Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
A ver, suponte que vosotros recibís las acciones que valen 100 y que vuestra madrastra recibe 100 de los fondos y 20 de deudas, pues ahí vosotros recibís 20 de más y por ello no se paga como sucesión sino por Transmisión Patrimonial Onerosa si le dáis dinero o como Donación si no hay compesación por vuestra parte (pagáis vosotros).
Y respecto a esa revalorización de las acciones; las acciones se valoran a fecha del fallecimiento de tu padre, lo que luego suban o bajen en el tiempo que va desde su fallecimiento no afecta.
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Las deudas de las que hablamos son como un recibo de luz de 50€ cada mes, que se pasan a una cuenta, que una vez que se liquide la herencia se van a seguir pasando a esa cuenta. Entiendo que aunque ella diga que las paga, nosotros tributaremos porque las paga ella como Transmisión Patrimonial Onerosa.
Y si del resto nos da mas será una Donación que tributaremos también.
Sí es así supongo que aun salgo ganando
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Los recibos los sigue pagando ella ya que es la cuenta que tenían y es donde cobra ahora la pensión. Cuando se haga todo el papeleo nosotros no queremos nada de esa cuenta y no creo que vaya a entrar Hacienda por eso.
No creo que haya que repartir la herencia al céntimo habrá un margen, Hacienda va a buscar un desfase de 500 euros arriba o abajo, pagando el impuesto de sucesiones y tratándose de una herencia de menos de 40000 euros. ¿Tan fino hay que hilar? Pregunto en la mas absoluta ignorancia.
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Re: Aceptación de herencia con muchas dudas
Hacienda se va a fijar en el dinero y valor de los bienes en el momento del fallecimiento, y eso es lo que debéis repartir correctamente según cuotas hereditarias para no devengar excesos de adjudicación, luego ya podéis compensaros si ha habido algún incremento o disminución de valor en los saldos en el tiempo posterior transcurrido.
Si os adjudicáis sin tener eso en cuenta, pueden aparecer los excesos, otra cosa es que sean suficientemente "gordos" para liquidarlos. Si al hacer el reparto, surgen diferencias, el notario las pondrá de manifiesto.