Buenas tardes.
En el caso de los CFDs o contratos por diferencia ¿Cómo los trata el SEPE?
Se trata de operaciones en bolsa, compras/ventas, y que, habitualmente, se cierran el mismo día, ¿la ganancia o pérdida, de las diferentes operaciones, se compensa en el día o al final de mes y el resultado se imputa en el mes o en el siguiente?
Gracias.