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Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

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Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)
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Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)
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#1

Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Buenas, 

Soy nuevo en este mundo y a ver si alguien me pudiera ayudar. 

Pongamos que me hago una cuenta en algún broker y por ejemplo compro 500 euros de bitcoin y 500 euros de otra criptomoneda, pero ni vendo, ni retiro ni nada. He de informar a hacienda o declarar de alguna manera esta compra, o no haría falta al no hacer ninguna transacción más, ni haber obtenido beneficio alguno?

Un saludo.
#2

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

En teoría tendrás que notificar en cuanto haya una ganancia o pérdida, es decir, cuando vendas lo que hayas comprado. Mientras tanto no hay ganancia ni pérdida real, así que no tienes que declarar nada.

Esto de moment es así, salvo que cambien la normativa y empiecen a gravar por las ganancias no realizadas, que era algo que en EE.UU ya han lanzado un globo sonda, aunque no creo que prospere una aberración como esa.

Un saludo
#3

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Segun he leido por ahi el tener criptos  entra dentro del concepto  a  declarar como "bienes en el extranjero". Es algo nuevo. Las ganancias o perdidas por supuesto que deben ser declaradas como P/G patrimonial.
El tema es que si no declaras y en un tiempo vendes con ganancias tampoco las puedes declarar por que Hacienda te pedira fechas de compra y venta, con lo que tendras que descubrir que lo tenias hace unos años y no lo declarabas como bien en el extranjero. En definitiva que nos hoderan por todos los lados.
Es como yo lo veo. Habra foreros con mas conocimientos financiero-fiscales que yo.
#4

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Eso es sólo si las tienes depositadas en el extranjero, si las tienes en un paper wallet o un hardware wallet en tu casa no es ningún "bien en el extranjero"

Para declarar las ganancias tienes que, claro, mantener un registro de las compras y ventas. No sé hace unos años pero ahora cualquier exchange te proporciona en segundos un historial completo de todas tus compras y ventas sin mucha complicación, y con eso es fácil averiguar la ganancia/pérdida

Si los compras/vendes P2P (localbitcoins o hodlhodl) pagando en efectivo ahí ya se complica más la posibilidad de rastrearlo y declararlo. Claro, hay gente que ya le interesa eso, si no hay registro de compra ni de venta pues no hay nada que declarar, no? Pero esa es otra historia.

Si vas por los canales habituales, exchanges básicamente, prácticamente todos están obligados a hacer un KYC para evitar precisamente el fraude fiscal y el lavado de dinero, así que se pueden trazar los movimientos que hayas hecho minuto a minuto.
#5

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Muchas gracias por la respuesta. Entonces si compro pero lo mantengo todo en mi wallet ( en mi cuenta de binance por ejemplo) y no hago nada más, no hace falta declarar nada hasta que no venda y obtenga un beneficio/perdida con ello... pero lo del modelo 720 que quieren implementar en España, y que aún no sé sabe si la EU lo aceptara o no, lo que pretende es que informes incluso si solo has comprado criptomonedas o como sería esto?
#6

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

A ver, por partes:

Si compras BTC, hasta que no vendas no hay pérdida/ganancia, por lo tanto no hay obligación de acreditar nada al respecto en los rendimientos del ahorro en la renta de cada año.

Si compras BTC en Binance, Coinbase o cualquier otro exchange en el extranjero y las tienes depositadas ahí -o en cualquier otra plataforma tipo Nexo, BlockFi o lo que sea, que no están domiciliadas aquí- no tienes que hacer nada SALVO que tengas más de 50.000€ depositados en el extranjero, en cuyo caso toca presentar el 720 (si me equivoco corregid por favor!)

Si compras BTC en Binance, Coinbase o donde sea y luego te lo pasas a un hardware wallet en un cajón de tu casa o lo pasas a un wallet en papel, al estar aquí, los fondos están en territorio nacional, así que no tienes que presentar el 720 (da igual el importe), ya que no tienes ese dinero depositado en el extranjero.

