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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#50641

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Perdonar me olvidaba si la empresa dice que me dieron el alta el día 17 hasta que les llega la resolución y me dan de alta en la empresa esos días me los paga la empresa ??? Gracias a todos
#50642

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Karen, esto ya le ha pasado a más personas por aquí. Interpreto que tu alta médica es del día 17 de febrero pero no entiendo porque la empresa no quiere darte desde ese día y te dice que tiene que esperar a que tu recibas la resolución. Si tienes el alta es que obviamente se ha denegado la IP.

La mutua o el INSS (quien te estuviera pagando) te tiene que abonar hasta el día 17 y la empresa desde el 18 en adelante pero como no te puedes reincorporar todavía por no tener resolución lo más lógico es que les digas que estás de vacaciones desde el día 18 para no quedarte sin cobrar.

Por una parte entiendo lo que te dice la empresa y es lógico, tú no tienes resolución, pero por otra parte o lo hablas así con ellos o te quedas sin cobrar desde el 18 hasta que recibas la resolución y te puedas reincoporar.

También habla con ellos para pasar el reconocimiento médico no obligatorio pero si aconsejable después de una baja larga.

Un saludo 
#50643

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos Días Karen, a la hora de comunicarse los organismos públicos con los ciudadanos recuerdo que uno mismo puede configurarlo, por ejemplo en el perfil de la S.S., me imagino que llevarás tiempo recibiendo notificaciones y que si no la tienes electrónicas y prefieres tenerla por carta pues se corre el riesgo de que pasen estas cosas. Si lo tuvieses habilitado bastaría con que lo abras con clave pin/certificado y ya te darías por notificado oficialmente, en cambio ahora tendrás que esperar a que te llegue la notificación por carta. Este "LIMBO" puede ser un aviso para el resto de compañeros que están en procesos de incapacidad, hay que activar las notificaciones electrónicas y anular las notificaciones por carta, siempre irá todo más fluido.
#50644

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En cuanto a qué hará la empresa, lo lógico es que si tenías pendiente vacaciones, pues lo compensará de ahí, todo con efecto retroactivo, por ejemplo, si tu alta es el 18 de Febrero y no te llega la carta hasta el 27 de Febrero, el dia de la notificación tu empresa te dará de alta con esa fecha y te lo descontará de vacaciones, y en caso de que no pueda( no creo ) por algún motivo que no sabemos, no te pagará ni empresa ni mutua.
#50645

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luis ya se lo dije y me dijo que legalmente no se.puede. solo me dice cuando tengas carta nos llamas y vemos la reincorporacion. Por ley los días d limbo legal tienen que pagarlos la mutua . Es decir los días desde que s dicta el alta y la notificación según sentencias del tribunal supremo y justicia europea. Y más vacaciones no pueden empezar hasta que estás dado d alta legalmente. Eso me me ha  comentado un amigo que le pasó. Eso es así ?
#50646

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si y no, lo ha explicado @alex7676 en su último mensaje, la empresa puede darte de alta con la fecha del 18 de febrero y poner que estás de vacaciones desde ese día, pero no tiene obligación de hacerlo, es lo que tú acuerdes con ellos y lo que ellos también quieran. Ellos están respetando no darte de alta en la empresa hasta que no estés oficialmente comunicada del fin de tu baja laboral pero hablando con ellos les puedes pedir que te den de alta el día 18 como vacaciones, normalmente las empresas lo suelen hacer pero parece que en la que tú trabajas no está por la labor o no lo quiere hacer hasta que tú no tengas oficialmente la comunicación. Porque no vas a un Caiss o ICAM y pides la resolución, se acabaría el problema rápido.

Un saludo 
#50647

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si eso hare el lunes a primera hora voy y lo mando a la empresa. Y les pediré eso de nuevo que me cuenten desde el día 18 como si estuviera de vacaciones. Esos días no me lospagaran no haciendo alta retroactiva? Sino volveré a decir lo d las vacaciones. Ultima pregunta ( aquí hay mucha contradicción).  Se generan vacaciones cuando el contrato está suspendido? Hay sentencias ganadas pero veo que las empresas no suelen hacerlo . Gracias 🫂 
#50648

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, si se generan vacaciones durante toda la IT, en tu caso hasta el 17 de febrero, aquí lo puedes ver explicado 

Devengo continuo: Se siguen acumulando días de vacaciones (habitualmente 
 días por mes) como si el trabajador estuviera en activo. Esto aplica durante toda la IT, incluidos los periodos de "demora en la calificación" tras agotar los 545 días.

