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Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

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Atrasos imv - Ingreso mínimo vital
Atrasos imv - Ingreso mínimo vital
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#17101

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Hola Sofía estoy en la situación de que estuve percibiendo Rai por vg en 2025 y pues claro me aparece en datos fiscales como rendimientos de trabajo crees que si el 9nde abril corrigiendo el borrador y dejando esa casilla a 0 ,ya la seguridad social no me va a descontar la Rai porqe tengo entendido por el BOE que está exenta de cómputo por dicha condicion de vg ,o crees que verán antes los datos fiscales ?? Gracias de antemano
#17102

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Lo más probable es que los tengan en cuenta y después en octubre sea cuando al hacer la actualización definitiva lo vean .
Pero no es nada seguro con esta gente al cruzar datos 🤦🏻‍♀️🤷🏻‍♀️.
Sigo diciendo lo mismo la actualización de mayo es un error garrafal ya que sino contrastan de que son los ingresos en esos temas meten un montón la pata .
Ojalá no la hicieran porque más que mejorar lo único que hace es empeorar 
#17103

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Como te ha comentado Sofía, casi seguro que en la revisión provisional ahora en mayo (o abril si la adelantasen un mes) dicha RAI por VG te la van a considerar como ingresos, ajustándote el IMV como corresponda, y ya luego, si haces bien el IRPF y pones dichos ingresos a cero en el borrador como se ha mencionado años atrás en casos similares, en la revisión de octubre (que como sabes es la revisión "buena" ya con los IRPF reales presentados por cada uno) te lo solucionarán y no descontarán dicha RAI por VG de tu IMV.

Es una faena, pero es lo que hay y tocará acostumbrarse.
#17104

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Gracias Sofía síi es un lío descomunal adelantar ese cruce de datos para que ??? Para atascar más la seguridad social así van las cosas un año dos de retraso y encima ahora el famoso cruce de datos de mayo ,y si hago mi declaración el día 9 de abril quitando la Ray dejándola a 0 ,eso no solapa los datos fiscales me refiero ,no ven mi declaración de renta ??? 
#17105

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Hola riteg5 ,y que debo de hacer poner la casilla de rendimientos a 0 ,o poner la Ray en alguna casilla específica donde diga rentas exentas o algo así ?? Tengo mucho lío ,y si hago el borrador el 9 de abril eso no me protege ante el cruce de datos que supuestamente se comenta que será en mayo ??? Gracias y disculpa mi pesadez pero el tema me lleba de cabeza 🤯
#17106

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Calculas el importe total de RAI por VG percibido el año pasado y se lo restas a los rendimientos por trabajo que te trasporte al borrador de la declaración de la renta (eso en el caso de haber compaginado dicha RAI por VG con otros ingresos, claro, si solo cobraste RAI por VG, pues ese total es lo que te transportará, así que lo reemplazas por un cero y arreglado) ... tampoco hay que poner en otro sitio dicha RAI por VG como preguntas.

Lo único que debes tener en cuenta es que si cobraste en rentas exentas más de 1'5 veces el IPREM, que son 12600€ actualmente (por ejemplo, porque cobraste RAI por VG e IMV y el total supera dicho umbral de 12600€) entonces Hacienda te impone que declares el exceso de dicha cifra como ingresos por trabajo, añadiéndolo a lo que ya te saliera si trabajaste, claro.

Te pongo un ejemplo... suponte que en 2025 cobraste:
>> 5000€ por trabajo
>> 6000€ de IMV
>> 8000€ de RAI por VG

>> Ingresos por rendimientos del trabajo: te salen 13000€ (la suma de 5000 más 8000 citados antes), quitas los 8000 por ser renta exenta y lo dejas en 5000... el IMV no te saldrá porque automaticamente el borrador ya sabe que eso está exento.

>> Como percibiste rentas exentas (la RAI por VG, mas el IMV), lo sumas y arroja 14000€ y como supera 1'5 veces el IPREM tienes que declarar el exceso que sobrepase dicho umbral, que serian 1400€ (o sea, 14000€ menos 12600€, igual a 1400€) y esos 1400€ deben añadirse a los 5000€ que cobraste por trabajo, asi que en la casilla de ingresos pondrias la suma que son 6400€.

¿Fácil, no?

Ahora viene la magia 😏 porque puedes "evadir" la obligación fiscal que nos impone Hacienda de declarar el exceso de 1'5 veces el IPREM percibido en rentas exentas si tienes hijos que conviven contigo (por ejemplo), cambiando tu IRPF de "declaración conjunta" que seguro ibas a hacer, para procesarla como IRPF INDIVIDUAL a costa de que tú hagas tu declaración de la renta y tu hijo o hijos, (da igual que sean menores de edad) SU(s) propia(s) declaración(es) de la renta, en la que tú intervienes como REPRESENTANTE a la hora de tramitarselas a cada uno.

Haciéndolo así, tus ingresos por trabajo no varían, pero tanto la RAI por VG como el IMV percibido por cada uno ya no es el total, sino la parte proporcional en cada declaración, y claro, ya no superas el umbral de 12600€ en rentas exentas y, por tanto, te ahorras declarar esos 1400€ adicionales como ingresos 😎 que te tocaría hacer en caso de IRPF conjunta.

