Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?

161 respuestas
¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?
¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?
Página
17 / 21
#129

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?

Como dice tantas falsedades ese forofo de  acciones de Realia te voy a dar gratis los links de sus falsedades.

1º Los derechos de Realia se negociaran en la bolsa española  hasta el dia 14 de diciembre a las 17:35 hora peninsular

2º Entre FCC e Inmobiliaria Carso y Polygon controlan el 80% de los derechos que nunca saldrán a bolsa, pero quedan flotantes casi 130 millones de derechos.

3º Para comprar 3 acciones nuevas de Realia hay que pagar 85 centimos por 3 igual a 255 centimos mas once derechos, o sea si el derecho cotiza a 2 centimos costaría 277 centimos entre tres sale a 92,333 centimos. O sea la acción sale al mismo precio que las cotizadas o incluso mas caras que las cotizadas, normal por compras ESPECULATIVAS en el derecho.

4º El precio de suscribir una acción nueva es casi igual que comprarla en mercado, o sea el derecho ESTA LLENO DE ESPECULADORES y por eso se negocia mucho, mucho como paso con el derecho de Inypsa donde al final los derechos se los quedaron una docena de especuladores.

5º Si quieres suscribir acciones nuevas de Realia porque estas enamorado compras los derechos el ultimo dia y te aplicas el cuento de mientras no vendo no pierdo, que tus herederos las venderan seguro.

6º Puedes ver la negociación de los muchos millones de derechos negociados de grandes especuladores.

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/03/1_17_0_20181203.PDF

Dia 4 de diciembre y siguientes.

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/04/1_17_0_20181204.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/05/1_17_0_20181205.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/06/1_17_0_20181206.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/07/1_17_0_20181207.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/10/1_17_0_20181210.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/11/1_17_0_20181211.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/12/1_17_0_20181212.PDF

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/13/1_17_0_20181213.PDF

Y el link del ultimo dia de negociación de derechos 14 de diciembre veras que se han especulado muchísimos millones de derechos de Realia. Y recuerda que Tejeiro tiene derechos de Realia GRATIS TOTAL O SEA REGALADOS por ser accionista.

http://www.bolsamadrid.es/docs/Estadisticas/Boletin/BMadrid/Diario/2018/12/14/1_17_0_20181214.PDF

La verdad es que quien compra derechos es para especular CONCORDANTE con las acciones del Banco Santander.  En bolsa la inmensa mayoría es especulación salvo cuatro compras de fondos de pensiones y algún fondo de inversión que no tiene reembolsos.

 

 

#130

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?

Muchas gracias por contestarme y explicarme con detalle :) 

Te lo agradezco mucho!

tenia la duda porque veo precisamente que comprar acciones directamente es más o menos lo mismo qué acudir a la ampliación ... no veo ventaja alguna de ir a la ampliación.

voy a mirarme todos los links que me ha facilitado.

Muchas gracias!.

#131

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?

Los derechos están muy fuertes. Creo que debutaron a 0,0050€ (30/11), ayer cerraron en 0,0250€, y hoy andan tocando los 0,028€.....

Creo que acaban de cotizar el Viernes 14, a ver que ocurre.

#132

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)? - Polygon da siete días a Slim para reformular las cuentas de Realia

Polygon da siete días a Slim para reformular las cuentas de Realia o le denunciará a Economía

13/12/2018 04:55h

- El inversor británico estudia acudir al ICAC, que depende de Calviño

- El fondo Polygon Global Partners lleva tiempo quejándose de que Realia utiliza un método de valoración, el método ECO, puramente español y que infravalora activos

- Polygon da a Realia siete días para que rehaga sus valoraciones

El fondo  Polygon Global Partners lleva tiempo quejándose de que Realia utiliza un método de valoración, el método ECO, que infravalora activos. Según los británicos, la compañía que dirige Carlos Slim utiliza este método como base; un método que, según distintas fuentes, no está en consonancia con las normas habituales de contabilidad de auditoría. Sin embargo, desde la inmobiliaria siguen sin hacerles caso e insistiendo en que el valor de la compañía es el que es, cuando existen fuertes indicios de que es mucho mayor. 

