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NPG Technology, S.A. (MAB)

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NPG Technology, S.A. (MAB)
Página
1.208 / 2.018
#9657

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

BT chicos, llego ahora a ver la bolsa, ni ayer ni hoy hasta ahora pude conectarme.

Acabo de ponerme al dia con lo que habeis puesto. En México no sé, pero en España, si tienes embargos judiciales o no estás al corriente en tus obligaciones con la AEAT y el INSS, no te puedes presentar a contratos con las Administraciones.

Supongo que los mexicanos no querrán sorpresas, y lo único que quieren es entregar las teles a tiempo sin sobresaltos añadidos. Yo personalmente daría las adjudicaciones a empresas solventes que garanticen que la producción se va a entregar con garantías en los plazos establecidos.

Con NPG, en cualquier momento les puede llegar a los mexicanos una resolución de la Justicia española declarando embargados los pagos a NPG Latam, por estar ésta participada en un % por NPG España.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#9658

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Gracias por tus comentarios, no esperaba menos

#9659

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

De nada, a mandar.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#9660

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

a vers si no van de sobraos como la vez pasada... y a ver si al menso les dejan concursar.

#9661

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Creo que en el foro, la mayoría de los aquí presentes, agradecen/agredecemos el aporte documentado.

Anterior "CONVOCATORIA LICITACION PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. LA-009000987-N73-2014":

http://sct.gob.mx/fileadmin/TDT/CONVOCATORIA_LPN_ADQUISICI%C3%93N_DE_TELEVISORES_DIGITALES_.pdf

México: LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Pondría especial atención a los artículos 50 y 60.

http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_mex_anexo28.pdf

Y, después de una ligera lectura, no veo fantasmas de embargo judicial por ningún lado.

En el ordenamiento jurídico español, el Sector Público no dispone de total libertad a la hora de contratar, sólo lo podrá hacer con empresas que reúnan y cumplan las condiciones legales de aptitud, es decir, que:

Tengan plena capacidad de obrar,
No estén incursas en una prohibición de contratar,
Acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.

"Si la administración llegara a adjudicar el contrato a un empresario que careciera de solvencia económica, financiera, técnica o profesional, debidamente acreditada, del adjudicatario, concurriría una causa de nulidad de derecho administrativo".

De momento, mezclando "cerditos con merinas".

#9662

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Gracias por no dejar q me manipulen con mentiras.

#9663

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Sin maximizar nada, sí debemos reconocer que los estado financieros, en teoría, se tienen en cuenta y el embargo puede ser un lastre, la fabrica parada tampoco creo que ayude. Yo no pretendo comprar a 1€ pero debemos reconocer que no parecemos estar en la pole. Otra cosa será la forma en la que nos puntuen y las fortalezas que podamos tener. Fabrica moderna, creación puestos trabajo nuevos, etc... Espero que todo el mundo haya hecho su trabajo bien y estemos en disposición de competir.

#9664

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Una cosa es la idoneidad actual para licitar con las máximas garantías. NPG puede ser adjudicataria de muchos, pocos o ningún televisor. Ojalá sean muchos, sin parar de contar....

Otra muy distinta, es lo que "algunos", en mi opinión, malintencionadamente, pretenden hacer creer.....

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