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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 31/01/26 10:18
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En el post 2689 página 180, puedes ver por un lado un informe de la DGOSS a petición del INSS en el que explica porque se aplico la DT34 en 2024 y como preveía, entonces, que posiblemente en 2026 se dejará de aplicar.En el post 2698 de la misma página, puedes ver con números la misma explicación.En post siguientes puedes ver la indignación que ha creado la finalización, que no derogación, de la DT34.2.Ante la "injusticia" que se ha creado, solo puedo decir, que la única salida viable que yo veo, es acudir a los tribunales de justicia y atacar la ley desde el punto de vista de la equidad y contributividad del sistema, del que tanto "cacarean" los políticos y sindicatos, que ahora se hacen de nuevas, puedes ver indignación con respecto a estos.Si retrocedes en el foro hasta Diciembre verás muchos post hablando del fin de la DT34. Aquí desde Marzo o Abril de 2024, que ya conocimos la existencia del informe que te indico más arriba, ya seguíamos la evolución del IPC, más claramente en 2025, nos preguntabamos que iba a pasar, finalmente hemos visto que ha sucedido.
Jalcper 29/01/26 17:14
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Informaros a los que habeis sufrido la polemica.Shs61 y yo hemos hablado y aclarado nuestras anteriores disputas, por las que pedimos perdón a los participantes en el foro y de las que nos retractamos los dos. 
Jalcper 29/01/26 17:11
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Por desgracia, nunca ha sido gratis, al menos desde 2011 y con anterioridad creo que tampoco, ahora es mas "caro"
Jalcper 29/01/26 16:03
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Esperabas alguna respuesta clara?. Puedes ver mi experiencia en 2023, haciendo preguntas sobre le modo de aplicación de la DT34, su respuesta era la transcripción literal de la DT34, tantas veces insistí, que me respondieron en la última, que ya me habían respondido con anterioridad, vamos dicho en "cristiano" "déjanos en paz pesado".Salvo situaciones ya trilladas para ellos, no van a responder con claridad
Jalcper 29/01/26 15:57
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Tengamos las cosas claras y no nos engañemos. La ley 21/2021 de 28 de Diciembre, respecto a las jubilaciones anticipadas, no tenía otro sentido más que reducir a la mínima expresión las jubilaciones anticipadas. Estoy de acuerdo que se puede considerar un "robo" pero por desgracia para los que hemos tenido bases altas la realidad es así de cruda. En mi caso puedes ver lo que hice en unos post anteriores, también en el post 2745 de la página 193 puedes ver la realidad de lo que ha sucedido con la jubilaciones anticipadas con datos del INSS en el que podrás ver estás se han reducido (17% de2016 a 2025) en la misma medida que las ordinarias han aumentado. Ahora con la finalización, que no derogación, de la DT34.2 estos valores se irán reduciendo y las ordinarias subiendo, resultando...... objetivo conseguido. Al menos yo lo veo asi.No sé en qué situación laboral estás, pero ahora, respecto a lo comentado en el párrafo anterior, te haría una pregunta sabiendo lo que sabes, te jubilarias a los 65 en lugar de los 63?, dejando a un lado la situación física, o enfermedades
Jalcper 27/01/26 10:41
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
El pasado dia 22 de enero se publico el Real Decreto 39/2026, de 21 de enero, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2026. En este Decreto, se actualizan la P. Maxima y las pensiones para 2026, no continua vigente pues las de 2025. Este es más probable que se convalide el mes que viene, pues solo vienen pensiones y temas relacionados con ella, como había pedido el PPEsto quiere decir que la Pensión Máxima es la que se publico en el anterior RDL de Diciembre, que era un Decreto de los que denominan "Omnibus" y que es el que a día de hoy no convalidara el Congreso.
Jalcper 26/01/26 23:56
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Parto de que los coeficientes, valores y resultados están bien, no he hecho números por eso te digo utilizó la palabra "planteamiento". En ese párrafo que extraes, el cálculo es P.Maxima * (1- % penalización).A mí entender, así es. En el punto 3 de la DT 34, creo que el apartado b, habla de los ERE's que se firmaron/acordaron con anterioridad al 1 de Enero de 2022, aunque se aplique con posterioridad a esa fecha, se les aplica los coeficientes de la DT 34.2 si el resultado de pensión es superior a aplicar tu planteamiento del punto de la JAI, es decir, se hace un doble cálculo y el resultado es el que más te beneficie.
Jalcper 26/01/26 23:38
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojo! Los coeficientes a aplicar son los que correspondan en función del tiempo cotizado y el tiempo de anticipo como bien sabes, pero los que corresponden a la ley actual que entró en vigor el 1 de Enero de 2022. Entiendo que lo sabes, pero por si acaso lo aclaro
Jalcper 26/01/26 23:13
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si mal no recuerdo, las Bases de Cotización "futuras", es decir las de este mes o el mes que viene hasta la fecha de jubilación, las puedes introducir tu manualmente. No sé si te refieres a esto
Jalcper 26/01/26 23:02
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Dejando a un lado, que los coeficientes y las operaciones estén mal o bien, y que no pongo en duda:JAVa. OK. Todo el planteamientoPara completar, por ejemplo si BR * (1-% Penalización) el resultado es superior a 3225, la pensión sería 3225.b. El tope, en este caso, no existe. Es directamente P. Máxima * (1-% Penalización)c. Exactamente igual al b. No existe tope y el mismo cálculoJAIa. Igual que en JAV con los coeficientes que correspondan a JAIb. Igual que en JAV con los coeficientes que correspondan a JAI. Este planteamiento se aplica, solo si cumple requisitos de la DT34.3 y este resultado es mayor que el punto 3 de la JAIc. Si no estoy equivocado, es igual que el punto a. Si cumple requisitos de la DT 34.3 y este resultado es mayor que el punto 2 de la JAI. Con los números que has puesto, la pensión sería la del punto a de la JAI 3182. Este planteamiento P. Max * % Penalización en la JAI no se aplicaEspero haberte aclarado lo que yo entiendo, y podrás verificar con la Simulacion