Depende en qué comunidad autónoma, es un rejonazo o no. Además, a partir de cierto patrimonio, es mejor crear una SL y al heredar sólo se heredan participaciones. Mas fáicil menos costes. Pues se paga por el valor de las participaciones, no por el valor de los activos y pasivos.
Y siempre, hacer las herencias, "A beneficio de inventario", se protege el patrimonio de los que heredan.