El problema es que es una normativa ridícula y muy difícil de hacer encajar con el concepto criptomoneda, que en sí misma no depende de una frontera física. Si puedes llevar todos tus ahorros en un USB que puedes subir a un avión y llevar contigo. O incluso peor, podrías memorizarte las 24 palabras de la semilla de tu clave privada y ya me dirás, presentas el 720 porque tienes fondos depositados en tu cerebro?

Si hay cambios normativos que hacen que tengamos que declarar en el momento de la compra, de momento diría que no es así, por lo tanto, no hay que preocuparse.

Saludos!
#7

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Buenos días, hoy por hoy tan sólo existe un proyecto de Ley de "Prevención del fraude fiscal y blanqueo de capitales" aprobado a comienzos de febrero/21 por el Consejo de Ministros y, por tanto, aun en fase de tramitación parlamentaria, es decir, no está en vigor. Es en ese "proyecto" dónde se supone que se creará la obligación de la inclusión de las criptomonedas en  el modelo 720 (siempre que los saldos medios del último trimestre o los valores liquidativos al 31/12 superen en su conjunto los 50.000,00 €. En otras palabras, en lo tocante al modelo 720 del ejercicio 2020 a presentar durante el mes de marzo del 2021, NO EXISTE LA OBLIGACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA MERA TENENCIA de criptomonedas. De hecho, yo personalmente el otro día estuve trasteando con el modelo en cuestión y no hay forma humana de encuadrarlas en ninguna de las categorías del modelo.

Otra cosa bien distinta son las variaciones patrimoniales (Ganancias o Pérdidas) que hubieran podido producirse por la venta de estos activos que, evidentemente han de imputarse en el modelo 100 (IRPF). Este último extremo no es ninguna novedad y SIEMPRE habría que haberlo declarado. Un saludo.
#8

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Perdona, olvidaba indicar que la declaración informativa modelo 720 (Declaración de bienes situados en el extranjero) es obligatoria presentarla en España desde hace ya bastantes ejercicios, lo que está en litigio en el Tribunal de Justicia de la UE, a instancia de la Comisión Europea son las sanciones que impone España por su no presentación o la incorrección de los datos, Bruselas las considera absolutamente desorbitadas y  ciertamente que lo son puesto que pueden alcanzar los 150.000,00 €, todo ello, por supuesto, salvo mejor opinión. Saludos.
#9

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Perdona que vaya por partes. Ciertamente el proyecto de Ley remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria, prevé añadir 2 nuevas "hojas" a las características técnicas del modelo 720 ya existente, en una de ellas se declarará la "MERA TENENCIA" de criptomonedas (siempre y cuando se reúna los requisitos en cuanto a su valor) y en la otra las operaciones de compra y de venta. En este último caso, con independencia de la obligatoriedad de declarar también en el modelo 100 la ganancia o la pérdida patrimonial generada.

En cualquier caso tienen tarea ya que como se ha indicado en este hilo, puedes tener tus criptomonedas en una cold wallet, y por lo tanto, no está radicada en el extranjero. Veremos como resuelven este galimatías máxime cuando tienen la espada de Damocles de lo que decida el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el modelo 720 y las sanciones ya impuestas que pueden suponer una cuantía más que respetable en indemnizaciones a los afectados por responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.

Insisto, todo ello, salvo mejor opinión. Un  saludo.



#10

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Muchas gracias por la respuesta! Lo del hardware wallet es que traspasas tus criptomonedas a una especie de puerto usb, y ya se queda ahí y la plataforma ya no pinta nada, hasta que lo quieras vender o como es esto? Lo siento por la ignoracia pero es soy muy noob en esto y son muchos conceptos nuevos.. Y desde cualquier plataforma es fácil hacer este traspaso a tu puerto o es todo más complejo?
#11

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Gracias @fjbacasa110 por la información, a ver con qué nos sorprenden con los cambios normativos, y esperemos que las multas asociadas al 720 dejen de ser las barbaridades que son ahora.

Respondiendo a @richiehawtin sobre lo del hardware wallet (HW), sí, podríamos decir que es una especie de memoria USB donde tienes tus fondos (no es así en términos técnicos, ni mucho menos, disculpadme los puristas, pero para simplificar mucho para alguien nuevo y que no se asuste ya nos vale tener una idea así en la cabeza).

