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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #1420
    30/01/13 09:06

    Hola Tristan he solicitado como me recomendaste una nota simple de la vivienda
    que estoy mirando en una adjudicación directa y pone lo siguiente

    TITULARIDAD
    XXXXX en cuanto a 1/1 EN PLENO DOMINIO por la/s inscripcion/es:
    Compraventa en escritura pública autorizada en -------el -- de diciembre de 2004
    por el Notario Don ---------------------------------
    Inscripción 3ª en la fecha -- de febrero de 2005.

    CARGAS DE LA FINCA

    HIPOTECA a favor de UN BANCO en cuanto al CIEN POR CIENTO EN PLENO DOMINIO, por €€€ de principal; €€€ euros de intereses ordinarios por -- meses; al tipo del --% y €€ de intereses de demora al tipo del -- por ciento de intereses de demora; por -- meses;
    por €€ euros para otros gastos; por €€€ euros para costas;
    - Subasta: €€€ euros

    - VENCIMIENTO: -- de abril de 2025. Interés inicial: --,-- por ciento
    Escritura Pública FORMALIZADA en escritura de fecha --/--/2001,autorizada por el Notario Don ---------
    - CONSTITUIDA en la inscripción 2ª con fecha --/--/2001.

    EMBARGO contra XXXXX a favor de HACIENDA PUBLICA en cuanto a CIEN % DE en reclamación de €€€ de principal,€€€ EN GLOBAL PARA , ordenado en Providencia dictada el -- de marzo de 2010. AGENCIA TRIBUTARIA
    - Anotación letra E de fecha -- de mayo de 2010 de fecha

    EMBARGO a favor de HACIENDA PUBLICA en cuanto a CIEN % DE
    en reclamación de €€€ de principal, €€€ EN GLOBAL ordenado en Providencia dictada el -- de julio de 2010.
    AGENCIA TRIBUTARIA autos/expediente número ---.

    - Anotación letra F de fecha -- de noviembre de 2010 de fecha

    ASIENTOS LIBRO DIARIO PRESENTADOS Y PENDIENTES DE DESPACHO
    SIN PENDES

    Viendo esta nota simple ,no tengo muy claro porque en la Agencia tributaria me dicen que esta sin cargas. Entonces si al final me adjudican la vivienda
    ¿esta sin cargas? o me tengo que hacer cargo de la hipoteca.
    Tampoco se que significa lo de Subasta: €€€ euros
    Perdona por el tocho pero la duda me supera
    Gracias
    Un saludo

  2. #1419
    26/01/13 20:10

    Muchas gracias por vuestra atención y sorprendente la rapidez. Seguiré formándome.

  3. en respuesta a Delsur
    -
    Top 100
    #1418
    25/01/13 16:48

    A lo dicho por Jotaerre yo añadiría que las adjudicaciones directas no son las más simples. Al contrario, por su aparente sencillez son las que más complicaciones traen y causa de muchas de los líos en que se meten los novatos.

  4. en respuesta a Delsur
    -
    #1417
    25/01/13 15:30

    Hola, Delsur, y muchas gracias por el cumplido.

    No estoy muy ducho en subastas de Hacienda, pero, para limpiar un poco de "paja" tu mensaje, diría:

    Lo de adjudicación directa no es consecuencia de una subasta desierta, simplemente quiere decir que no hay una puja mínima para declarar la puja firme (como sí sucede en la vía civil).

    Que no haya cargas significa que no las hay anteriores y la deuda por la que sale a subasta es la de Hacienda, que no es ni anterior ni posterior, es LA deuda que origina la misma.

    Se asume la carga anterior, es decir, el saldo actual (a fecha de la adjudicación) de la hipoteca.

    Saludos, y buen fin de semana.

  5. #1416
    25/01/13 13:21

    Hola, agradecer a todos la información y ayuda que se comparte, en especial a Tristán y jotaerre. Quisiera preguntar acerca de las adjudicaciones directas, de AEAT. Para un novato creo que son las más simples.

