Acceder

Participaciones del usuario Rucko - Fiscalidad

Rucko 03/03/26 02:30
Ha respondido al tema Alguien me puede explicar que hay que hacer
Dicen: se comprueba que obtuvo ingresos procedentes del arrendamiento de inmuebles…No hay duda de la confusión. 
Rucko 03/03/26 01:18
Ha respondido al tema Alguien me puede explicar que hay que hacer
Tiene toda la pinta de que se ha producido un error en algún sitio y que la están considerando arrendadora y no arrendataria.Escrito contestando que no ha tenido nunca ningún inmueble en alquiler como arrendadora y que por contra si tuvo/tiene una habitación arrendada en un inmueble desde  el 12/09/2023. Adjunta el contrato de alquiler como prueba. Una posibilidad es que su casero se equivocase en su declaración. 
Rucko 03/03/26 00:52
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En este caso no es necesaria la procedencia, echa un vistazo a esta sentencia.“Pues bien en el presente supuesto el demandante fue despedido porcausas objetivas, siendo las causas alegadas organizativas y productivas , loque es uno de los supuesto contemplados en el art. transcrito concretamente enel apartado d) párrafo b) ‚por el que se permitiría acceder a la jubilaciónanticipada, siempre y cuando concurran los demás requisitos, lo que no secuestiona. Habiendo interpuesto el trabajador demanda impugnando tal decisión. El hecho que en conciliación judicial se hubiera reconocido la improcedencia del despido no por ello el despido del actor deja de ser un despido objetivo por causas objetivas-organizativas o productivas; que la empresa reconociera la improcedencia no desvirtúa que la clase de despido lo sea por causas objetivas,….”“En el supuesto enjuiciado al actor se le se le extinguió la relación laboral por lo tanto, y no cuestionándose los demás requisitos, tiene derecho a que se le reconozca la prestación de Jubilación anticipada pues estamos ante un cese involuntario de la trabajadora previsto en el art 161 bis 2 A)…”SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR D E JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOSSENTENCIA N°: 844/2015
Rucko 02/03/26 18:40
Ha respondido al tema Recalificación Donación préstamo entre particulares
El caso es totalmente diferente:Firman en 2013 con promesa de devolución en 5 años, es decir 2018. El préstamo no se devuelve y en 2024 vuelven a firmar un nuevo préstamo entre ellas que no registran  (???). Lo que dice el tribunal es que ni prestatario, ni prestamista, tuvieron interés alguno en su devolución, que en todos estos años no se ha devuelto ni un solo euro y que el segundo contrato, realizado 6 años después de que venciese el primero, no se registró y que además se realizó con posterioridad a que Hacienda notificase que abría diligencias de comprobación. 
Rucko 02/03/26 13:16
Ha respondido al tema Donación dinero
Oyen campanas y no saben dónde. Es cierto que en la Comunidad de Madrid, hasta 1000 euros, la bonificación es del 100% y no se necesita declarar ni liquidar. También es cierto que, hasta 10.000 euros, ya no hace falta escritura pública, se bonifica el 99% aunque hay que seguir liquidando el impuesto.  Imagino que de ahí viene el batiburrillo.  
Rucko 28/02/26 15:55
Ha respondido al tema Donación dinero
Totalmente de acuerdo con @juan-lackland , tu obligación como madre, código civil, es ocuparte de la manutención de tus hijos si ellos no pueden: Art. 142 c.c. Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo.Un cajón de sastre donde caben muchas cosas.  Por supuesto, no puedes ocuparte de rellenarle el depósito del Lamborginhi  ni pagarle un crucero.  
Rucko 28/02/26 08:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo no abrí esta cuestión en este hilo, sólo fue una corrección a una afirmación que yo consideraba que era incorrecta y en la que se afirmaba que las JAV (todas) estaban topadas por 0,5% por trimestre de adelanto como las JAI. Cosa que no es cierta. Que existan JAV para trabajadores que antes de 2022 abandonaron su puesto voluntariamente y no han vuelto a trabajar, caso tremendamente especial, no significa que las JAV tengan ni ese tope ni esa metodología para todas las JAV reales que se producen cada día.  Si tú eres el moderador de este hilo y crees que clarificar una afirmación errónea que puede confundir a  gente que quiera jubilarse voluntariamente,  es ensuciar el hilo, no tengo nada más que decir. Por mi parte puedes pedir que se elimine mi corrección. Para mí caso cerrado. 
Rucko 27/02/26 22:35
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo no me refería a las excepciones de la 34.3, ese caso no lo conozco. 
Rucko 27/02/26 21:51
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
 la diferencia fundamental será la que te originen los coeficientes, teniendo en cuenta que la BR y la PM son casi las mismas. 
Rucko 27/02/26 21:33
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Puedes indicar, por favor, el artículo de la ley donde se regula esa aplicación del 0,5%.