hasta 1.000€, aunque no esté sometido a retención no se declara, pero ...
entre 1.000€ y 1.600€ se tendría que declarar si no ha estado sometido a retención.
Supongo que has preguntado al asistente virtual de la AEAT, porque yo no logro entrar a estas horas. [][][][] Mistral AI opina que no estás obligado a presentarla.
En España, para el ejercicio 2025 (declaración que se presenta en 2026), no estás obligado a presentar la declaración de la renta si tus ingresos anuales no superan los 1.000 euros y no han estado sometidos a retención.
En tu caso, al tener ingresos de 600 euros y no haber tenido retenciones, no estás obligado a declarar. Sin embargo, si quieres solicitar la devolución de algún importe (por ejemplo, si has tenido retenciones en otros ingresos o deducciones aplicables), podrías presentar la declaración de forma voluntaria.
No, con ingresos de 600 euros sin retención, no tienes que presentar la declaración de la renta en España, salvo que percibas otro tipo de rentas o tengas derecho a determinadas deducciones.
Ingresos sin retención: Un caso específico de obligación de declarar es cuando se perciben rendimientos del trabajo cuyo pagador no estaba obligado a retener (por ejemplo, algunos casos de empleadores no residentes, aunque no parece ser tu situación). No obstante, tus ingresos de 600 euros están muy por debajo de cualquier umbral mínimo establecido.
En ningún caso estarán obligados a declarar (salvo a efectos de lo previsto en el apartado siguiente) los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario e inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.
Eso precisamente es lo que no quiero, dar datos concretos sobre lo que gano/gasto.
Por eso digo que me ha sorprendido que hayan aceptado mi vida laboral, en la que solo pueden ver que llevo como autónomo X años... pero no saben si soy autónomo de 1000 euros al mes o de 100.000...
No es tan sencillo. Primero según el tipo de rentas se aplican la regla 1ª o la 2ª. - Por ejemplo alguien que cobre 50€ de una promo amigo de Raisin que no tiene retención ya nunca aplica la 1ª regla. Da igual incluso que no tenga trabajo. Sólo aplica la 2ª regla. - O alguien que tenga rentas de alquiler de particulares.
Una vez sabido si se aplica sólo la regla 1ª o 2ª, entonces se verifican los importes. Si tienes trabajo menor de 22k (digamos 20k) y de bancos menor de 1.600€ con retención, con tan sólo 1 amigo de Raisin ya te obliga a declarar porque no aplica la regla 1ª por tener rendimientos sin retención. Se aplica la 2ª que dice que declaras si pasas de 1k anuales de todos los ingresos en conjunto.
Remuneración del depósito para el titular En caso de que los fondos se mantuvieran depositados íntegramente en el depósito durante 3 meses y el titular tuviera durante al menos 2 meses también (i) domiciliada su nómina, pensión o prestación de desempleo; o (ii) realizase ingresos recurrentes, ambos por importe igual o superior a 900 euros mensuales, en una cuenta corriente o cuenta nómina de Openbank en la que sea titular y, que dicha cuenta esté asociada al depósito, obtendrá un 3,03% TAE y 3,00% TIN anual, sin límite de saldo bonificado. Los ingresos recurrentes no pueden provenir de una cuenta de Openbank.