Acceder

Habemus nueva franquicia: Inspección Profesional de la Vivienda

Hace tres años escribí una entrada en el post titulada El futuro de los intermediarios financieros, continuación de alguna otra de las primeras del blog, y a iniciativa de mi compañero blogosférico Pau (por cierto, os lo recomiendo para colaboraciones profesionales). Pues bien, como ya me barruntaba me quede corto con mis apreciaciones que partían, entre otras, de mi desconfianza por el modelo de franquicia en el sector de la intermediación financiera. En esencia no funciona, no al menos tal como se vendía.

No os voy a volver a dar la lata con el tema de la intermediación financiera pero si con el de la franquicia, con motivo de la expansión de una franquicia llamada IPV, Inspección Profesional de la Vivienda. Entre sus webs están por ejemplo ésta o ésta. echad un vistazo antes de seguir leyendo para que entendáis mis sensaciones.

¿Ya? Pues bien, en esencia se trata de una franquicia de servicios donde se contrata alguien para que certifique el estado, funcionamiento y saneamiento real, para el uso y destino como vivienda de un inmueble dado (las cursivas son sus propios términos), que detallan en  una inspección visual minuciosa de arriba a bajo, de interior a exterior, pasando por las áreas intermedias, comprobando niveles de, acústica, gas CO. y luminosidad, las instalaciones de agua, luz, gas, revisando, suelos, paredes, techos, alicatados y zócalos, abriendo y cerrando puertas, ventanas, persianas, cajones, muebles, comprobando grifos, sanitarios, sifones, desagües, calefacción, ventilación, saneamiento e higiene... Es decir, definir el estado por el uso. 

¿Y a mi que me parece? Pues me parece muy bien que hay quien ofrezca estos servicios. El mercado dirá si son necesarios o no. Yo tengo mis dudas. Pero más allá de las mismas, lo que no me gustan son la forma de vender el servicio y la franquicia. No me convencen. Y os pongo ejemplos a continuación, extraídos de sus webs, spots y algún mailing al que he tenido acceso.

1. Dicen en la web que el certificado es profesional, confidencial y privado, fehaciente y elevable al público (sic). A mi esta afirmación, para empezar me parece un conjunto de obviedades. Es profesional por que lo dicen ellos. Es confidencial y privado ya que lo paga una parte y hará con ello lo que estime oportuno. Lo de fehaciente es más gracioso ya que da fe, como cualquier otra prueba documental. Lo más cachondo es lo de que se pude elevar al público, afirmación que se repite en varias páginas de la web. Y es que la expresión correcta es elevar a (documento) público, es decir llevarlo al Notario y convertirlo en un documento público, como por cierto se puede hacer con cualquier documento privado emitido por un tercero. Al público no se eleva nada, se eleva a público.

2. En el apartado de FAQs viene la siguiente perla  Y si ya tengo cédula de habitabilidad ¿puedo evitarme la IPV?No, porque la cédula de habitabilidad es una norma del código técnico de la edificación, y nuestros estándares son de estado, saneamiento y funcionamiento de la vivienda, y no son los mismos.  Entre nosotros, más te vale tener la cédula si quieres evitar problemas serios. La cédula es, en esencia, obligatoria. El certificado que venden estos caballeros NO, por mucho que en sus spots colgados en Youtube digan que es similar a la ITV (ejem, ejem).

3. Realizan afirmaciones como que es necesario para todas las operaciones inmobiliarias(¿Mande'), que esta profesión goza con una gran prestigio socioeconómico (siendo nueva en España, algo digno de Cuarto Milenio) o que garantiza la inversión para no dejar que la propiedad pierda valor en cada alquiler (problema atávico resuelto). Ayyyy, cuanto anuncio de Loreal porqueyolovalgo.

4. Incluso llegan a señalar que hay Bancos y Cajas de Ahorro que para la concesión de hipotecas acompañan el certificado IPV con la tasación. Ya me gustaría saber de que entidades me hablan,pues no conozco ninguna en España que lo haga (quizás por ello se remiten a su origen en EEUU, cuyo marco legal al respecto no me inspira ni la mitad de confianza que el nuestro en materia hipotecaria, y me refiero en cuanto a la garantías para los adquirentes de un inmueble). Incluso sostienen que de haberse usados sus servicios en las adjudicciones por dación muchas no se hubiesen aceptado. Ya les digo yo que llegado a ese punto  de no retorno financiero vaya que se hubiesen aceptado, y más tras haber efectuado la preceptiva tasación.

Como idea no me parece mal. Tal y como la venden YO no lo compro.

