Gracias por todo, franjgr.
Creo haber entendido porque aplican según su intuición, que coincide con quejas de otros perceptores del subsidio a los que le han aplicado ese 3.25%, el interés presunto en las letras.
De alguna manera hacen "en parte" lo que hace Hacienda. Solo se tributa cuando se vende, peeeeeero mientras tanto el SEPE te aplica al 3.25%. Coincido contigo.
He hecho una consulta al SEPE a traves del formulario, no se si contestaran.
Le agradezco toda la ayuda, pero tengo algunos flecos que me gustaría aclarar.
1,. Que ocurre con las acciones con dividendos, y sin dividendos ¿me aplican también mientras que no venda o no pague dividendo el interés presunto?
2.- ¿En que casilla pongo el presunto de esas letras del tesoro, en "otras rentas" o en "mobiliario"? ¿Pasa algo si lo hago online y pongo los ingresos donde no deben ir?
3.- Es mejor ir al SEPE a que me lo hagan y correr el riesgo de que me toque alguien que me aplique algo que no me deba aplicar y me a lie, o es mejor hacerlo online (que ademas es mas rápido y deja registro inmediato) y correr el riesgo que haya alguna pequeña diferencia (muy pequeña) con el criterio del SEPE, pero que no afecte al limite de rentas.
Gracias de nuevo