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Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización

3 respuestas
Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización
Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización
#1

Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización

Buenos días, tengo la siguiente duda:

Llevo unos años en una comunidad de bienes formada por 2 personas en total para ejercer una actividad laboral como socios. En esta actividad hemos aportado cada socio un local donde se hace la actividad laboral y este local está hipotecado, ambos locales que aportamos cada socio. Entonces, la duda que se nos plantea es que nuestro gestor cuenta los intereses como gastos de la empresa, pero la amortización de los locales no la cuenta como gastos de la actividad porque comenta que es un bien. Además, después de unos 4-5 años ahora nos dice que los gastos de amortización de cada local los tenemos que cargar directamente sobre nuestro beneficio resultado de la actividad laboral y no cargarlo como gastos de la actividad, como se estaba haciendo hasta ahora, no sé si me explico bien. Al tener 2 trabajadores en nómina declaramos el modelo 111 y los comuneros cada uno el 130. NO sé si haría falta aportar algún dato más.

Un saludo y gracias
#2

Re: Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización

De hecho, es lo correcto. 
Otra cosa es que eso pueda general algún que otro incidente con Gestión tributaria. Pero lo correcto es que la CB asuma, declare y atribuya respecto de lo que es suyo (de la CB), que es la actividad económica como tal. Pero los inmuebles afectos NO SON de la CB (no hay copropiedad respecto de los inmuebles), sino que son privativos de cada uno de los comuneros, y afectos a la actividad económica desarrollada mediante una EAdR.
El resultado contable-fiscal no varía, ya que la realidad de los hechos es la que es. Solo que en el resultado atribuido por la CB aumenta, y se debe incorporar como gasto deducible en actividades económicas individuales la amortización de esos bienes afectos.
Otra fórmula que se podría establecer es que cada comunero de la CB alquile a la CB su propio inmueble. Eso lleva IVA, pero el IVA recaudado por cada socio, es un IVA deducible para la propia CB. Así que en esto, os quedais a pachas. Y entonces es en Rendimientos del capital inmobiliario donde se declara y traslada ese rendimiento por el inmueble, y su correspondiente amortización.
Esta segunda fórmula puede ser menos problemática para Gestión tributaria (acostumbran a poner a los más tarugos......).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización

Perdona Cachilipox, pero tú no te puedes arrendar a tí mismo ningún bien, aunque sea en Comunidad de Bienes, no lo permite el Código Civil. Lo demás efectivamente es como tú dices. Un saludo
#4

Re: Comunidad de bienes, duda en la declaración de gastos de amortización

La fórmula jurídica "arrendamiento" es tan solo una de las posibles.
Es cierto que tú no te puedes alquilar a ti mismo una cosa, pero esa CB eres tú y otro, así que de alguna manera ya estarías desdibujando el sujeto.
Pero en todo caso, de lo que se trata es de generar en IRPF un rendimiento del capital inmobiliario, para poder restar el gasto de amortización.
Según la ley del IRPF se devenga rendimiento del capital inmobiliario no solo por arrendamiento, sino también por " la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquéllos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza ".

El tema es que se trata de resolver como declarar correctamente en el IRPF, y deducir la amortización. 
Lo justo, correcto y adecuado sería que además de lo resultante en el apartado "entidades en atribución de rentas", cada uno de los comuneros declarase también en la página de actividades económicas propias, poniendo tan solo ese gasto de amortización.

Si hasta ahora se declaraba por parte de la CB resultado 10.000 €
Habría que declarar resultado de la CB 12.000 €
Actividades económicas individuales gasto por amortización -2.000 €
(números ficticios por poner un ejemplo)

Veo el problema, a nivel del departamento de gestión, de cuestionar la deducibilidad de amortización por no existir ingresos en ese apartado.

Lo de llevarlo a rendimientos del capital inmobiliario  es más por posibilismo. Imputar un ingreso, que no debe ser por arrendamiento sino por cesión de uso u otra cosa similar, e imputar ahí el gasto de amortización.
Esta fórmula de llevarlo a rendimientos del capital inmobiliario tendría efectos respecto del IVA, pero cuyo resultado sería neutro. Cada uno de los propietarios tendría un ingreso positivo de IVA, que tendría que liquidar, pero la CB tendría una mayor cuota de IVA deducible. 


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