 

23
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a Echevarri
    -
    Nuevo
    #20
    06/06/11 11:19

    Buenos días, pues ya puedes decirme lo que voy a tener si te apetece... pero te aseguro y puedo demostrar que la solicitud de la cédula me la dieron el día que firme el contrato de alquiler (y remarco LA SOLICITUD DE LA CÉDULA) y hace dos semanas me dieron la cédula. El contador de la luz me lo pusieron el miércoles de la semana pasada....

    Los recibos de la luz segun la inmobiiaria no me los podían dar puesto que el contador estaba a nombre del antiguo propietario y la compañía de la luz no te da nada si no eres el titular.

  2. en respuesta a Enekom
    -
    #19
    03/06/11 19:54

    Enekom, como sistema garantista para el adquirente me quedo con el español de lejos. ¿Qué puede ser pulido? por supuesto, pero esto me parece el chocolate del loro.

  3. en respuesta a Darky
    -
    #18
    03/06/11 19:52

    Darky, sorpresa! n¿no le habían pedido los últimos recibos de luz?
    Y digo yo, con la cédula tendrá contador. Sin ella ya te digo lo que va a tener.

  4. en respuesta a alsanbu
    -
    #17
    03/06/11 19:45

    Hola Alsanbu,respecto a ese RD no estoy seguro que no este en vigor (creo que anularon total o parcialmente el siguiente) En todo caso es secundario (vamos, lo mismo que un curso de CCC).
    Lo de la placa es de enmarcar.

  5. Nuevo
    #16
    31/05/11 12:29

    Tengo un problema con mi vivienda: vivo de alquiler,tengo cédula de habitabilidad, la persona que me alquiló el piso me dijo que estaba perfecto: luz, agua, gas.... todo correcto.

    El problema fué cuando fuí ha hacer los cambios de contador: Sorpresa!!!! no tengo contador de la luz. Tengo un empalme con el contador del vecino de abajo!!! Eh! pero tengo cédula!!!

    Quizá si hubiese hecho esta inspección no me hubiese quedado ese piso...

  6. en respuesta a Joaquín73
    -
    #15
    30/05/11 20:19

    Hace poco pasó por mi edificio (la ITE) y el personaje realizó un informe denegando el ok. Cuando me lo dijo la presidenta casi me parto. Resulta que las realizan empresas particulares, independientes de la Administración, que después de darte el informe te ofrecen un presupuesto de reparación. En este caso, cambio de vigas de un edificio de 5 plantas con ascensor en el centro de la ciudad. Evidentemente se llamó a un arquitecto que desmintió el informe y se invitó a la empresa a recular la denegación. El edificio pasó entonces sin problemas.

  7. en respuesta a Potsis
    -
    #14
    27/05/11 15:22

    Ahí le has dado. Ese es el problema de la gran mayoría de franquicias existentes. Para ellos el objeto principal de negocio es la venta de la "idea" y no la "idea" en si misma. Por ello, muchos franquiciados, al cabo de un tiempo se dan cuenta de que están haciendo el primo y abandonan la enseña (para luego cerrar el negocio, en la mayoría de los casos). Si vas a una feria de franquicias, te das cuenta de que la mayoria son paja que sólo venden humo bajo el paraguas de una determinada moda; lo fueron las lavanderias, las financieras, las inmobiliarias, etc.
    No hace mucho vino a visitarme el comercial de una agencia perteneciente a una red de franquicias inmobiliaria (creia que ya se había terminado esa moda), en este caso especializada en el alquiler. Sin ánimo de parecer indiscreto, le pregunté que le había empujado a entrar en esa franquicia y que le aportaba que no pudiera hacer por su cuenta. Por su respuesta intuí que poco duraría dentro de esa red y que obviamente esta no aportaba nada relevante.

  8. #13
    27/05/11 15:05

    Echevarri, es un placer cada vez que me mencionas, normalmente para darme caña, pero de una forma tan cariñosa que no puedo por menos que enternecerme ;)

    Brillante post; a ver si un día recuperamos nuestras discusiones productivas sobre el mundo de la intermediación financiera (si hay vida después de la crisis, que creo que sí).

  9. en respuesta a Drno1
    -
    #12
    27/05/11 14:16

    La sensación que me da es que los clientes que buscan no son los propietarios, compradores, arrendadores y arrendatarios, si no gente dispuesta a pagar por esa "formación" y esa franquicia.