Polygon ha dado un ultimátum, a través del cual o Realia responde en los siguientes siete días naturales -a contar desde este 10 de diciembre-, o van directos a denunciar ante el  Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC), a quienes pedirán una investigación formal sobre este tema. A fecha de este miércoles  siguen sin responder desde la inmobiliaria y, simplemente, lanzaron un comunicado de prensa general en el que, además de menospreciar a Polygon, decían que lo que dicen de las valoraciones no es su responsabilidad, ya que la decisión fue tomada en el año 2012 y ellos sólo llevan en la compañía desde 2015.

Pero lo cierto es que no debería ser excusa, ya que desde el año 2015, han tenido muchísimo tiempo para cambiar el método de valoración y decirle a los accionistas lo que vale la compañía, pero no lo han hecho. De este modo, el fondo británico va a pedir una investigación al ICAC, con todas las consecuencias legales que conlleva. El ICAC es el regulador que vela para que se apliquen bien los principios contables y que las cuentas anuales de las empresas españolas reflejen la realidad. Es un órgano, no solamente supervisor, sino también sancionador.

Los británicos exigen que Realia utilice el método RICS, que es el que usa el resto de compañías de la Unión Europea… excepto la inmobiliaria. El método que usan es un método de tasación, que no de valoración, que está hecho para unos supuestos en los que, bajo ningún concepto, se encuentra la firma española que controla Slim. “Está hecho para que los bancos valoren muy conservadoramente los activos que tienen, y Realia no es un banco”, recuerdan fuentes conocedoras.

Las estimaciones que dan desde Realia valoran a la compañía en 1,32 euros por acción, cuando desde Polygon creen que debería valer más de 1,70 euros por acción.

A continuación, pueden leer el ultimátum de Polygon a Slim:

Estimados señores:

Nos dirigimos a ustedes en nuestra calidad de gestor del fondo Polygon European Equity Opportunity Master Fund y de ciertas cuentas de clientes que en su conjunto poseen un interés económico superior al 10% del capital social de Realia Business, S.A. (“Realia”). 

Nos gustaría reiterar nuestra preocupación, como hicimos ya públicamente en la Junta General de Accionistas de junio de 2018, y así consta en el acta de la misma, y en cartas dirigidas a Dña. Carmen Iglesias Cano y a Dña. María Antonia Linares Liébana en julio de 2018, acerca del uso que Realia hace de la Orden ECO 805/2003 de 27 de marzo (“ECO”) para valorar la cartera de terrenos de la compañía. Estamos particularmente preocupados por el uso de esta metodología como base de la preparación de las cuentas anuales consolidadas de Realia de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) desde el año 2012.

Polygon considera que la aplicación del método ECO de valoración a la actividad de promoción residencial de Realia es impropio. Tiene como resultado una muy significativa infravaloración de la cartera de terrenos y, de ese modo, no refleja la verdadera imagen fiel de los activos de Realia, como requieren los principios contables y los estándares de auditoría internacionales.

Primero, el uso del método ECO no se puede justificar desde un punto de vista legal. 

Como queda claro en el Artículo 2 de la Orden ECO, el uso del método ECO está prescrito para las siguientes cuatro circunstancias solamente:

“a) Garantía hipotecaria de créditos o préstamos que formen o vayan a formar parte de la cartera de cobertura de títulos hipotecarios emitidos por las entidades, promotores y constructores a que se refiere el artículo segundo del Real Decreto 685/1982, de 17 de marzo, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario.

b) Determinación del valor razonable a efectos del apartado 4 de la norma de registro y valoración segunda de la segunda parte del Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, aprobado por el Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, y determinación de la valoración de activos a efectos del artículo 68 de la Ley 20/2015, de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras.

c) Determinación del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias reguladas en el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se regula el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva.

d) Determinación del patrimonio inmobiliario de los Fondos de Pensiones regulados en el Real Decreto 304/2004, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.”

Es evidente que ninguna de estas circunstancias se puede aplicar a Realia o a sus cuentas anuales.

ECO es un método de “tasación” para circunstancias muy específicas, y no tanto de “valoración” de activos.

Por el contrario, los Estándares Globales de Valoración RICS de 2017 (el Libro Rojo RICS) (“RICS”) claramente contemplan en su Parte 5 Usos de la Valoración bajo el Uso 1 (VGPA1) que el método de valoración RICS es apropiado para su uso por aquellas compañías, como Realia, que hayan adoptado los estándares NIIF para la elaboración de sus cuentas.  El párrafo 1.2 del VGPA1 explicita algo que es evidente:

“Las valoraciones realizadas para su inclusión en los estados contables requieren especial atención ya que deben ajustarse estrictamente a los estándares contables aplicables que hayan sido adoptados por la entidad.”

