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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 18/04/25 16:40
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Enhorabuena Werner, bienvenido al grupo de pensionistas. Ya tienes el fruto de todos estos años de trabajo y toca disfrutar del tiempo libre que te da la jubilación. El Simulador ya te desaparece, pero a cambio de aparecen otras cosas que viene bien tener acceso a ellas. 
Jalcper 06/04/25 14:33
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Como bien dices, a estas alturas, yo creo firmemente que NO publicaran ningún criterio de Gestión en relación a la aplicación o no de la DT 34 para este año. Bajo mi entender, y creo que el de la mayoría de los que hemos leído el Informe de la DGOSS, este año continuara la  aplicación de la DT 34 como indica el informe, otra cosa, y es la duda que el mismo informe deja, es el próximo año 2026.Por otro lado, si el año próximo, se deja de aplicar la DT, haces una buena pregunta, a la que no se responderte. Espero, para los que esteis en esa situación, que esa duda se aclaré antes de finalizar el año.Finalmente, el consejo que te puedo dar respecto a la planificación es, hazte simulaciones a Diciembre de 2025 y otras simulaciones con diferentes fechas de 2026, hasta el mes que te interese, siempre tomando en cuenta la posible desaparición de la DT.  A partir de ahi, analiza la mejor opcion. A la Simulación de diciembre, añadele el incremento del IPC para el año próximo
Jalcper 20/03/25 12:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La simulación que muestras, en mi opinión, esta bien porque debido a las "cotizaciones en la sombra" te puedes jubilar en la fecha que tienes en la simulación. Tu fecha de Jubilación ordinaria con 65 años, es Abril de 2028 por lo que si continuaras cotizando hasta esa fecha, el tiempo cotizado que tendrias entonces sería 39,07 años, es decir, superior a los 38,5 años que se necesitan para jubilarse anticipadamente.Como bien dices, te aplican la DT 34.2
Jalcper 20/03/25 11:57
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La DT34, como su nombre indica "Disposicion TRANSITORIA", es una "Norma Temporal" que tiene un periodo de duración, que en este caso finaliza en 2033, o como hemos dicho en el foro, creemos que se dejara de aplicar en en 2026. Por otro lado, esta Disposición tiene la finalidad de "Salvaguardar" los casos de personas que, como yo y creo que la gran mayoría de los que estamos en este foro, estábamos y están a las puertas de una jubilación anticipada, para que la aplicación de los nuevos coeficientes y su norma de aplicación, no fuesen demasiado, voy a decir, "fuertes" y pasar de una aplicación "suave" con la ley anterior a la 21/2021, que aplicaba coeficientes trimestrales sobre la Base Reguladora, a la nueva ley 21/2021 en los que SI o SI se deben de aplicar sobre la P. Maxima, para aquellos que la superasen y con unos coeficientes mucho mas "duros" que en la ley anterior a 21/2021. Intentaré explicarme con numeros:Comparativa Ley 21/2021 y la anterior LeyEn la excel anterior, puedes ver una comparativa de aplicación con la Ley anterior y la actual, para una persona con los siguientes datos:Base Reguladora --> 3772,23€Tiempo cotizado --> 48,5 AñosTiempo de Anticipo Jubilación --> 24 MesesAño de Jubilación --> 2022.En ella puedes ver que pensión se le hubiese quedado a una persona que se hubiese jubilado en 2022, con ambas leyes y aplicando en la actual 21/2021 del articulo 210.3, que se aplicará al finalizar la transitoriedad de la DT34."Artículo 210. Cuantía de la pensión.3. Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado prevista en el artículo 208 hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización.No obstante, en el supuesto de que la base reguladora de la pensión calculada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209 resultase superior al límite de la cuantía inicial de las pensiones, establecido en el artículo 57, los coeficientes reductores por edad se aplicarán sobre el indicado límite."Limite de la cuantía inicial --> Pensión Máxima.Comparativa SimulacionPor mis calculos: Parece que te afecta la DT 34.3, con lo que te aplican el doble calculo. Pensión final --> 3256,96€SI te afectase la DT34.2 en caso de continuar aplicándose en 2026. Pensión final --> 3214,87€.Si por el contrario, la DT34 se dejase de aplicar en su totalidad, es decir no se aplicase ningún apartado. Pensión final --> 3114,32 €
