Las devoluciones son independientes unas de otras, cada año es un expediente y una devolución.
Tienes que presentar liquidación complementaria al Impuesto de Sucesiones que ya liquidasteis en su momento los herederos. Según en que Comunidad sea lo tramita la Hacienda autonómica.
Yo esperaría a que Hacienda de por buenas y paralice las 2 restantes, una ves aparezcan las 3 en espera del modelo H100, presentaría Liquidación Complementaria al Impuesto de Sucesiones por el importe de la suma de las 3 devoluciones.
Una vez hecho esto confecciona el H100, uno por devolución y junto con toda la documentación incluida copia de la Liquidación Complementaria del ISD lo presentas vía “Contestar requerimiento o presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT”, ingresas el CSV de la “Declaración Rectificativa” que confeccionó el Funcionario Público Habilitado y adjuntas toda la documentación, asegúrate de finalizar la presentación correctamente y te descargas el pdf del Justificante en un link que aparece al final.
Tendrás que hacerlo 3 veces una vez por cada ejercicio.
No se trata de renunciar se trata de autorizar a que lo cobre uno solo en nombre de los 3.
En Irpf no afectará puesto que ya ha tributado en el ISD y no está sujeto a Irpf.