Segundo, el método de valoración ECO está solamente reconocido en España, y sólo para los usos explicitados en la Orden ECO.  Consecuentemente, el método ECO no se puede utilizar como base para la elaboración de estados contables o para otro uso que no sea uno de los casos de la Orden ECO, y específicamente no puede ser usado por una compañía cotizada como Realia que está en la obligación de preparar sus cuentas de acuerdo con los estándares NIIF adoptados por la Unión Europea. Tal uso impide una correcta comparación de las cuentas de Realia con las de otras compañías del sector en la Unión Europea.  Es un hecho que, de todas las compañías inmobiliarias cotizadas en España, Realia es la única que usa ECO para valorar parte de sus activos.

Más concretamente, el estándar NIIF 13 se refiere al concepto del “valor razonable” en estos términos:

“Una medición a valor razonable de un activo no financiero tendrá en cuenta la capacidad del participante de mercado para generar beneficios económicos mediante la utilización del activo en su máximo y mejor uso o mediante la venta de éste a otro participante de mercado que utilizaría el activo en su máximo y mejor uso”

Es evidente, a la vista de esta definición, que una simple “tasación” para supuestos muy específicos, como se describe en la Orden ECO, es incompatible con el estándar NIIF 13. Ninguna de las circunstancias recogidas en la Orden ECO representan el “máximo y mejor uso” de los activos de la compañía.

Hay dos principios contables aparentemente opuestos en estos casos: el principio de “prudencia” y el principio de “imagen fiel”. Pero tanto en el Pan General de Contabilidad español como en los estándares NIIF internacionales, ningún principio debe prevalecer sobre otro, de modo que el uso de una excesiva prudencia no puede impedir la representación fiel de los activos de la compañía.

Más específicamente, el Plan General de Contabilidad español requiere que los auditores se aseguren de que “la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa”.

Asimismo, los estándares NIIF también han dado pautas para la aplicación del principio de prudencia, de tal modo que:

“… el ejercicio del principio de prudencia no permite, por ejemplo, la creación de reservas ocultas o exceso de provisiones, la subestimación deliberada de activos o rendimientos, o la sobrestimación de pasivos o gastos, pues los estados financieros no serían neutros y, por lo tanto, carecerían de calidad y fiabilidad”.

La Consulta 7 del ICAC (BOICAC número 80/2009) “sobre el criterio aplicable para contabilizar el deterioro de las existencias y de las inversiones inmobiliarias por parte de una empresa inmobiliaria” describe que, en el caso de las existencias, es el “valor neto realizable” (VNR), establecido en el Marco Conceptual de la Contabilidad (MCC), el que debe prevalecer. Este concepto requiere una estimación adecuada del valor que puede ser extraído de un activo mediante su desarrollo, después de descontar los costes de venta o, si esta estimación no fuera posible, al menos el valor de mercado de reposición de dichas existencias. Este concepto es pues también contrario a los objetivos de la Orden ECO.

Esto mismo también es reconocido por TINSA, el valorador de las actividades de promoción inmobiliaria de Realia, en su Working Paper de 10 de diciembre de 2013[1], donde parece claramente pronunciarse en contra del uso de ECO para representar la “imagen fiel” de los activos de la compañía:

 “Simplemente debe de prevalecer aquel principio o principios de cuya aplicación y concreción se derive que las cuentas anuales reflejen de la forma más fiel posible la imagen de la empresa. Esta cuestión es ciertamente relevante, ya que supone un claro punto de diferenciación con respecto a las tasaciones realizadas para garantía hipotecaria conforme a la Orden ECO 805/2003, de 27 de marzo.”

Tercero, con todo lo anterior en mente, nos gustaría tratar de la responsabilidad del Comité de Auditoría y Control del Consejo de Administración de Realia en general, y en particular en cuanto a la circunstancia de la potencial infravaloración de los activos de Realia.

De acuerdo al artículo 44 del Reglamento del Consejo de Realia, como parte de sus deberes, el Comité de Auditoría del Consejo de Administración:

1.     Es el responsable último del proceso de selección de los auditores.

2.     Debe recabar regularmente de los auditores información sobre el plan de auditoría y su ejecución. 

3.     Supervisa el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva, y además supervisa el proceso de elaboración de las cuentas anuales.