Toda esta película, en cualquier asesoría fiscal que sepan lo que llevan entre manos lo conocen de sobra porque es algo típico en elusión fiscal (que no fraude, ojo, son cosas muy diferentes) y si les suena a chino lo que te he contado sal huyendo hacia otra asesoría más especializada... te lo digo porque si no te aclaras siempre puedes acudir a una asesoría a que os hagan el IRPF o bien en cita previa en Hacienda que es gratis.

Guardaros este post en favoritos porque cada año os lo explico y uno ya se cansa de repetir las cosas 😉 un año y otro año y otro año "sine die"

Y cuidado, que el mismo problema anterior se tiene cuando, por ejemplo, se percibió más de 12600€ de IMV el año pasado... ojo... todo lo que supere 1'5 veces el IPREM se declara como ingresos por trabajo, a no ser que hagas IRPF individual de cada miembro de tu unidad de convivencia que es siempre la solución correcta a esa imposición fiscal impuesta por Hacienda. 
#17107

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

¡Hola! Acaba de llegarme el aviso de que ya han incluido a mi hija de 8 meses en el CAPI. Me aparece lo siguiente (ver foto adjunta). Ella nació en julio y el CAPI que inicié en marzo se aprobó el 28 de agosto, por lo que yo la incluí el día 29 de agosto. ¿Es normal que aparezca que se me reconoce desde el día 01/01/26 y no desde agosto? Recuerdo que cuando me llegó la primera carta me aparecía la fecha de efectos económicos desde el 01/04. ¡Gracias!
#17108

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Debe reconocerse desde el mes siguiente a tu solicitud, es decir, desde septiembre 2025.

También puede ser que dicha notificación solo haga referencia INFORMATIVA al cambio que te hacen para el año en curso, nada más.

Espérate a recibir el pago retroactivo de todo lo pendiente y haz cuentas a ver si te han abonado también lo del 2025 o no, y si ves que solo te han metido lo del 2026 tendrás que reclamar lo pendiente del año pasado que se hayan dejado en el limbo.
#17109

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

¡Gracias por tu respuesta!
Como tengo 30 días hábiles para reclamar, justo ya habré cobrado en abril y podré comprobar la cantidad.
Por otro lado, no sé si podrás ayudarme en esto: si se me reconocerá desde septiembre, en la renta podré meter julio y agosto como meses de maternidad, ¿verdad?

Gracias de nuevo.
#17110

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Gracias por la respuesta tan bien explicada no tuve ningún ingreso más aparte de la Rai e imv ,lo que creo ,o a mí me comentaron que la seguridad social no acepta declaración de renta por separado debe de ser conjunta con mi hijo menor ,entre los dos sumamos la cantidad de 10600 de IMV y de rai me aparece 4300 de todo el año 2025 en rendimientos dé trabajo ,así que si supero el limite de 12500 anuales ,ya no sé cómo lo are ,gracias por tu ayuda 
#17111

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

en la renta podré meter julio y agosto como meses de maternidad, ¿verdad?  
Tendrás que especificar mejor tu pregunta si quieres una respuesta adecuada... ¿a qué deducción por maternidad del IRPF te refieres? porque si te refieres "a la clásica" de 1200€/año y estabas de alta como asalariada en 2025, entonces si, pero si no estabas de alta en Seguridad Social y solo cobrabas IMV no.

De todas formas me imagino que eso te saldrá automáticamente cuando estés haciendo la declaración de la renta.
#17112

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Perdona.
Sí, a la deducción del IRPF por maternidad. 
En la renta puede que me aparezca automáticamente, pero como yo introduje a mi hija en agosto, no quiero que me abonen por duplicado los meses de maternidad si luego me van a dar dicho periodo "en forma de CAPI". Lo que no tenía claro es si debía añadir agosto o no, pero si la solicitud cuenta a partir de septiembre, debería dejar marcado solo julio y agosto.
¿Hay alguna forma de ver el próximo ingreso sin tener que esperar al 25 del mes siguiente?
#17113

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Sobre lo que recomienda la Seguridad Social, es justo al revés 😂 como puedes ver (te lo pongo hasta con colorines para dejarlo más claro) 👇
https://revista.seg-social.es/-/renta-2024-preguntas-respuestas-para-perceptores-imv


Por tanto, lo suyo es hacer IRPF individual tuyo y otro IRPF individual de tu hijo.  En tu declaración te aparecerá la RAI por VG como ingresos así que lo dejas en cero, y en la de tu hijo no aparecerá nada y será incluso más simple de hacer.
#17114

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

¿Hay alguna forma de ver el próximo ingreso sin tener que esperar al 25 del mes siguiente?  
Sí, llamando al 020 a partir del día 15 del mes y preguntando por el importe de tu nómina.
#17115

Re: Atrasos imv - Ingreso mínimo vital

Muchísimas gracias por la info 🙏🏻🙏🏻
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