Jalcper
08/02/26 23:47
Ha respondido al tema
Interpretación Disposición Transitoria 34
Tal como yo lo veo, TODA la Ley 21/2021 entra en vigor el 1 de Enero de 2022, por lo que el texto de la DT34.3 también entra en vigor en esa fecha y en consecuencia, el texto "seguirán siendo de aplicación las reglas de acceso a la modalidad de jubilación anticipada por voluntad del interesado previas a la entrada en vigor de esta disposición transitoria a las personas a las que se refiere el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 210 (...).” se refiere a las fechas entre el 1 de Enero de 2022 y el 1 de Enero de 2024, entendiendo, así se dicen en la la propia DT34, que la entrada en vigor de esta será el 1 de Enero de 2024.En la fecha del 1 de Enero de 2022, se deroga de la ley anterior los articulos que se ven afectados por esta ley 21/2021, por lo que articulo 210 también queda derogado, con la diferencia de que el apartado 2 de la DT34, hace referencia expresa al artículo que se deroga y el apartado 3 de la DT34, no hace ninguna referencia a ella, por lo que no se puede entender otra cosa diferente a lo que antes he comentado en el párrafo anterior.La única referencia válida, y por la que creo no existe interpretación, desde mi punto de vista, está en la fecha de la entrada en vigor de la Ley y las consecuencias sobre la anteriorAl menos yo así lo veo y la manera en la que lo entiendo.