4.     Informa al Consejo acerca de la corrección y la fiabilidad de las cuantas anuales y el resto de información financiera de Realia.

Asimismo, de acuerdo con la Guía Técnica 3/2017 aprobada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores acerca de las comisiones de auditoría de entidades de interés público (i.e. entre otras, las sociedades cotizadas), el Comité de Auditoría y Control del consejo de Administración:

1.     Debe evaluar, teniendo en cuenta las diferentes fuentes de información disponibles (incluyendo la auditoría externa), si la entidad ha aplicado correctamente las políticas contables.

2.     Será responsable del proceso de selección del auditor externo, para lo cual debe considerar el alcance de la auditoría, la capacitación, experiencia y recursos del auditor, así como la efectividad y calidad de los servicios de auditoría a prestar.

3.     Debe recabar regularmente del auditor información sobre el plan de auditoría y la ejecución del mismo.

4.     Debe discutir con el auditor los juicios realizados acerca de la calidad y la aplicabilidad de los principios contables de la compañía.

5.     Debe comentar con el auditor los métodos e hipótesis utilizadas por la dirección en las estimaciones contables significativas, así como el efecto de la consideración de métodos o hipótesis alternativas, y la consideración por el auditor de datos o información que pudieran ser contradictorios con las hipótesis de la dirección

6.     Debe revisar con el auditor los hallazgos significativos derivados de su trabajo y el contenido del informe de auditoría y emitir un informe acerca de la actuación del auditor y cómo el auditor ha contribuido a la claridad de la auditoría y la integridad de la información financiera.

7.     Debe informar al Consejo de Administración y, en su caso, a las autoridades supervisoras, si considera que hay aspectos preocupantes o sin resolver sobre la calidad de la auditoría. 

Basado en lo anterior, como parte de sus deberes tendientes a asegurar la calidad de la auditoría externa y la exactitud de las cuentas anuales y el resto de información financiera de Realia, el Comité de Auditoría y Control del Consejo de Administración de Realia debería asegurarse de que los auditores externos de la compañía, Ernst & Young (“EY”), cumplan con sus deberes contractuales y estatutarios de modo que las cuentas anuales de Realia presenten la imagen fiel de los activos y pasivos de la compañía.  En particular, el Comité de Auditoría y Control debe asegurarse de que EY cumpla con sus obligaciones que derivan de, entre otras fuentes:

1.     Los artículos 1.2 y 4 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, y de los artículos 4 y 6 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.; y

2.     Los principios de contabilidad generalmente aceptados bajo el Marco Conceptual de la Contabilidad del Plan General de Contabilidad, adoptado por el Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre.

En este contexto, el Comité de Auditoría y Control de Realia debe revisar si EY, como auditores externos, está cumpliendo con su obligación de asegurarse que las cuentas anuales presentan la imagen fiel del desempeño financiero y la condición de Realia, y en particular si los principios de prudencia y de imagen fiel han sido correctamente observados.

ECO es un método de valoración que es significativamente más conservador que RICS, por su propia naturaleza y objetivo legal explícito. Como resultado, el uso de ECO puede resultar en una infravaloración significativa de los activos de Realia, especialmente cuando se la compara a sus competidores directos en el mercado español.

Teniendo en cuenta que EY ha auditado los estados financieros de Realia, y dichos estados financieros incluyen una valoración de los activos en renta de Realia realizada de acuerdo al método RICS, y por lo tanto EY debe haber aceptado el Uso 1 de RICS (VGPA1), nos parece inexplicable que, en los mismos estados financieros, EY pueda también aprobar sin pegas el uso del método ECO para valorar los activos de promoción residencial.  Esto es aún más sorprendente en tanto que EY es también el auditor de dos de las cinco otras compañías cotizadas en España dedicadas a la promoción residencial, Aedas y Quabit, las cuales usan el método RICS (como hacen, de hecho, todas las compañías inmobiliarias cotizadas excepto Realia).

