Lo que entiendo es que necesito declarar una "C", una "M" y una "A" para una venta parcial de acciones previamente declaradas, mantenimiento de algunas acciones parcialmente declaradas y compra de nuevas acciones.
Pero dice lo mismo para las transferencias entre cuentas bancarias...
ahh, vale, no había caído yo en eso Muchas gracias por la respuesta, Monillo Saludos
#2542
Re: Rellenando el Modelo 720
Entonces, si vence un depósito en 2023 (que también se abrió en 2023 y por lo tanto, no está informando previamente) y además su saldo a 31 dic y saldo medio en el último trimestre el cero, no hay que informar sobre él?
- Si abres en 2023 y "pierdes la titularidad" (vencimiento, cancelación o cierre) en 2023, no se declara. Dejar una cuenta sin saldo (a 0) no entra dentro de "perder la titularidad". - Si "pierdes la titularidad" en 2023 y nunca antes se ha informado de la cuenta, no se informa sin importar en qué ejercicio se haya abierto.
Hola a todos. Agradecería a que alguien pudiera ayudarme.Mi marido yo yo estamos casados en régimen de ganaciales y él el año pasado heredo un piso que luego vendió. Ese dinero lo metió en una cuenta de interactive brokers y a fecha 31/12/24 su valor superaba los 50.000. Está claro que él tiene que presentar el modelo 720 pero ¿yo tengo que presentarlo también por estar casada en gananciales con él? o ¿al ser un dinero privativo suyo que proviene de la venta de un piso heredado sólo lo tiene que declarar él? Gracias.