  10. #11
    27/05/11 02:01

    Desconozco en otros municipios. Aqui, en Valencia, el tramite necesario para la obtención de la cédula de habitabilidad en segunda ocupación es rápido y efectivo:
    1º.- Un sencillo formulario y una módica tasa.
    2º.- Casi de inmediato visita de un técnico municipal que certifica la habitabilidad de la vivienda. Todo ello en menos de una semana.
    3º.- Las compañias suministradoras permiten la contratación sólo con la presentación de la solicitud.
    En definitiva esa franquicia es un camelo totalmente innecesario.

  11. Nuevo
    #10
    27/05/11 01:42

    Lo de "elevable al público" ya da una idea clara del tema. Otra muy buena es la de "Se abonará al entregarse el informe profesional de vivienda, mediante efectivo, talón, TRANSPARENCIA..." (última pregunta frecuente).

    ¿Verdad que cuando no se dice lo que cuesta una cosa, ya da que pensar?... Ni siquiera una estimación o un precio tipo según vivienda orientativo.

    Por cierto, el Real decreto al que se hace referencia en el "quienes Somos" está derogado... http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-rd1004-1991.html

    No dejeis de visitar la web de la asociación profesional en cuestión...
    www.asociacionipv.com/cuotas.asp

    "ENTREGA DE LA CARTERA DE PIEL CON EL CARNET Y LA PLACA DE INPECTOR DE VIVIENDAS"

    A mi esto de la cartera de piel y la placa ya me da mucha más seguridad...

    en fin ...

  12. #9
    26/05/11 23:36

    En los Estados Unidos es una practica común y obligatoria por contrato la inspección de la propiedad antes de comprarla, incluso en el contrato pones una cantidad minima a asumir de desperfectos, si la inspección supera esa cantidad puedes salirte del contrato sin ningún tipo de penalidad o negociar con el vendedor. Ademas sin inspección los bancos no dan hipotecas.
    Las empresas de inspección es como todo, buenas y malas, pero por lo menos te dan una idea mínimo del estado de la propiedad. Si tu compras una casa y encuentras graves defectos que no están en el informe del inspector puedes incluso demandarle legal y penalmente y tienes que estar autorizados por los estado y disponer de un buen seguro.
    Existen inspecciones típicas de un apartamento por 150$ y mas si quieres por ejemplo estructura, gas radon, etc... mucho mas especializadas y con precios superiores, pero claro todo depende del tipo de propiedad que vaya a comprar, no es lo mismo un apartamento de 2 años que una casa centenaria

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #8
    26/05/11 22:51

    No conozco urbanisticamente los madriles, ;). Oí que lo habían descentralizado pero se ve que no funciona bien...

  14. en respuesta a Echevarri
    -
    Top 100
    #7
    26/05/11 22:46

    je-je-je, también deberían ir a toda leche los permisos de apertura de locales comerciales, teniendo en cuenta que apenas hay solicitudes. ¿Has visitado alguna vez a los inspectores municipales que se encargan de ese negociado? Es desolador cómo pueden tardar en Madrid 5 ó 6 años sean cuales sean las circunstancias. Yo me he visto en ese laberinto y no se lo deseo a nadie.

    Aunque es cierto que la cédula de habitabilidad, si bien se hace esperar, no se demora tanto, o eso creo.

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #6
    26/05/11 22:24

    Ok, a la administrativa previa al "estreno" como vvda. Pues ahora debería ir rápida (no hay overbooking precisamente.

  16. en respuesta a Echevarri
    -
    Top 100
    #5
    26/05/11 22:09

    Me refiero a la inspección necesaria para obtener la cédula de habitabilidad, inspección que siempre se hace esperar y que tiene a los profesionales del sector hasta los mismísimos.

  17. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4
    26/05/11 21:59

    A la tasación hipotecaria, a la ITE?
    Yo, tal y como lo veo, creo que tiene poca sustancia. Si me apuras, más que cobrarlo debería ser asumido por parte del API como parte de su servicio. Que menos que conocer lo que estan intermediando en su vertiente real y jurídica...

  18. en respuesta a Joaquín73
    -
    #3
    26/05/11 21:57

    Cierto, es basicamente un tema estructural/habitabilidad

  19. #2
    26/05/11 21:53

    Hombre, existe algo más parecido a la ITV y que es oficial y exigida(al menos en algunas comunidades). Me refiero a la ITE (insp. técnica de edificios).
    La realizan profesionales de la construcción como arquitectos, aparejadores o ingenieros.

  20. Top 100
    #1
    26/05/11 21:42

    Otro gallo cantaría si realmente esta inspección pudiese efectivamente sustituir a la otra, en cuyo caso el éxito estaría garantizado.