Jalcper
27/02/26 13:53
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Interpretación Disposición Transitoria 34
La DT34.1 te dice textualmente " 1. Lo dispuesto en el apartado 2 de esta disposición transitoria en relación con el segundo párrafo del artículo 210.3 de esta ley sólo resultará de aplicación en la medida en que la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021 para aquellos trabajadores con base reguladora superior a la pensión máxima, de manera que la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021.".Tal y como esta escrito, "del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021", los coeficientes de la nueva Ley son SUPERIORES respecto de los vigentes en 2021. Estos últimos son modificados y se dejan de utilizar con la nueva Ley, por lo que no se pueden utilizar para calcular las nuevas pensiones, de hecho, los nuevos coeficientes comienzan a utilizarse desde el 1 de Enero de 2022, independientemente de si la BR es o no superior a la Máxima.Utilizando tu planteamiento, cada año sube la P. Máxima (OK), y aplicas el coeficiente del 4% sobre la Máxima y sobre la misma Máxima aplicas el 21% de penalización de menos de 38,5 años cotizados, comparando ambos valores: Pregunta: ¿Cuándo se absorbe el aumento de los nuevos coeficientes respecto de los de 2021?, nunca, pues continuaría existiendo diferencia entre ambos cálculos y no se cumpliría lo que dice el párrafo que he remarcado de la DT34.1Para poder comparar y ver si absorbes la diferencia que se indica, se necesita un valor que permanezca estable/fijo, o que su incremento sea mínimo respecto a otro que su aumento sea mayor, que no es el caso de tu planteamiento al hacer los cálculos sobre la misma Máxima