Jalcper 19/03/25 22:48
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Creo que esa desvinculación es VOLUNTARIA, pero como es un acuerdo firmado con anterioridad a 2022 creo también que te afecta el apartado b de la DT34.3."b) Que la extinción se produzca después de esa fecha como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2022."En cualquier caso, consulta con el comité de empresa, y en un CAISS (estos últimos pueden o no aclarártelo sin están "formados" los que deben decirte algo, no como nos paso el año pasado, que no les habían informado de la aplicación de la DT 34).El simulador siendo baja voluntaria no te dará opción a nada, solo debes de indicar la cotización que realizaras por el CE hasta la fecha de jubilación.Si la jubilación fuese involuntaria (JAI) si te daría opción a indicar el motivo de la baja. Al menos así era cuando yo podía hacer simulaciones
Jalcper 19/03/25 22:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En el momento que deje de aplicarse la DT34.2 ( ejemplo claro, en 2033 y si se deja de aplicar en 2026) se aplicará la Penalización sobre la P. Max. Eso es lo que significa esa columna.El resto de Columnas, creo se entiendan bien:"Ley 2021".- Es la Ley en la que se calculaban las penalizaciones sobre la Base Reguladora, fuera esta superior o no a la P. Máxima, y las penalizaciones se calculaban por trimestres de anticipación y que se MODIFICO con la Ley que hizo el Sr Escrivá."Ley 2022".- Como bien dices, es la ley que se aprobó en Diciembre de 2021 y que entro en vigor el 1 de enero de 2022, por ese motivo la identifico así, para no equivocarla con la anterior (podía haber puesto la la ley como se identifica en realidad, pero he preferido hacerlo así para, desde mi punto de vista, que pueda entenderse mejor)."DT 34.2".- Es el calculo con aplicación de la DT34.2"DT34.3".- Es el doble calculo, comparativo, entre el resultado de aplicar los calculos de la "Ley 2022" y la "DT34.2". El resultado que muestra, es el MAYOR valor de los dos, si al interesado le afecta la DT34.3"Sin aplicación DT34".- Es el calculo de la pensión SIN aplicar la DT, que dejara de aplicarse en el 2033, y si estamos en lo cierto, como pensamos en el foro, dejara de aplicarse en 2026. Espero que nos equivoquemosEspero haberlo aclarado.Por otro lado, veo que ya están aplicando la DT 40, yo tengo hechos los cálculos con aplicación de esta DT, pero al estar ya jubilado, no puedo acceder a hacer simulaciones (lógicamente, pues las simulaciones a mi ya no me sirven. Me da otras informaciones, de pensión, revalorizaciones, IRPF aplicado, etc). Agradecería que alguien mostrara una simulación para contrastar con los cálculos que yo tengo hechos y corregirlos si fuese necesario.
Jalcper 17/03/25 22:54
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Enhorabuena y bienvenido al Club de los Jubilados y al de los Jubilados Anticipados. Disfruta de ese merecido descanso, después de tanto tiempo trabajado
Jalcper 14/03/25 15:38
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojo!! Javier, repito sin animo de ser cansino ni pesado, realmente NO cumples las condiciones  de 38,5 años cotizados, hasta la fecha de tu "cumplemes" que no es ni mas ni menos que el día 23/10/2026, en el que anticipas 24 meses la Jubilación Anticipada y esta SOLO puede ser posible en esa fecha.Si solicitases, la Jubilación con la fechas que te da el simulador, estoy casi seguro, que te la rechazarían si como creemos es Jubilación Anticipada VOLUNTARIA. Consúltalo en un CAISSDesconozco el motivo por el que el simulador te permite poner esas fechas, y además en la fecha que te indico, cambia el % de penalización que te favorece.
Jalcper 14/03/25 11:50
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La fecha de nacimiento que figura en la simulación es el 23 Junio 1963, por lo que cumple los 63 años el día 23, no el día 22 como indicas. Te has equivocado?
Jalcper 14/03/25 10:37
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Correcion de errores:3.1.3 El periodo transitorio de aumento de la edad de jubilacion, concluye en 2027 por lo que desde ese año son 67 años en el caso de NO tener los 38 años y 6 meses cotizados. 4. Respecto al CE,.................  Una condición para solicitar la jubilación y que te la concedan, es estar en "Situacion Asimilada al Alta" y el CE te da esa situación, por lo que debes de mantenerlo hasta que te concedan la jubilación, encargándose el INSS de dar de baja el CE.