    Por lo que entiendo, se procede a la adjudicación directa cuando por medio de subasta ha quedado desierta. Que en este caso, no hay por norma general mínimos de adjudicación, pero en cambio existe una mesa que decide si la mejor oferta es suficiente.

    Estoy interesado en principio en garajes. Dudas:

    Si según AEAT carece de cargas ¿lo embargan por deudas con la seguridad social? ¿cómo saber la cuantía que se debe? ¿Esa cuantía influye en la mesa para aceptar o no la mejor postura? He leído por aquí, que cuando se trata en el Juzgado te dejan ver el expediente, ¿en este caso como podría ampliar la información que expone la página Web?.

    Un punto que no tengo nada claro, las cargas anteriores se asumen, pero las posteriores no. Supongamos que se solicitó una hipoteca en enero del año 2000 para comprar un garaje. ¿toda carga pendiente a partir de enero de 2000 no se asume? ¿y la posterior sí?. ¿Me podéis poner un ejemplo con cifras y demás?.

    Me ha quedado claro, que sí se asume el IBI y comunidad del año corriente y el anterior en el peor de los casos.

    ¿Por vuestra experiencia, las adjudicaciones directas en cuanto % suelen salir de su tasación suponiendo que sea algo que merece la pena?

    Si llamas por teléfono a la Delegación o un email, ¿te tienen que decir obligatoriamente cuál ha sido la postura máxima? ¿Puedo solicitar ese dato sin haber presentado postura, por curiosidad?

    Muchas dudas.

  6. en respuesta a luisiana
    -
    Top 100
    #1415
    14/01/13 19:37

    Luisiana, suelen tardar entre diez y quince días, pero lo usual es que seáis vosotros quienes les llaméis para preguntar. Que tengáis suerte.

  7. #1414
    14/01/13 10:58

    Bienvenido, Tristán, pero... ¿cómo que impagable? ;D

  8. Top 100
    #1413
    14/01/13 10:44

    Amigos, acabo de volver de mis vacaciones navideñas. Lamento haber tenido el blog un poco desatendido, pero hay que darle gusto a todo el mundo y desde mediados de diciembre hasta mediados de enero le pertenezco por entero a mi familia. Además, me gusta tanto esquiar...

    Por otro lado constato agradecido que el blog puede continuar su curso perfectamente sin mí, gracias a los amables lectores y sobre todo a Jotaerre, cuya ayuda es impagable.

    Macuto, existen subastas de bienes muebles donde se vende todo tipo de maquinaria. Pero yo, ¡¡¡vade retro!!!, jamás me atrevería a acercarme por allí. Las considero inversiones altamente especializadas.

  9. en respuesta a Pulido
    -
    #1412
    13/01/13 23:58

    Gracias de nuevo, Pulido, pero mucho lo he aprendido en este blog de Tristán, y ahora aprovecho que parece seguir ausente por vacaciones.

    Desde luego, ni me precipitaría con las donaciones, ni tendría ninguna esperanza de que hubiera un sobrante para ésa deuda.

  10. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1411
    13/01/13 22:52

    Jotaerre te estoy muy agradecido que envidia todo lo que sabes eres un crak.
    entonces tu no donarías los bienes verdad tengo 2 pisos libres de cargas y dos con pequeñas hipotecas entre notaria impuestos y registro se me va un pico. Por otro lado y perdona el abuso la sociedad me debe unos 100.000€ y quiero hacer un reconocimiento de deuda ante notario e inscribirlo mis socios no ponen problema y aunque estaría de segundas con pocas perspectivas de cobro no me cuesta mucho dinero y a lo mejor me puede favorecer. ¿Esto no supone ningún problema no?