Reconocemos que EY ha incluido en los estados financieros más recientes de Realia una lista de “cuestiones clave de la auditoría”.  Estas incluyen la valoración de las existencias e inversiones inmobiliarias de Realia en vista de (1) los importes tan significativos de que se trata, y (2) el alto grado de sensibilidad de estas valoraciones cuando se alteran las hipótesis subyacentes a dichas valoraciones.  Sin embargo, en circunstancias en las cuales no se puede justificar el uso del método ECO ni desde el punto de vista legal ni desde un punto de vista contable, EY debería haber ido más allá en su cualificación de los estados financieros de Realia.  Nos parece sorprendente que, en el informe anual del auditor, EY no haga ningún comentario acerca de si los métodos de valoración usados por Realia son correctos, en particular en relación a: (1) si es correcto que Realia mezcle dos métodos de valoración diferentes en sus cuentas anuales (cuando antes usaba sólo RICS), y (2) si ECO es, en definitiva, un método apropiado de valoración.

En conclusión, en nuestra opinión, el uso de ECO para valorar los activos de promoción residencial de Realia es incorrecto. Es nuestra impresión que el Comité de Auditoría y Control del Consejo de Administración no ha tomado los pasos suficientes para asegurarse la calidad del trabajo de auditoría y de que EY certifique razonablemente las cuentas anuales individuales y consolidadas de Realia con arreglo a sus deberes contractuales y estatutarios.

Nos gustaría recordar a los miembros del Comité de Auditoría y Control que las cuentas anuales de Realia publicadas desde el año 2012 han servido como la información principal con base en la cual los accionistas de las compañía han tomado sus decisiones de compra o venta de acciones, incluyendo las tres ampliaciones de capital (en 2015, 2016 y la que está ahora en curso en 2018) además de las dos ofertas de adquisición de acciones (OPAs) lanzadas por Inversora Carso S.A. de C.V. (en 2015 y 2016).  Como tal, las consecuencias de un potencial uso impropio del método ECO de valoración afectan a todos los accionistas.

En el comunicado de prensa de Realia de 3 de diciembre de 2018, la compañía afirma que “cabe señalar que fue en 2012 cuando se estableció en Realia la valoración ECO, decisión que fue ajena de la administración actual que comenzó en 2015”.  Incluso si fueron otro equipo gestor o consejeros quienes inicialmente tomaron una decisión inadecuada, esto no exoneraría a los presentes miembros del Comité de Auditoría y Control si el uso de un método de valoración es incorrecto. Los miembros actuales, en su puesto desde al menos el año 2015 (y dos de ellos ejerciendo como consejeros desde el año 2007), han tenido multitud de oportunidades de corregir este asunto. Asimismo, nos gustaría resaltar que la razón aducida por Realia en el año 2012 para justificar el cambio del método de valoración de sus actividades de promoción residencial de RICS a ECO (el “proceso de negociación para reestructurar la deuda de su negocio residencial con el sindicato de bancos acreedores”) es, en todo caso, irrelevante tras la refinanciación de la deuda de Realia que ocurrió en el año 2016.

Esperamos recibir la respuesta razonada tanto del Comité de Auditoría y Control de Realia, como de EY, acerca de este tema, dentro de los próximos 7 días naturales. En ausencia de una respuesta completa y satisfactoria que aborde adecuadamente nuestras preocupaciones, nos reservamos el derecho a tomar cuantas acciones nos aconsejen adoptar. Estas acciones podrían incluir, sin carácter limitativo, la solicitud de una consulta o una investigación formal al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) acerca del uso del método ECO en el contexto de la preparación de estados financieros de acuerdo a los estándares NIIF como corresponde a una compañía cotizada en la Unión Europea, de acuerdo con los artículos 49 y 50 de la Ley 22/205, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Una copia de esta carta ha sido enviada a TINSA en vista de la opinión que expresan en su Working Paper al que nos referimos con anterioridad.

Le enviamos copia también a EY, en su capacidad de auditor externo de Realia. 

Atentamente,

Polygon Global Partners LLP

ENLACE

#133

El derecho de Realia hace las delicias de los especuladores ante la descarada compra masiva del PEZ GORDO

Es de agradecer ver como un derecho de suscripción ha tenido una mano supermegafuerte que compraba y barria los millones de derechos de los minoritarios.

Al final el derecho cerro y murió hoy al precio ultimo de 0,024 euros y con la mano fuerte marcando el precio.

Asi que Inmobiliaria Carso o Polygon han aumentado su porcentaje accionarial  y las ampliaciones dinerarias le impiden dar el pelotazo, a Polygon aunque ha podido vender fácilmente sus millones de derechos, ahora tiene que decidir si desembolsa los 0,85 euros por acción o no.

Los lios entre el financiero y el accionista MAYORITARIO ni le va ni le viene al accionista miniminoritario

#134

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)?

