Re: Rellenando el Modelo 720
La Declaración Informativa de Bienes en el Extranjero (MODELO 720) es INDIVIDUAL y el umbral de obligatoriedad (50.000 euros) se aplica a cada conjunto de bienes: CUENTAS Y DEPÓSITOS - VALORES,SEGUROS,DERECHOS Y RENTAS - BIENES INMUEBLES. Si tu esposa y tu abrís cuentas y/o depósitos en el extranjero con titularidad INDIVIDUAL y no superais el límite de 50.000 euros en la suma de saldos de las cuentas y depósitos de cada uno de vosotros,no estais obligados a presentar la declaración,independientemente de que declareis los intereses percibidos de forma CONJUNTA en el IRPF.
Re: Rellenando el Modelo 720
Re: Rellenando el Modelo 720
¿Hay alguna manera de hacerlo de alguna manera sencilla y sin complicaciones?
Os leo y me entra el canguele y en mi caso todo son inconvenientes y me gustaria quitarmelo de encima lo antes posible.
Lo primero, es que supere los 50.000 euros en cuenta en el extranjero durante el 2014, asi que entiendo que tengo que cumplimentar el modelo si o si.
Dicho esto, no estoy en España y ni siquiera pase alli 6 meses durante el 2014.
¿Sabeis si puede pedirse una prorroga o algo asi? No se exactamente ni cuando pasare por España aunque puede que a mediados de Febrero.
Re: Rellenando el Modelo 720
Si tienes instalado en un ordenador tu Certificado Electrónico de Identidad de Persona Física emitido por la FNMT puedes presentar telematicamente el modelo 720 desde cualquier rincón del planeta (con conexión a internet,por supuesto!). La Declaración Informativa de Bienes en el Extranjero solo se puede presentar por esta via y no admite prorroga (so pena de cuantiosas multas).