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Conyuge fallecido Declaracion Renta individual
Excepción: si falleció el 31 de diciembre se puede presentar declaración conjunta.
Rucko11/06/26 21:45
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Impuesto Patrimonio para novatos - Impuesto sobre el Patrimonio
G1) ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN EL CAPITAL SOCIAL O EN EL FONDO PATRIMONIAL DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA (SOCIEDADES Y FONDOS DE INVERSIÓN), NEGOCIADAS EN MERCADOS ORGANIZADOS (art. 16.2 Ley 19/91)Aqui van todos los fondos de inversión y ETFs.4.2.7.2. Apartado G2G2) ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN EL CAPITAL SOCIAL O FONDOS PROPIOS DE CUALESQUIERA OTRAS ENTIDADES JURÍDICAS, NEGOCIADAS EN MERCADOS ORGANIZADOS (art. 15 Ley 19/91)Acciones de empresas cotizadas. Telefónica, Repsol o Apple. Aquí 2024:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/impuesto-sobre-patrimonio/modelo-714-impue-patrimonio-declaracion-ingreso/ejercicios-anteriores.htmlEs complicado responder tantas cuestiones.
Rucko11/06/26 17:22
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La regla de los dos meses, minusvalias
Te bloquea la venta 2 (2 acciones) y 3 acciones de la venta 4.
Rucko11/06/26 00:02
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Impuesto Patrimonio para novatos - Impuesto sobre el Patrimonio
¿Cómo vas a restar de tu patrimonio una vivienda que no es tuya? Es absurdo.El 740 se rellena de forma similar a la renta desde esta dirección:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G611.shtml
Rucko10/06/26 23:24
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Problema con split de acciones, error en la web de aeat
En vez de editarla entra y crea tu la operación de split, una vez creada la operación, si esta bien, borra la que tenías con problemas.
Rucko09/06/26 14:34
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Venta vivienda habitual en irpf
Respecto al usufructo prorratea los gastos. Si los gastos de herencia fueron X y el usufructo es Y% del total, los gastos no individualizables imputables al usufructo son Y%.X. Como te han dicho revisa las escrituras. Es raro que hacienda se equivoque en algo tan simple.
Rucko09/06/26 09:54
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Venta vivienda habitual en irpf
Las perdidas del usufructo las puedes compensar en los cuatro años siguientes. Reflejas la pérdida al declarar la venta y es todo. La venta del pleno dominio del 50% está exenta, ni se declara ni tributa. Te insisto en que tal y como lo cuentas no tiene la nuda propiedad, tiene el pleno dominio del 50%.
Rucko09/06/26 08:07
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Venta vivienda habitual en irpf
Por gananciales tendría el 50% del pleno dominio y no de la nuda propiedad, tal y como supuso @cachilipox
.?El matrimonio compró en su día, al fallecimiento le queda el 50% en pleno dominio correspondiente a su 50% y el usufructo del 50% perteneciente al cónyuge. El 50% de la nuda propiedad del cónyuge lo heredaron los hijos.Si es así: el 50% que le pertenece en pleno dominio no tributa y no se declara. Tendrá que declarar y tributar solamente por el 50% correspondiente a su usufructo.
Rucko08/06/26 18:13
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Venta vivienda habitual en irpf
Me temo que tienes razón.
Rucko08/06/26 15:18
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Venta vivienda habitual en irpf
Yo entiendo que ese texto solo refleja la realidad para el caso más usual, donación de nuda propiedad y mantener el usufructo. Lo que dicen las resoluciones vinculantes es que el usufructo es un derecho real, razon por lo que no le aplica la exención. No es fácil vender/ceder el usufructo y que se mantenga el estatus de vivienda habitual. Es solo una opinión.