Polygon también señala a las auditoras de Realia Deloitte y EY en su lucha contra Slim

17/12/2018

Polygon también señala a las auditoras de Realia Deloitte y EY en su lucha contra Carlos Slim, propietario de la compañía Realia. El fondo Polygon Global Partners lleva tiempo quejándose de que Realia utiliza un método de valoración, el método ECO, que infravalora activos. Según los británicos, la compañía que dirige  Carlos Slim utiliza este método como base; un método que, según distintas fuentes, no está en consonancia con las normas habituales de contabilidad de auditoría. Sin embargo, desde la inmobiliaria siguen sin hacerles caso e insistiendo en que el valor de la compañía es el que es, cuando existen fuertes indicios de que es mucho mayor.  Deloitte y EY han sido las auditoras de la compañía, con lo que, por tanto, son 100% responsables de aquello en lo que pueda incurrir Realia.

Polygon ha dado un ultimátum, a través del cual o Realia responde en los siguientes siete días naturales -a contar desde este 10 de diciembre-, o van directos a denunciar ante el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC), a quienes pedirán una investigación formal sobre este tema. A fecha de este miércoles siguen sin responder desde la inmobiliaria y, simplemente, lanzaron un comunicado de prensa general en el que, además de menospreciar a  Polygon, decían que lo que dicen de las valoraciones no es su responsabilidad, ya que la decisión fue tomada en el año 2012 y ellos sólo llevan en la compañía desde 2015.

Pero lo cierto es que no debería ser excusa, ya que desde el año 2015, han tenido muchísimo tiempo para cambiar el método de valoración y decirle a los accionistas lo que vale la compañía, pero no lo han hecho. De este modo, el fondo británico va a pedir una investigación al  ICAC, con todas las consecuencias legales que conlleva. El  ICAC es el regulador que vela para que se apliquen bien los principios contables y que las cuentas anuales de las empresas españolas reflejen la realidad. Es un órgano, no solamente supervisor, sino también sancionador.

Los británicos exigen que  Realia utilice el método RICS, que es el que usa el resto de compañías de la Unión Europea… excepto la inmobiliaria. El método que usan es un método de tasación, que no de valoración, que está hecho para unos supuestos en los que, bajo ningún concepto, se encuentra la firma española que controla Slim. “Está hecho para que los bancos valoren muy conservadoramente los activos que tienen, y Realia no es un banco”, recuerdan fuentes conocedoras.

Las estimaciones que dan desde Realia valoran a la compañía en 1,32 euros por acción, cuando desde  Polygon creen que debería valer más de 1,70 euros por acción.

ENLACE

#135

Re: ¿Por qué invertir en Realia (RLIA)? - Slim se pone chulo ‘al que no le guste la ampliación, que lance una OPA’

Slim se pone chulo en Realia: ‘al que no le guste la ampliación, que lance una OPA’

- El fondo Polygon critica que el mexicano trate de quedarse con la inmobiliaria por la mitad de su valor y baraja presentar una denuncia ante el Instituto de Contabilidad

18/12/2018

Si no les gusta cómo lo hacemos, que lancen una OPA... si pueden. Esto es lo que ha venido a decir el magnate mexicano Carlos Slim al fondo Polygon, que se ha mostrado muy crítico con el bajo precio de las acciones fijado en la nueva ampliación de capital de casi 150 millones de euros.

Entiende el fondo británico, con domicilio en el paraíso fiscal de las Islas Caimán, que los 0,85 euros por título para adquirir los 175 millones de acciones nuevas suponen un nuevo abuso por parte de la inmobiliaria controlada, al 70%, por el empresario azteca.

Tercera ampliación en 3 años

Se trata de la tercera ampliación que acomete Realia en tres años y barruntan Polygon y otros accionistas --como la sicav Lierde, del expresidente de Telefónica, César Alierta, que tiene el 2,6%-- que lo que pretende Slim es volver a aumentar su presencia en la inmobiliaria suscribiendo las acciones que otros accionistas rechazan al ofrecerse los títulos a un precio tan bajo.

Lo consiguió en 2015, cuando planteó la ampliación y pasó del 26% al 30%. Repitió la jugada un año después, en diciembre de 2016, al alcanzar el 33,84%. Y lo tratará de hacer ahora para superar el 37%.

El 37% indirecto a través de FCC

A estos porcentajes del capital de Realia, que Slim atesora a través de Inversora de Carso, habría que sumar los que indirectamente aglutina por su participación en  FCC.