Si el contrato continúa: Si tras el proceso de incapacidad el trabajador se reincorpora, podrá disfrutar de las vacaciones pendientes. Estas deben disfrutarse dentro del plazo legal, que es de 18 meses a contar desde el final del año en que se generaron.

Derecho irrenunciable: Este derecho no desaparece ni prescribe mientras el contrato esté suspendido. Si la empresa indica que no genera vacaciones, es una información incorrecta, ya que la jurisprudencia española confirma que la suspensión del contrato no interrumpe el devengo de este derecho laboral básico

Un saludo 
#50649

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Voy a presentar reclamación previa aunque no tenga notificación puedo hacerlo verdad ? Y llamare a la empresa al lunes y se lo dire
#50650

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hasta que no tengas la resolución no puedes poner reclamación previa, tienes 30 días hábiles para ponerla que empiezan a contar desde el día siguiente a qué recibas la resolución.

Es muy importante tener el informe de síntesis para saber qué reclamar y que informes aportar, es bueno tener asesoramiento.

Un saludo 
#50651

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Creo que si no tienes la resolución es mejor que aún no presentes esa reclamación previa. De esa reclamación depende el contenido de la demanda, y si la pones mejor busca un buen laboralista que te la lleve. 
#50652

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tenía un expediente abierto de agravación por reclamación previa por cierto juicio en julio , bueno tenía los 8 puntos el viernes se puso en 7 y pues tenía lo peor pues e llamado al ins y me dice que eso no significa denegación que en reclamaciones previas los expedientes son de 7 puntos pues si es por agravación y tienes ya ip la base reguladora la calculan  para la primera ip y de hay ya el porcentaje según grado total , absoluta ,pues que pensáis no me lo creo mucho al funcionario , me sale  punto 1 ,4y5con propuesta concluido también ma dicho que no suelen verte pues se guían de los informes nuevos de la reclamación previa , que opináis , yo estoy en lo peor por si acaso , no me quiero desanimar mas
#50653

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas noches. 
En Junio de 2025 solicité el incremento de mi pensión permanente Total por brecha de genero a raíz de las sentencias del tribunal de justicia Europeo, ya que me pertenecería. Hoy he llamado al INSS para informarme del estado y me han dicho que incorporaron la solicitud en mi expediente a finales de enero de 2026 y que debe estar apunto de salir la resolución. Consultan en mi seguridad social o sede electrónica no me aparece ni la solicitud ni el expediente. A alguien le ha pasado lo mismo? El estado de que este incluido en mi expediente es positivo?
Gracias a tod@s
#50654

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

yo la solicite en 2023 y me la concedieron en 204 nunca pude ver su estado, la solicite presencialmente  ysolo en una oficina de la SS que visite solo en una me dijeron que tardan, pero que contestan a todas.
A mi como me pagaron subidas desde 2017 que tenia la total, tuve que hacer las complementarias de 5 años,  porque no le dejo al abogado hacer mas. Pero me comento que podrian reclamarme. Me reclamaron después de abonar la diferencia en las complementarias intereses de demora por haber presentado las complementarias fuera de plazo, alege que recibí el ingreso en 2023 y se hizo ese mismo mes las complementarias y anularon esos requerimientos.
Lo que ley y nunca me quede claro y si es asi es una ingusticia,  yo al concedermela sin sentencia judicial, no tengo opción de minoración de los ingresos, pero en algun blog o en youtube  ley que si esa concesión es por sentencia judicial si tienes minoracion de los ingresos.


#50655

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola a todos!

Expongo mi caso y consulto varias dudas:

Me concedieron una IPA (secuelas irreversibles, uso de muletas,...):

- Fecha de solicitud enero de 2024
- Informe de síntesis mayo de 2024
- Fecha de resolución junio 2024
- Fecha posible revisión julio 2026
- Efectos económicos desde enero 2024

DUDA 1: ¿desde cuándo cuento para saber el plazo que me dieron de posible revisión? Enero (serían 2 años y medio) , mayo, junio (2 años y un mes),...?

DUDA 2: ¿creéis que me revisarán, siendo secuelas permanentes y ya con 59 años en julio?

DUDA 3: al ser secuelas irreversibles ya no tengo más informes médicos. ¿Pido, o el INSS entenderá que no los tenga?

Perdón por el tostón y muchas gracias y ánimos para tod@s!!
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