La "plataforma" ya no pinta nada cuando tu tienes tus fondos en un HW. Significa que los has enviado desde el exchange que sea (Binance, Coinbase, Kraken son los más grandes, conocidos y fiables, rehúye brokers tipo eToro, Revolut, etc., que no te dejan enviar libremente tus bitcoins) y ahí los puedes custodiar.

Hay muchísimos sitios donde puedes empezar a informarte más a fondo sobre este apasionante e interesante mundo de las criptomonedas, pero te resumo muy mucho lo que hay por detrás cuando enchufas ese pendrive al ordenador

Ningún HW tiene los fondos de nadie, lo que tienes es la clave privada que te permite acceder a ellos en la Blockchain. Imagínate un banco suizo de esos de las pelis, pero gigante, donde tu puedes ver un montón de buzones con la tapa transparente (puedes ver qué hay dentro), con su ranura por donde meter lo que quieras (clave pública), y tu vas con tu llave (clave privada), y lo único que puedes hacer es coger con tu llave (clave privada) lo que quieras de tu buzón y meterlo en otro buzón (otra clave pública), donde ya no podrás coger nada (sólo quien tenga la llave-clave privada de ese otro buzón).

Ese banco suizo en realidad no está en Suiza, si no que está en cada uno de los nodos (ordenadores) que forman parte de la red de Bitcoin a lo largo y ancho del mundo, es decir, que no está en ningún sitio y está en todas partes a la vez. Tu mismo también podrías bajarte el software, sincronizar la cadena de bloques (va por unos 500GB creo) y ser tu propio "banco suizo" custodiando todas las transacciones y "buzones" de todo el mundo.

Un saludo!
#12

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Muchas gracias por la respuesta! Así resumido:

- SI solo compras criptomonedas no hace falta declararlo.

-Si compras criptomonedas en una plataforma en el extranjero y tienes más de 50000 euros depositados en dicha plataforma si se tendría que declararlo en el modelo 720. ¿Cuándo hablas aquí de saldos medios o valores liquidativos en el ultimo trimestre, es que el inversor se haya gastado/invertido más de 50000 euros en criptomonedas durante todo el año? (disculpa la ignorancia)

- El modelo 100 es en el que has de informar cuando obtienes ganancias/perdidas por criptomonedas
#13

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Si no me equivoco, tendrás que declarar el 720 si el saldo medio del cuarto trimestre de fondos en el extranjero es de 50.000€ o más, No estoy seguro, igual alguien nos lo puede aclarar mejor. En no sé qué otro hilo alguien ponía una respuesta de la AEAT sobre cuando presentar el 720 y tenía que ver con los saldos medios. Tengo que investigar un poco más para hacerme mejor a la idea, pero como no tengo esa preocupación ahora no me lo he mirado mucho, lo siento por no poder decirte más.

Sobre el modelo 100 (la renta), sí, ahí tributas ganancias y pérdidas totales cada año. Sólo sobre posiciones realizadas, o en este caso, si vendes los bitcoins. Mientras no los vendas no tienes ganancia/pérdida -independientemente de la cotización en un momento dado.

Saludos!
#14

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Muchas gracias a ti, un placer. Saludos.
#15

Re: Hacienda y Bitcons (criptomonedas) - Bitcoin (BTC)

Tranquilo, no tengo nada que disculpar. 
Los saldos medios del 4T o valores liquidativos a fecha del 31/12, determinarán el valor que, en su caso, habrás de declarar en el modelo 720, se supone que lo tendrás en una wallet, en ningún caso lo que hayas podido gastar.
En el proyecto de Ley del que te hablé en su día, si parecía que iban a implantar la obligatoriedad de declarar las operaciones de compra-venta, en mi opinión, carece de sentido puesto que las ventas producirán una variación patrimonial que necesariamente habrá de declararse en el modelo 100 y, por otra parte, la compra de la criptomoneda si no se ha vendido es que siguen siendo de tu propiedad y, en consecuencia,  declararse en el modelo 714 (patrimonio). Un saludo. Javier.
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