En este caso, la constructora ha suscrito las ampliaciones anteriores, manteniendo su presencia en la promotora en el 37%. De esta manera, en la práctica, Slim saldría ahora con al menos el 75% de capital de Realia.

El paradero del 6% vendido por JP Morgan

O más, en función de lo que pueda pillar de los accionistas que no suscriban sus acciones y, también, de ese 6% que JP Morgan vendió este verano y que muchos no dudan en que fue a parar a manos del empresario mexicano. En ese caso, su presencia de facto en Realia superaría el 80%. Muy cerca ya de alcanzar el 90%, que facilitaría el lanzamiento de una OPA de exclusión para sacar a Realia del mercado bursátil.

Con este planteamiento sobre la mesa, tras el anuncio de la ampliación, tanto Slim como Polygon se han enzarzado en un inhabitual cruce de comunicados.

Polygon denuncia la infravaloración de activos

A las críticas vertidas por el fondo británico, poniendo en evidencia que Realia siga aplicando el método ECO para valorar sus activos, provocando que estos se hallen fuertemente infravalorados en la contabilidad de la empresa, respondía Slim, a través de la inmobiliaria, sin cortarse un pelo.

Así, comentaban desde la promotora que si esos inversores [en alusión a Polygon] “ consideran que las acciones valen mucho más, por qué no suscriben el capital, en vez de estar presionando mediáticamente para que Realia se vuelva a endeudar, baje su calificación crediticia, encarezca su financiación y frene sus desarrollos inmobiliarios o venda activos valiosos, como sugieren”.

Que lancen una OPA... si pueden

Y tirando de cierta chulería, se atrevía Realia a recomendar a Polygon, sabedor de que no estaría a su alcance, que “ cuando algún inversionista quiere adquirir una empresa, lo que tiene que hacer es lanzar una oferta pública de adquisición de acciones ( OPA)”.

En su crítica al mantenimiento por parte de la inmobiliaria del método ECO de valoración de activos, el fondo británico apunta que Realia debería de dejar de aplicar ese método para implantar el RICS, como hacen el resto de empresas europeas. En función de uno u otro método, la valoración de las acciones varía entre 1,32 y 1,7 euros, en cualquier caso muy por encima de los 0,85 euros de la ampliación.

Slim no se da por aludido

Desde la promotora no se dan por aludidos y argumentan que el método ECO se aplica en la valoración de activos de Realia desde 2012, tres años antes de que el equipo de Slim tomara el control.

Como medida de presión, Polygon y otros accionistas han amenazado con denunciar a la inmobiliaria ante el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) --órgano que vela por la adecuada aplicación de los principios contables de las empresas españolas-- sin que desde Realia hayan movido un dedo.

Mientras tanto, el timing de la ampliación sigue su curso. Finalizado el periodo de suscripción preferente, esta semana se realiza la asignación proporcional y, en su caso, de la asignación discrecional. Y la próxima semana se verá en qué términos se ha cerrado la ampliación.

ENLACE

#136

Los peces gordos piden las mismas acciones suscritas en el TRAMO ADICIONAL

"""""Durante el Período de Suscripción Preferente se suscribieron, en ejercicio de los derechos de suscripción preferente, 174.696.909 acciones que representan el 99,57 % de la Ampliación de Capital.

3. Durante el Periodo de Asignación Proporcional, finalizado en el día de hoy, se han suscrito un total de 760.833 acciones de nueva emisión de REALIA, representativas del 0,43 % del total de las acciones ofrecidas en el marco de la Ampliación de Capital.

Dado que el número de acciones adicionales solicitadas durante el Periodo de Suscripción Preferente fue superior a las 760.833 acciones sobrantes no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente, Caixabank, S.A., en su condición de entidad agente, ha realizado el prorrateo previsto en la

Nota sobre las Acciones. El porcentaje de Acciones Adicionales adjudicadas a   cada solicitante es, aproximadamente, del 0,4746 % de las acciones solicitadas."""""""" Fuente:; CNMV.

Como se puede ver el ratio de acciones sobrantes es muy parecido al PRORRATEO, eso significa que FCC, Carso y Polygon pidieron tantas acciones como suscribieron en el tramo adicional.

Asi que POLYGON COMPRA ACCIONES A 0,85€ EN EL TRAMO ADICIONAL.

Brokers destacados