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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #9100
    18/02/20 20:32

    Subasta SUB-JV-2019-141931

    Pagar más del 90% del precio de subasta y sin tasación pública, ni certificado de cargas es un poco atrevido por no decir algo insensato, como lo valoráis amigos subasteros esta subasta ya cerrada? Aunque sea barata no entiendo la postura del mejor postos, asumiendo en todos momento que los 87.260,95€ de deuda no son carga prefente ni subrogables al licitador.
    Saludos!

  2. #9099
    29/07/19 22:51

    Buenas tardes,

    [Supuesto: Subasta de plaza de garaje por la Seguridad Social a través del portal BOE]

    ¿Sabéis si el certificado del acta de adjudicación es suficiente para inscribir en el Registro? Es que no acabo de entender si lo dicho antes es inscribible quién va a pagar y por qué un 5% adicional por tener escritura pública.

    Saludos.

  3. #9098
    13/07/19 17:16
  4. en respuesta a reydmus
    -
    #9097
    10/05/18 15:01

    Tristan hace unas semanas hablaste sobre una subasta que se cancela porque un espabilado habla con la administracion y cancela la subasta para "quedarse" con el piso. Como no encuentro el post en concreto y te queria contestar lo hago por aqui.

    HAsta donde yo se el representante de la comunidad es el presidente y la administracion ni pincha ni corta. Hacer un trato asi con la administracion es totalmente ilegal y hay muchas formas de joder al trapicheador.

    Para empezar informar a los vecinos con un simple texto y al buzon de la ilegalidad cometida y que los vecinos pueden incurrir en un delito y son responsables civiles. Al presidente tambien se le puede caer el pelo y por supuesto al administrador y al abogado de turno.

    Encima te presentas tu alquilas el piso, dejas de pagar y nadie te va a llevar a juicio porque el que te alquila el piso no puede prque no es suyo. En fin, hay mil maneras de joderle.

  5. #9096
    08/05/18 15:41

    Esto funciona?

  6. en respuesta a Escipión72
    -
    #9095
    22/11/17 22:42

    Hay que pagar los sueldos de todos los concejaluchos y demas ralea de los 8.122 Ayuntamientos que hay en España.

    De reducir su número uniendolos cuando no lleguen a un mínimo de población, o establecer mancomunidades, echando a la puta calle a la mitad de todos los que chupan de la teta, de esto ni hablamos no vaya a ser que dejen de llegar unos cuantos votos al fuma puros lector del Marca que tenemos en la Moncloa.

  7. en respuesta a clanderjander
    -
    #9094
    22/11/17 22:30

    Si estos liberales son solo liberales con los paraísos fiscales, en su país de origen parecen comunistas.

  8. en respuesta a daniki
    -
    #9093
    22/11/17 22:13

    O igual margen y menor puja.

    La verdad es que es un putadón. Menos mál que se arrogan el ser liberales...estos eran los que iban a bajar todos los impuestos. Claro que a ellos les afecta poco, en las Islas del Canal se tributa poca Plusvalia.

  9. #9092
    22/11/17 14:14

    Menores márgenes: "Coto a la especulación inmobiliaria: Hacienda gravará las plusvalías logradas en menos de un año"
    https://www.idealista.com/news/finanzas/fiscalidad/2017/11/22/749012-coto-a-la-especulacion-inmobiliaria-hacienda-gravara-las-plusvalias-logradas-en-menos

  10. en respuesta a mfmelo
    -
    #9091
    22/11/17 10:34

    Yo creo que, por lo que me han dicho en el juzgado, me habría pasado incluso aunque hubiese llegado al 70%.
    Grrr.

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #9090
    22/11/17 10:32

    Parece que ha sido el ejecutado, que ha llegado a algún tipo de acuerdo con el banco y, pese a que lo comunicaron -según parece- un par de días antes de la finalización de la subasta, el juzgado no pudo/supo/quiso cancelarla.
    En el colmo de lo sorprendente me enviaron diligencia haciendo constar que se había dado 10 días al ejecutado para que bla, bla... ¡pese a que iban a cancelar la subasta!
    En fin...

  12. en respuesta a chustazo
    -
    #9089
    20/11/17 13:15

    Ninguna.
    Al 70% la próxima vez y aún así como el LAJ se demore unos días......o se haya muerto el deudor y el LAJ se entere y no emita decreto de remate....

    Vete acostumbrando, es una violación......yo estoy acostumbrado y ya hasta me gusta..