  11. en respuesta a Pulido
    -
    #1410
    13/01/13 21:39

    Podrían, pero por éso te he dicho que hay que estar al tanto: en ése caso, hay que ejercitar como sea la opción de mejora y vender por el precio de mercado para liquidar todo lo posible de la deuda, aunque descartaría a una inmobiliaria afín al banco porque sería una maniobra denunciable (y, con una tasación de 1.700.000, no creo que se planteen ésa opción).
    Además, quien quiera pujar tendrá que depositar el 20 % de 1.700.000 (precisamente, 340.000), es decir, tener muy claro que el negocio no corre riesgo, y el de la opción de mejora lo es.
    Finalmente, adjudicárselo por la deuda incluye todos los conceptos, ya se hayan quedado cortos (que no suele suceder) en la previsión de costas e intereses, o se hayan pasado, pues el importe de la adjudicación se fijará una vez aprobadas aquéllas y liquidados éstos.

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1409
    13/01/13 20:47

    Que pasa si acude un subastero o una sociedad afin al banco y se lo adjudican por 100.000€.¿Podrían hacerlo?
    En el caso que no puedan como creo que pasa se lo quedarían por la deuda pero ¿no quedarían coleando una parte de intereses costas desde que inician el procedimiento hasta la celebración de la subasta. Por lo que te estoy entendiendo mis propiedades no corren peligro.
    Gracias me estas ayudando mucho y para mi es importante me estoy jugando todo el patrimonio familiar de años de trabajo duro

  13. en respuesta a Pulido
    -
    #1408
    13/01/13 19:20

    Hola de nuevo; pues sí te habías explicado bien, pero resultaba bastante inverosímil si la valoración que servirá de tipo a la subasta es de 1.700.000,-€.
    Entonces, lo más probable es que el banco se lo adjudique por la deuda y fin de la historia, ya que no puede jugar con el factor "valor de mercado real". Éso sí, habrá que estar atento a la subasta, por si se da alguna puja que debáis y podáis mejorar.
    Tampoco va a ir primero a por los avalistas, sino que ejecutará la hipoteca, que para éso está.
    Finalmente, lo de la donación supongo que sabes que, técnicamente, es un alzamiento de bienes; cuestión aparte es que se suelan perseguir hasta sus últimas consecuencias, que no es lo habitual pero tampoco descartable.

  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1407
    13/01/13 18:28

    Perdona no haberme explicado bien el local tiene un valor de mercado de unos 300.000€ y se que no se vendería fácilmente. Ademas como hay de hipoteca de 340.000€ tendría que poner al banco o dinero u otras garantías cosa que no quiero.
    Mi gran temor es que al ser avalista solidario el banco vaya primero a por alguna de mis casas libre de cargas concretamente una esta en el centro de Madrid con muchas mas salidas que el dichoso local.
    No me has dicho nada de la donación entiendo que tampoco quieras entrar en esos charcos. Se que es arriesgado pero prefiero susto a muerte.
    Un saludo

  15. en respuesta a Pulido
    -
    #1406
    13/01/13 10:57

    De nada, Pulido, pero acláranos lo del valor de mercado, porque no se entiende.

    Por ejemplo, si realmente ahora vale 500.000(es decir, se vendería por ése precio seguro, o casi seguro), lo que tenéis que hacer es venderlo cuanto antes, entonces sí habrá "sobrante", porque a ése precio real también puede interesarle a otros pero no es aconsejable esperar a la subasta.

    De lo que seguro puedes olvidarte es de que el banco, pudiendo optar entre el 50 % (con sobrante) y la deuda, opte por lo primero.

    Seguimos en contacto, aquí estaré durante el día de hoy, saludos.

  16. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1405
    13/01/13 10:30

    Gracias jotaerre el valor de mercado del local estará por 300.000€ menos que la hipoteca (340.000€) yo pensaba que el banco se lo tenía que quedar por el 50% de tasación (1.700.000€)con lo hasta habría sobrante. Además pensaba que al banco no le iba interesar llegar a esta situación y nos ofrecerían una dacion en pago. Personalmente voy a donar mis pisos libres de cargas a mis hijos se que es conflictivo pero yo veo que todo el mundo lo hace y normalmente no pasa nada me gustaría saber tu opinión y saber tu que harías en mi caso también me planteo asumir el préstamo pero me jode pagárselo a mis socios y además mi situación económica no es muy buena a día de hoy.
    Muchas gracias por la ayuda espero ansioso tu consejo

  17. en respuesta a Pulido
    -
    #1404
    12/01/13 22:59

    Buenas noches, Pulido, atendiendo a la DA6ª de la LEC, y en vista de que el valor parece muy superior al de la hipoteca (cuando suele suceder lo contrario), podrías tener suerte, porque, en efecto, el banco se adjudicaría el local por el 50 % o por la deuda:

    "DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Adjudicación de bienes inmuebles.

