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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#4771

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muchas gracias 
#4772

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Al igual que en tu caso, hoy ha entrado en mi cuenta (Openbank) la transferencia por devolución DT 2ª correspondiente al Ejercicio del 2022, incluido intereses aplicados desde 28.09.2024 al 27.08.2025  y tambien sobando por inmediata en Pibank. 
A dia de hoy pendientes 2019 y 2021 "En tramitacion" rectificadas por funcionario desde Agosto 2024.
La correspondiente al Ejercicio del 2020 "Sin noticias" 
#4773

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Cuanto cobras en bruto de cada paga?
#4774

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenos días!!
Perdona si he dado a entender que necesitaba ayuda. Solo he querido exponer el caso de mi madre por si aclaraba dudas a alguien.

Por tanto, contesto tus preguntas por si sirven de aclaración.

1) Mi madre presentó el primer formulario el 12/06/2024 y el segundo el 23/04/2025.

2) Cuando digo En trámite me refiero al Modelo 100-102 de IRPF. Supongo que son las rectificaciones de las declaraciones de la Renta de los años 2019-20-21 y 22 hechas por el Funcionario habilitado.

3) Lo veo a través de la Web de la Agencia Tributaria. Entro a través de la pestaña Carpeta personal (color azul/parte superior derecha de la web) y utilizando Clave Pin. Una vez dentro me aparece la opción Mis expedientes. Entro, le doy a la pestaña En tramitación y aparece lo siguiente:


Le doy a Agencia Estatal de Administración Tributaria y al final me aparece lo siguiente:


Como comentaba  en mi mensaje anterior, hasta el día 28/08 en esta sección figuraba también el expediente de 2019 con el estado En tramitación. A partir del 29/09, el año 2019 ya me aparecía en la pestaña Todos con el estado Finalizado tal como se ve:

Si me meto en el expediente de 2019 con el estado Finalizado me aparece el siguiente mensaje:






#4775

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenos días, a mí padre le han devuelto hoy la del 19 y 22, las del 21 y 20 al igual q las otras están rectificadas desde septiembre del 24, no sé q criterio llevan para ir devolviendolas
#4776

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A mi padre también le han ingresado hoy la devolución de la declaración del 2022 con sus correspondientes intereses de demora. Las del 2019, 2020 y 2021 se rectificaron en agosto del año pasado y aparecen como presentadas. La del 2022 fue la primera en rectificarse, el día 16 de agosto del 24. No sé si irán en orden.
#4777

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Primero de todo disculpas por la mala interpretación de tu mensaje por mi parte.
Si te fijas el cambio a Finalizado del ejercicio 2019 se produjo justo ayer viernes 29/8 no sabemos si a primera hora del día o a última, tampoco sabemos exactamente como trabajan estos. Yo quiero entender que la semana que viene empezará la cuenta atrás de la devolución, el no haber cambiado aún el mensaje de ya presentada quizás se deba a los tiempos que tienen establecidos para estos avances en los mensajes.  Suerte y que llegue pronto el dinero. 
#4778

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Sí, yo he pensado también algo similar y más siendo el 29/08 un Viernes. Seguiremos informando. Que la suerte nos acompañe!!
#4779

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Exactamente lo mismo me ha pasado a mí. Esperemos que el lunes continúe el procso
#4780

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Aunque no es el tema propio del chat, me han pedido ayuda para un tema de herencia sin testamento, que creía que era simple pero presenta complejidades que crea dudas. Además a mediados de septiembre tiene que presentar autoliquidación de impuesto de sucesiones.

1. En 2013 firman capitulaciones matrimoniales= disolución de la sociedad de gananciales y liquidación de solo algunos bienes gananciales.
2. Con el fallecimiento del cónyuge, hay que liquidar el resto de bienes gananciales para distribución entre causante y cónyuge supérstite.
Tengo entendido que para bienes inmuebles se puede poner el valor que uno considere, ¿es así?
Como tienen acciones, he conseguido determinar las acciones gananciales, a fecha de firma de capitulaciones matrimoniales) y las privativas a partir de esa fecha (la escritura especifica que a partir de esa fecha régimen absoluto de separación de bienes y si a partir de ahí hacen compras conjuntas, se entenderá que  a cada uno le corresponde el  50% siendo el resultante bien privativo de cada uno y de dominio pleno). 
Bien, las gananciales dice Entiendo que hay que valorarlas a fecha disolución sociedad de gananciales más el rendimiento implícito que pudiesen haber generado esas acciones gananciales hasta fecha de fallecimiento. ¿Es así?
3. Después de conseguir referencias catastrales de numerosas microfincas rústicas y valor catastral, hay unas 15 fincas de un contrato privado de compra venta de principios de los 80, en lis que sólo figura el nombre de la finca, superficie en áreas y centiáreas y nombre de los propietarios de las fincas colindantes, ya fallecidos y herederos desconocidos.
¿Se pueden incluir en el listado de bienes gananciales un anexo sobre la circunstancia de estas fincas o se deben dejar sin liquidar para un futuro?

Preguntas de opetativa:
1. ¿En la masa hereditaria se incluirían esas fincas?
2. Entre los bienes privativos figura  derechos de crédito del causante ante la AEAT aún no firmes.¿Se deben incluir en la masa hereditaria los borradores de las devoluciones estimadas aunque no sean firmes o aunque no se incluyan debe incluirse un anexo explicativo de la existencia de esos derechos de crédito?

Ahora preguntas relativas a la operativa del impuesto de sucesiones:
Si no da tiempo a hacer en documento público la liquidación de los bienes gananciales, ¿se puede hacer un documento privado con una liquidación parcial firmada por viudo y herederos?
Si no se puede hacer, cómo se justifica qué bienes gananciales va a incluir en el modelo 650?
#4781

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Como lo urgente es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones, le recomiendo aplicar lo que determina el código civil, y ya los siguientes pasos de cuaderno de partición, adjudicación y aceptación, si no estoy equivocado en un momento posterior llevarlo a documento público.
#4782

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


La valoración de inmuebles para la disolución de gananciales entiendo que debería realizarse según el valor de referencia catastral... aunque está habiendo mucha polémica con este tema, pero siempre será más objetivo para justificárselo a ellos que cualquier otro, ya que te podrían pedir la valoración de un tasador.

Para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones, por supuesto que pueden presentar un documento privado con relación de bienes y valoración, sin adjudicar los bienes. Ya tendrán tiempo para hacer esa adjudicación posterior en escritura pública.

#4783

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Me pasa lo mismo con la de 2019, acabo de ver que ha pasado de “en tramitación” a “finalizada” pero el mensaje sigue siendo el mismo. Tu tienes novedades? 
#4784

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias 
#4785

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ya somos 3. Lo mismo le pasa a mi madre. Por ahora sigue igual que el Viernes pasado.