    Saludos.

  13. en respuesta a chustazo
    -
    Top 100
    #9088
    20/11/17 10:42

    jejeje, parece que hay un nuevo damnificado a quien le han birlado una subasta en el último momento.

  14. #9087
    20/11/17 10:24

    Hola a todos:
    ¿Qué sentido tiene, si lo tiene, que el demandado pueda enervar la deuda hasta el decreto de aprobación de remate una vez celebrada la subasta y estando en el plazo en el que la LEC le da 10 días para presentar un tercero que ofrezca al menos el 70% o importe que satisfaga al ejecutante?
    Antes de la celebración de la subasta entiendo que podrían haberlo hecho pero después... ¿no debería ser un tercero en vez del deudor?
    Supongo, por lo que habéis contado en el pasado, que hay pocas posibilidades de luchar este tipo de "enjuagues".

  15. en respuesta a Ciberet
    -
    #9086
    19/11/17 18:12

    ¡Ojo! Me refiero no a todo el blog, que por supuesto, sino sólo a este macro-post. El problema es que es una especie de leonera, en el que no hay ningún orden. Pero creo que están tratados prácticamente todos los asuntos de interés para las subastas, y el que se lo lea enterito y lo ordene tendrá su jugosa recompensa. Pero claro, requiere un gran esfuerzo. Y ya lo dijo Henry Ford..."pensar es uno de los trabajos más duros. Es por eso que muy pocas personas lo hacen".

  16. #9085
    19/11/17 17:57

    Hola, Tristán. Me alegro mucho de que hayas abierto de nuevo este macro-post. Para mí es un auténtica biblia de las subastas, y de hecho, puedo afirmar y afirmo que aquel que se lo lea entero y lo entienda al 100%, tendrá todo el conocimiento necesario paraA participar en subastas.

  17. en respuesta a Alcayotico
    -
    #9084
    18/11/17 13:49

    Te entiendo, pero así son las cosas, y seguro que no lo van a cambiar, deben sacar una buena tajada de ello en el IRPF. Ni Solves ni Montoro con sus últimas reformas (para recaudar más claro aunque digan lo contrario) no han hecho nada.

    Aunque esto digamos que grava sólo a los presuntos ricos, a los que tienen segundas y más viviendas. Así que desde mi punto de vista no lo veo mal, si la tienes vacía no es problema del estado.

    Yo voy más allá y deberían de gravar más aún cuando son terceras y cuartas viviendas, y hacer lo del 70% de gravamen del IRPF para los ricos... aunque ni Hollande en Francia aún habiéndolo prometido, no se atrevió a ponerlo, menudo cagao. Esto último si no lo han sacado de su programa, que se han moderado mucho los podemitas (me gustaban más cuando eran "más radicales" y no tan cercanos del PSOE), creo que lo tienen en sus promesas.

  18. en respuesta a Beticus
    -
    #9083
    17/11/17 22:52

    Otro impuesto al que no le veo fundamento verdadero es el IRPF sobre imputación de rentas cuando, por cualquier motivo, tengas un inmueble "ocioso".
    Lo digo porque me parece que también "somete a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica". O sea, me imputan unos ingresos que en realidad no he tenido.
    El tener un inmueble ocioso es sinónimo de pérdidas, pues hay gastos, como el IBI, pero no hay ingresos con que cubrir tales gastos ni obtener ganancia ninguna.

  19. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #9082
    17/11/17 11:41

    Y además, ¿quién nos garantiza que el tipo que nos está preguntando no lo hace para una subasta en la que vamos a participar nosotros y que finalmente nos la quita porque él está dispuesto a ganar un euro menos que nosotros?

    Aquí regalamos los conocimientos para quien quiera utilizarlos en su provecho, pero luego, respecto a las investigaciones, que cada cual haga las suyas y asuma sus propios riesgos.

  20. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #9081
    17/11/17 11:36

    Todo el foro no, pero la gente debería aprender a sumar un poco, como dice Tristán antes de preguntar por la división. No se puede dividir sin haber aprendido antes a sumar, restar y multiplicar y te hacen unas preguntas muy contestadas y recontestadas en los dos blogs de subastas.
    Otros te dicen: analicemos juntos las cargas de esta subasta, siendo una típica con una hipoteca y un embargo, quiero que me garanticeis que no voy a correr ningún riesgo si compro......ya me gustaría a mi que alguien me lo garantizara.
    Saludos y como en todo hay que ser moderados.


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