Jalcper
13/03/24 18:51
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
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1. Este Sr. me recuerda a Paco Martínez Soria en la Película "Don erre que erre", continúa con su teoría del doble cálculo para aplicar la DT34 y dudo que haya leído el criterio de Gestión.2. Creo también que no ha leído la DT34 completa, cuando habla de las excepciones, dice que no se les aplica la DT34, siendo esto último, a mi entender, una muy mala interpretación por su parte y genera confusión. Los dos casos que contempla, cese voluntario y despidos por ERE, el último párrafo del apartado 3 dice CLARAMENTE, "No obstante, para el reconocimiento del derecho a pensión de las personas a las que se refieren las letras a) y b) anteriores, la entidad gestora aplicará la legislación que esté vigente en la fecha del hecho causante de la misma, cuando resulte más favorable a estas personas.", por lo que esa excepción de la que habla no es tal, y si sería necesario el doble cálculo que predica