    En el caso de las adjudicaciones solicitadas por el acreedor ejecutante en los términos previstos en la sección VI del capítulo IV del título IV del libro III y siempre que las subastas en las que no hubiere ningún postor se realicen sobre bienes inmuebles diferentes de la vivienda habitual del deudor, el acreedor podrá pedir la adjudicación de los bienes por cantidad igual o superior al cincuenta % de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos."

    Sin embargo, claro que existe la posibilidad de que alguien puje por menos de la deuda y al banco le vaya bien aceptarlo; entonces, sí podría ir a por las propiedades de los socios por el resto.

    Y también podría haber pujas por encima de la deuda, con el consiguiente sobrante, todo dependerá de si el valor real de mercado del local es interesante o no.

  18. #1403
    12/01/13 19:01

                   : Buenos días, tengo una sociedad que actualmente no tiene ingresos y no puede afrontar el pago de la hipoteca que hay sobre un local propiedad de la sociedad (340.000€) y que fue tasado por el banco en 1.700.000€. Somos 4 socios accionistas que avalamos solidariamente dicho préstamo, yo personalmente tengo 2 pisos libres de cargas, ¿pueden ir a por mis propiedades?  Entiendo que el banco tendría que cobrar la deuda sacando a subasta el local primero ¿Es cierto que se lo tiene que quedar por el 50% de la tasación ?¿se pude dar el caso que haya sobrante?
    Ruego me contesten.

  19. #1402
    10/01/13 13:56

    Buenas tardes Don Tristan, Hoy fui por primera vez a los juzgados 31 y 32, despues de concederme un permiso el jefe de 2h, me ha parecido poco tiempo. Mi impresión ha sido buena, muy buena. El juzgado 31 me ha gustado. Nada mas entrar tienes los autos de las subastas en un archivador ordenador por fecha y un poco mas adelante tienes toda la información de los autos de los siguientes 8 dias. Facil y ordenado. Mi sorpresa ha sido cuando he visto a tres tios de mediana edad copiando a mano todas las subastas publicadas del tablon de anuncios. ¿La oficina regional de subastas ya no lo hace? Quizás hayamos coincidido si ha ido hoy dia 10/01 .

    Ahora tengo una consulta que hacerte. ¿Esta información no se puede copiar/fotografiar/escanear? Me refiero a que si tengo un escaner portatil del tamaño de un folio (un poco mas grueso), lo puedo escanear y leerme detenidamente luego en casa todos lo folios. ¿Es posible? He visto que en el juzgado 32 ponía que no se podia fotografiar el tablon de anuncios.

    Muchas gracias Sr. Tristan.

  20. #1401
    07/01/13 20:15

    Hola Tristán, hace tiempo que no entro porque he estado liado con el trabajo y tal, resulta que he estado mirando tema de subastas pero de momento no voy a entrar a subastas inmobiliarias, me da un poco de pánico y no creo que este preparado. Mi pregunta, es mas, si conoces el programa ese de subasteros que dan en el canal energy de la tdt, o en el canal ese de discovery max. Me parecen muy interesantes, sobretodo porque se compra maquinaria de cocina , restaurante y panificadora y eso, que es un poco a lo que me dedico yo. Conoces algo similar en España? donde se subasten trasteros de maquinaria¿? Otra cosa, has participado o pujado alguna vez por algo que no sea inmobiliario, cual es tú experiencia, me parece una buena manera de iniciarme sin las complicaciones legales que implica un inmueble y que me echan hoy por hoy para atrás. Un Saludo y feliz año Tristán.

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