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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#5081

Re: Asturias registra la primera sentencia del país contra la venta de deuda subordinada

Saludos Cristina!
Suscribo cada palabra y cada coma de este post tuyo. Algunos se han esforzado mucho para desmoralizarnos y hacernos desistir de nuestro empeño en recuperar lo que es nuestro, N-U-E-S-T-R-O, a ver si se enteran... Y cada día que pasa estoy más segura de que lo recuperaremos.
Ánimo, ya queda menos!

#5082

Re: Asturias registra la primera sentencia del país contra la venta de deuda subordinada

Acabo de leer la sentencia y observo algo relevante, que no es prioritario tal como detallo en este post de blog https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1521210-por-camino-rentabilidad-parece-que-no-hibridos-financieros y antes de detallar dónde veo un problema, repito que entiendo no es prioritario, y me reitero en el contenido del post de blog, indico:

Por todo ello, la demanda debe ser estimada y por tanto declarada la nulidad del contrato celebrado entre las partes, con la consiguiente restitución de la cantidad que se derive de la nulidad declarada, más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y hasta la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los art. 1100 y 1108 del C.c, y desde la misma y hasta el completo pago los previstos en el art. 576 de la LEC.
Por tanto, si se anula en contrato, se supone que el dinero vuelve a dónde estaba en el momento de la contratación, una cuenta corriente o de ahorro, y también supuestamente si se ha anulado, los intereses percibidos durante el tiempo que estuvo en preferentes o subordinadas quedan consecuentemente anulados y habrá de devolverlos, el problema va a ser con las retenciones que para que hacienda las devuelva puede ser otra guerra …. Bien … observar que solo “falla” con el pago de intereses desde la fecha de la presentación de la demanda, nada dice del tiempo transcurrido desde el depósito y la fecha de la demanda, pero por el contrario admite que el cliente contrató un plazo fijo, entonces tal vez debáis hablar con vuestros abogados a ver si en las peticiones hay cabida al pago del interés correspondiente a un plazo fijo, y liquidar la devolución de los cupones recibidos por diferencia entre la rentabilidad de los títulos y los que se hubieran producido en una imposición, si bien el problema estaría en calcular cual es el porcentaje, no obstante supongo que las entidades tendrán publicadas en algún lugar unos precios estandarizados para su banco/caja en todo momento, ahora no vayamos a pensar que se puede pedir el interés de campañas especiales de captación o del banco de internet de turno.
#5083

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Lo que tiene debajo de la manga..no es un as.,....es nuestro dinerooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooo

#5084

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Dicen los que han sido positivos, pero no los negativos.
A mi ayer, me ofrecieron ir al arbitraje, y dije que no, porque, si te sale negativo, se acabo, no puedes reclamar por vía judicial.
Les dije que con la respuesta que daban a la documentación que había recibido de la CNMV, donde decían que yo era un experto, porque había tenido fondos de inversión, y que me habían dado todo tipo de explicaciones sobre el producto preferentes, como me iba a creer que ellos estaban dispuestos a devolverme el dinero, es todo una mentira, para lavarse la cara.
Dicen que si he sido elegido es porque, ellos creen que tengo razón y me devolverán el dinero, les he dicho que no hay problema, que firmamos un documento interno, donde me digan que me van a devolver el dinero, para cubrirme por si no fallan a mi favor y me dicen, que eso no lo pueden hacer, les he dicho que lo tengo en manos de abogados y que no tengo prisa, pues por suerte para mi solo tengo una minucia, pues desde el principio no lo veía muy claro, se han puesto nerviosos, ademas les he dicho que en cuanto pueda me voy, pues tengo unas cosas pendientes de que acabe el plazo.

#5085

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Eso tiene pinta de que CX quiere devolverte el dinero porque les interesas como cliente. Cómo la única forma "legal" de hacerlo sería mediante el arbitraje, tal vez por eso te lo ofrecen. Tienen a Bruselas en el cogote y no pueden devolvértelo de otra forma. Alguien a quien le hayan robado todos sus ahorros ya no les interesa tanto como tú, que por lo visto aún tienes algo que ellos necesitan (dinero). Es lo que deduzco de lo que cuentas. Pero a mí me parece muy bien que no entres en su juego.

Diles que si declaran como testigos en el juicio de manera favorable para tí y que te lo hagan ganar, dejarás todo el dinero en CX y comprarás un montón de seguros y cosas de esas con ellos. Y en cuanto se celebre el juicio, lo sacas todo.

#5086

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Este es uno de los problemas el arbitraje, un juicio es público se puede conocer la sentencia, aparte de la posibilidad de apelación, por el contrario un arbitraje es privado, solo podrás conocer lo que alguien pueda contar, al estilo "radio macuto", pero si, es más rápido y barato .... ¿que opina tu abogado?

#5087

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

El abogado también es parte interesada. Si hay arbitraje él no ve un duro.
¿En los arbitrajes de NCG y de Cx (aunque en este último caso son muy pocos todavía) ha habido alguna sentencia en contra? Creo que ahí está al quid de la cuestión: si Cx insta el arbitraje es que ve el caso perdido en los tribunales (o pensando mal, según se ha dicho aqui, no quiere perder a ese cliente....). Si hasta la fecha el arbitraje ha sido 100% favorable al cliente sería un dato a tener en cuenta (creo que lo casos "grises" no llegarán a arbitraje; por lo que se ve este sistema es una válvula de escape de Cx para con clientes en que ha habido mala praxis flagrante [rozando el larguero del delito] no todos lo casos se propondrán por este sistema]). Por eso vuelvo a decir que si te lo proponen es muy buena señal (otra cosa es lo que se decida: aceptarlo o tirar por la vía judicial a pesar de Gallardón).

#5088

Re: Asturias registra la primera sentencia del país contra la venta de deuda subordinada

Hola Petersen, ayer no pude leer tu post, pero creo que puedo responder a este asunto del interés.

En caso de ganar la demanda creo que abonan los intereses que habrías cobrado de haber tenido ese dinero en un plazo fijo o de dónde procedise el dinero y que actualmente está a un 4%. Los jueces, si no me equivoco, aplican una tabla anual dónde especifica el interés legal del dinero y de ddemora (http://www.reicaz.com/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm). Supongo que restaran ese margen de diferencia. Aparte de todo esto y dependiendo de cada caso, pueden condenar daños y perjuicios, y parte o la totalidad de las costas del juicio. Por eso ahora están con el tema del arbitraje para los casos más flagrantes o lo de las subidas de tasas. Saben que les podemos hundir la Banca si continúan los fallos a nuestro favor.

Saludos.

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