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Modelo 347

6 respuestas
Modelo 347
Modelo 347
#1

Modelo 347

Buenas tardes, en la empresa donde trabajo tenemos un cliente al que le hemos facturado de ventas mas de 3005€ y este cliente nos facturo a nosotros por valor de  1400€, ¿las 2 empresas declararíamos solo por las ventas de nuestra empresa, es decir por los mas de 3005€  o  tendríamos que declarar también  por los 1400€? Muchas gracias.
#2

Re: Modelo 347

Solo lo que supere los 3.005 €.
O sea, vosotros declaráis vuestras ventas, y él sus adquisiciones.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Modelo 347

He leído esta respuesta tuya y también van mis dudas sobre el modelo 347 y que a su vez he puesto en mi post. Entiendo que te refieres a que el proveedor a quien se compra declara los importes a un mismo cliente por valor superior de 3.005 eur pero si yo no tengo clientes a los que les he facturado por importes superiores no hay que realizar el modelo 347, pero no se realiza el modelo por ser comprador, solo es por operaciones de venta. O no lo he entendido.
(Dicho de otra forma, ¿Como comprador no hay que realizarlo y solo lo realiza el vendedor?
#4

Re: Modelo 347

Vendedor declara ventas
Comprador declara compras

Un mismo empresario puede ser vendedor de unas cosas, y comprador de otras.

Imagina que eres un contratista de Iberdrola, y le has comprado 10.000 € de electricidad para las oficinas, y les has vendido 1.000.000 € de servicios de obras y canalizaciones.
Declarar las ventas, y declaras las compras.

¿Y si eres un particular y has comprado la reforma de la cocina por 10.000 €? ¿Debo declararlo? NO.
¿Pero el reformero declarará esa venta, y hacienda sabrá que yo he comprado una obra? SÍ.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Modelo 347

¿Yo como comprador declaro dichas compras? O eso he entendido.
Aún realizándolas fuera de periodos de actividad y sin realizar actividad empresarial de venta al respecto.
Disculpa si me estoy liando, no me queda claro entonces si tengo que presentarlo o no.
En los ejemplos y en la parte final entiendo que no tengo que realizarlo, pero lo de el comprador (Yo) declara compras...
En mi caso, he realizado compras a un proveedor por valor de 3.010 eur, pero 1.000 eur no corresponden a periodos de alta y se han realizado a título particular sin actividad alguna (ni beneficio obviamente).  ¿Yo no tendría que realizar nada respecto al 347?
#6

Re: Modelo 347

Tú como particular NO DECLARAS NADA.
Tú como empresario debes declarar TODO lo que sea realizado en tanto que empresario.

Pero claro, un proveedor tuyo puede proveerte de lo mismo tanto a ti como particular como a ti como empresario.
Y eso, a tu proveedor no le importa lo más mínimo, ni le afecta, ni le altera para nada SUS obligaciones fiscales.

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#7

Re: Modelo 347

Buenos días, tengo un cliente que me dice que no le coincide el último trimestre del 347. Al parecer se le había quedado una factura sin contabilizar, me puede dar algún problema, o el debe de arreglarlo de alguna manera?