución? En mi caso son casi 3000€ de diferencia y estoy ya desesperada.
    Gracias, un saludo

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #94
    23/06/12 19:10

    Hola de nuevo Amparo,

    Acabo de modificar mi borrador como me has indicado, pero me ha dado miedo confirmarlo, ya ahora me sale a devolver el doble que antes. Tiene sentido porque las retenciones de los atrasos que cobré son casi la misma cantidad que las retenciones que tenía antes de agregar los datos de los atrasos (he sumado ambas en la casilla de retenciones) pero ¿cómo puede ser que la retenciones por 3.500 euros de rendimiento del trabajo sean casi iguales que las retenciones por 400 euros que cobré de atrasos?

    Por otra debía poner la referencia catastral de mi domicilio (vivo con mi madre en un piso alquilado por su marido) he puesto que se trataba de un ''arrendamiento'' y el NIF del marido de madre ¿es correcto?

    Gracias,

  8. #93
    22/06/12 13:23

    Buenas!

    Mi base imponible en el borrador que me manda hacienda es de 20000 euros, pero al meter movilidad geografica mi base imponible es ahora de 18000. Ahora bien, con esta nueva base imponible que me sale ya si puedo desgravarme el alquiler de Andalucía que dice que la base imponible para dicha deducción no puede superar los 19000 euros, no es así?

    Gracias por aclarar mi duda!!

  9. en respuesta a Santiago Soler
    -
    Top 100
    #92
    21/06/12 13:04

    No es necesario que realices Declaración Complementaria, como todavía estamos en plazo para presentarla, debes volver a enviar la declaración de la Renta, rellenando la casilla 739, y modificando la fecha. La Agencia Tributaria tomará por válida la que tenga la fecha posterior.

    Un saludo.

  10. Nuevo
    #91
    21/06/12 12:55

    Buenas Amparo,

    Hace cosa de 2 semanas presenté mi Declaración de la Renta pero se me olvidó rellenar unos datos en la casilla 739 (compensación fiscal por un capital mobiliario generado hace más de dos años.

    Mi duda radica en cómo tengo que presentar la Declaración Complementaria, si tengo que volver a rellenar todos los datos incluidos en mi Primera Declaración o basta con poner sólo la casilla 739 con mis datos básicos (nombre, apellidos y domicilio).

    Muchas gracias.

  11. en respuesta a Flipper
    -
    Top 100
    #90
    21/06/12 12:37

    ¿Esta percepción dineraria a que corresponde? Como el importe es pequeño lo puedes incluir en la declaración de la renta del ejercicio 2011.

    Un saludo.

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #89
    21/06/12 12:33

    Buenas Amparo.

    El borrador me indica que tengo que hacer una complementaria, pero la percepción dineraria que me indica es de -207 euros, que significa que esté en negativo. Lo puede declarar en la de este año.

  13. en respuesta a Perlita Danger
    -
    Top 100
    #88
    20/06/12 09:36

    Si, la forma de reclamar esta deducción es realizar una Solicitud de devolución de ingresos indebidos, ya que has omitido un derecho en la declaración de la Renta del ejercicio anterior.

    Un saludo.

  14. Nuevo
    #87
    19/06/12 15:54

    una pregunta respecto a la declaración complementaria. En la declaración del 2010 no puse la X de movilidad geográfica pq no sabía podía hacerlo. Hay alguna forma en la que yo pueda desgrabarme por ello o está totalmente perdido?

  15. en respuesta a Diana Perez
    -
    Top 100
    #86
    19/06/12 09:26

    En la casilla 001 del programa, debes incluir como importe integro el total de las retribuciones dinerarias percibidas, es decir, antes de efectuar ningún descuento sobre ellas, así como las retenciones practicadas.

    Un saludo.

  16. #85
    16/06/12 23:29

    Hola Amparo,

    Hacia unos días te hice una consulta sobre como declarar unos atrasos por actualización del convenio.

    He tenido que volver al foro a consultar porque cuando estaba a punto de modificar el borrador para agregar a los rendimientos del trabajo los ingresos he visto que la primera casilla pone ''importe integro'' ¿quiere decir que tengo que poner el importe de los atrasos con retención y todo? en esa casilla y volver a hacer constar las retenciones en la segunda casilla (''retención'') ¿o aunque en la primera ponga ''importe integro'' solo tengo que poner lo que cobré (en neto) y poner los atrasos en la de abajo?

    Gracias,

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #83
    14/06/12 15:08

    Eso ya lo hemos probado y aparece la conjunta sin tener en cuenta que es complementaria, y lo mismo en el pdf que genera al pulsar imprimir.

    Sólo se me ocurre que no tengamos el PADRE2010 bien actualizado :-/

    Gracias por tu atención.

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #82
    14/06/12 14:09

    Muchas gracias,

    desgraciadamente borre el archivo de la renta de 2010, así que me toca pasarlos a mano. Con copiar los datos de las casillas de la declaración impresa es suficiente o hay algún dato que este oculto?

    En la declaración complementaria de 2010, con el programa PADRE 2010, una vez recuperados los datos, ¿tengo qué introducir la cantidad que corresponde a la RBE de 2010 en la casilla 314 o en esta declaración complementaria no tengo que poner ningún dato más de los que había en diciembre de 2010?

    Y por otra parte, según me pones en la segunda parte de tu respuesta, en que declaración tengo que corregir el importe de la RBE correspondiente a 2010, que en mi caso son 1260,00€ a mayores? En la delcaración complementaria de 2010 o en la declaración de 2011. Y lo de la casilla 120 no entiendo

    Por supuesto en la declaración de 2011, en la casilla 314, tengo que poner los 2520,00€ correspondientes a los pagos de la RBE de este año.

    Finalmente a la hora de presentar las declaraciones he de hacerlo de forma conjunta y si se puede hacer via telemática con DNI y certificado electrónico.

    Gracias y perdona por mi torpeza.

  19. en respuesta a jorgega84
    -
    Top 100
    #81
    14/06/12 09:26

    Si, tienes que hacer la declaración complementaria mediante el programa PADRE 2010, y puedes recuperar esos datos siempre que la declaración de la renta del 2010 la tengas guardada en el ordenador, sino deberás poner otra vez los datos a mano.

    Para incluir las cantidades referentes a la RBE, Renta Básica Emancipación ,debes ir a la casilla 314 del Programa PADRE 2011 y poner allí el importe. Y en la casilla 120 debes marcar el apartado D a la hora de marcar el motivo de la declaración complementaria.

    Un saludo.